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Documento BOE-A-2008-475

Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan PROA) en el año 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2008, páginas 2204 a 2204 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-475

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan PROA), en el año 2007, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha Adenda.

Madrid, 4 de diciembre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

Adenda al convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria (Plan Proa) en el año 2007

En Madrid, a 20 de noviembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte la Sra. D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, nombrada por Real Decreto 464/2006, de 10 de abril (B.O.E. n.º 86, de 11 de abril de 2006), en nombre y representación de la Administración General del Estado.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Luis A. Alegre Galilea, Consejero de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, facultado para la firma del presente Convenio mediante Acuerdo de Gobierno de 2 de abril de 2004 (BOR de 8 de abril).

EXPONEN

Que con fecha doce de diciembre de 2005, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron un Convenio para el desarrollo de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria, en cuya base novena se acuerda concretar anualmente mediante Adenda, la colaboración y aportaciones de las partes, recogiendo, asimismo, el número de centros que participarán en cada uno de los citados programas.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria se desarrollará, durante el año 2007, con arreglo a los datos y aportaciones que se indican en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Número de centros participantes en el año 2007.-El Programa de acompañamiento escolar se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en 9 centros de Educación Primaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otros 9 centros de Educación Primaria que junto a los 9 del curso anterior constituirán un total de 18 centros incluidos en dicho Programa.

El Programa de acompañamiento escolar se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en 5 centros de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otros 4 centros de Educación Secundaria que junto a los 5 del curso anterior constituirán un total de 9 centros incluidos en dicho Programa. El Programa de apoyo y refuerzo a centros de secundaria se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2006-2007 en un centro de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2007-2008 se implantará en otro centro de Educación Secundaria que junto con el del curso anterior constituirán un total de 2 centros incluidos en dicho Programa. Segunda. Aportaciones económicas en el año 2007.

a) Los compromisos de aportación económica de las Administraciones firmantes para el cumplimiento del presente Convenio, en el año 2007, ascienden a un total de 403.532 euros.

b) El Ministerio de Educación y Ciencia aportará en el año 2007 la cantidad total de 194.392 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322G.450, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento. c) La Comunidad Autónoma aportará en el año 2007 la cantidad total de 209.140 euros con cargo a los programas de gasto 0804.4221.Capítulo I y 0804.4221.229 de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja.

Tercera. Instrumentación del pago.-El Ministerio de Educación y Ciencia procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a la firma de la presente Adenda la aportación económica correspondiente al año 2007, prevista en la cláusula segunda, apartado b) de esta Adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de La Rioja aportará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre de la Ley General Presupuestaria. Cuarta. Financiación por el Fondo Social Europeo.-Dado que la dotación de profesorado a los centros participantes en el Programa de Apoyo y Refuerzo a los Centros de Secundaria, objeto de esta adenda, constituye un gasto elegible imputable a la cofinanciación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo del que el Ministerio de Educación y Ciencia es beneficiario, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la que se suscribió la adenda, así como documentos justificativos del referido gasto, exclusivamente en materia de personal. Asimismo, se deberá incluir el logotipo y la constancia explícita de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo. De acuerdo con el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 y el Reglamento N.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los Programas de apoyo y refuerzo a centros de secundaria objeto de esta adenda (listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, relación de actuaciones) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo. En la ejecución de los Programas serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha doce de diciembre de 2005. Por el Ministerio de Educación y Ciencia, La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Comunidad Autónoma de La Rioja, El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis A. Alegre Galilea.

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