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Documento BOE-A-2008-464

Resolución de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda la revocación de la autorización y baja en el Registro especial de entidades gestoras de fondos de pensiones de Seguros de Vida y Pensiones Antares, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2008, páginas 2168 a 2168 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-464

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de esta Dirección General de fecha 01/12/1988, la entidad Seguros de Vida y Pensiones Antares, S. A., fue autorizada para actuar como gestora de fondos de pensiones e inscrita como tal en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones. Con fecha 31/10/2007 tiene entrada en esta Dirección General escrito de la citada entidad solicitando la baja en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, dada la falta de actividad de la misma como gestora de fondos de pensiones. En consecuencia, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31.1 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Revocar la autorización administrativa concedida para actuar como gestora de fondos de pensiones a Seguros de Vida y Pensiones Antares, S.A., por concurrir la causa establecida en el artículo 31.1.a) del texto refundido antes mencionado.

Segundo.-Cancelar la inscripción de la entidad, causando baja, en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, por aplicación del artículo 80.5.e) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 17 de diciembre de 2007.-El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.

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