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Documento BOE-A-2008-4941

Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso oposición libre, para la provisión de plaza de personal laboral de titulado superior, Grupo I.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 14 de marzo de 2008, páginas 15501 a 15506 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-4941

TEXTO ORIGINAL

Vacante en la plantilla del personal laboral de esta Universidad, una plaza perteneciente al Grupo Retributivo I, con la categoría de Titulado Superior, y siendo necesaria su provisión, de conformidad con los artículos 15, 16 y 17 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de las Universidades del ámbito de competencia de la Administración del Estado, publicado en el B.O.E. en fecha 6 de octubre de 1990, Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e), del mismo texto legal, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar concurso oposición libre para la provisión de una plaza de Titulado Superior, Grupo I, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1.º Normas de aplicación

Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades Estatales de 5-10-90 (B.O.E. de 6-10-90), en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 233/2003, de 28 de noviembre (B.O.P.A. de 17-12-2003) y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2.º Características de la plaza

Plaza de Personal Laboral.

Puesto n.º 89. Grupo Retributivo I. La plaza convocada tiene asignado el salario base que corresponde al Grupo y categoría fijado en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades Estatales de 5 de octubre de 1990 (B.O.E. del 6-10-90). El desempeño del puesto de trabajo de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre (B.O.E. del 4-1-85) y disposiciones que la complementan, en materia de incompatibilidades. Categoría denominada «Titulado Superior, Licenciado en Geología, Grupo I». Destino: Departamento de Geología (Museo). Funciones:

Selección y preparación y etiquetación de los materiales expuestos en el Museo y depositados en la Litoteca.

Colocación de los materiales en las vitrinas. Realización de figuras, con programas de dibujo, que complementan los materiales expuestos, además de textos explicativos. Realizar de forma sistemática tratamientos específicos de conservación de los ejemplares que así lo requieran, con el adecuado manejo de los correspondientes productos químicos. Llevar a cabo periódicamente limpiezas de todas las muestras expuestas y los correspondientes tratamientos cuando las muestras así lo requieran. Obtención, gestión y elaboración de donaciones. Obtención y gestión de materiales «en préstamo». Mantenimiento de las bases de datos que gestionan todos los materiales expuestos o depositados en el Museo o Litoteca. Realización de un inventario de los citados materiales (coordinación Museo y Litoteca). Salidas de campo a minas y afloramientos para la obtención de muestras para el Museo y Litoteca y exposiciones anejas como puede ser jardín de la Facultad de Geología y las vitrinas del vestíbulo, pasillos y escalera. Realizar estudios de láminas delgadas y pulidas e interpretar informes de difracciones de rayos X y otros análisis y ensayos de muestras para su correcta identificación. Visitas a otros museos y exposiciones, simposios y congresos relacionados con el Museo y la museología. Contactos a través de Internet para el enriquecimiento de las colecciones. Compras de materiales para el museo. Asistencia a ferias de minerales, fósiles y gemas. Guía de Institutos, colegios, grupos reducidos, alumnos de la Universidad o profesionales explicando el contenido de las vitrinas, adaptando la explicación en cada caso al tipo de visitante. Colaboración en la divulgación en medios de comunicación (prensa, radio y TV) de la existencia del museo y contenidos del mismo. Colaboración en las Jornadas de Puertas Abiertas de la Universidad de Oviedo. Diseño de los paneles e indicadores de situación, y visitas guiadas por el Museo. Recuperación de colecciones históricas y su correcta ubicación en la Litoteca. Recuperación de materiales antiguos de valor museístico (microscopios, brújulas, lupas, etc.) para su conservación y/o exposición. Mantenimiento y la renovación de los materiales expuestos en el Museo, vestíbulo, escaleras y jardines de la Facultad de Geología. Colaborar en la organización y diseño de exposiciones temporales organizadas por el Departamento, la Facultad de Geología o el propio Museo. Tasación de los materiales existentes (gemas, minerales, fósiles, etc.) en los inventarios a realizar. Conocimiento preciso del funcionamiento del polariscopio, espectroscopio y refractómetro para la identificación, clasificación y tasación de piedras preciosas.

3.º Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años. c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. f) Estar en posesión del Título de Licenciado en Geología. Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

4.º Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán solicitarlo mediante instancia según modelo que figura como anexo I de esta convocatoria, que se presentará en el Registro General de la Universidad (Plaza de Riego, n.º 4, planta baja, Oviedo), y en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio del Campus de Gijón y en la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Oviedo o en la forma que establece el párrafo cuarto del artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte dias naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, (también será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias).

La instancia se facilitará gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en el servidor de Internet de esta Universidad (http.//www.uniovi.es/Gerencia/Recursos Humanos). 4.2 Los derechos de examen serán de 22,00 euros, y se ingresarán en la Caja de Asturias, Oficina Principal -Plaza de la Escandalera, Oviedo-Número de cuenta: 2048-0000-24, 0510000099, bajo el nombre, «Pruebas Selectivas a la Universidad de Oviedo». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. 4.3 A la solicitud se acompañará:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Currículum Vitae según modelo que figura como ANEXO II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso. Justificante de haber abonado los derechos de examen. Fotocopia de la titulación requerida.

5.º Admisión de aspirantes

5.1 En el plazo máximo de 1 mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias señalando fecha, lugar y hora de realización de las pruebas, indicándose en la misma el lugar en que quedan expuestas las listas de admitidos y excluidos, y las causas de exclusión.

5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 46.1, de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998. Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 116 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.º Sistema de selección

6.1 El sistema de selección de los aspirantes será el concurso-oposición libre.

A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por el concursante, según puntuación que figura en el anexo III de esta convocatoria.

B. Fase de oposición: Esta fase constará de los ejercicios que se especifican en el anexo III de esta convocatoria.

6.2 La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso, a los puntos de la fase de la oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7.º Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como anexo V de esta convocatoria.

7.2 Los miembros de la misma deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriores, conforme al artículo 29 del texto legal citado. 7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación. 7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. 7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos. El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre. 7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho. 7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad. El Presidente sólo votará en caso de empate. 7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Políticas de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Oviedo. Plaza de Riego, número 4-1.º 33003.

8.º Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados.

8.1 El orden de actuación de los opositores para la realización de las diferentes pruebas se iniciará alfabéticamente por el candidato cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

8.2 En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión podrá requerir a los opositores que acrediten su identidad. 8.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para el ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la Comisión. 8.4 En cualquier momento el proceso selectivo, si la comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector Magfco., comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de exclusión del aspirante podrá interponerse recurso de reposición ante el Rector. 8.5 Finalizada la prueba selectiva, la Comisión Calificadora hará publica, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en la sede de la Comisión señalada en la base 7.8, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada. 8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rectorado la correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas a los candidatos seleccionados.

9.º Formalización del contrato

9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:

a) Fotocopia compulsada del Título de Licenciado en Geología.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme. c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por facultativo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato y hasta tanto no se formalice el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

10.º Incorporación y periodo de prueba

10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.

10.2 El candidato que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

11.º Norma final

11.1 Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de RJAP y PAC, o bien con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Los actos administrativos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de RJAP y PAC.

Oviedo, 8 de febrero de 2008.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III

Sistema de selección aplicable a concurso-oposición libre para la provisión de una plaza de Titulado Superior, con destino en el Departamento de Geología. (Museo de Geología)

Grupo I

A Fase de concurso, máximo 6 puntos

1. Méritos académicos. (Máximo 3 puntos).

a) Titulación (máximo 1 punto). Doctorado: 1 punto.

b) Cursillos relacionados con la plaza (máximo 2 puntos).

0,01 puntos por hora de asistencia a cursos impartidos y acreditados por organismos oficiales. Se excluye la asistencia a las jornadas, seminarios y/o Congresos.

0,10 puntos para los certificados de cursos que no especifiquen horas de duración. Todos los cursos que presenten certificado de aprovechamiento tendrán derecho al doble de puntuación.

2. Meritos profesionales. (Máximo 3 puntos).

Experiencia acreditada como Titulado Superior, en una plaza de la plantilla del personal laboral de la Universidad de Oviedo.

0,05 puntos por cada mes.

B Fase de oposición

En esta fase los aspirantes deberán ir provistos de D.N.I.

La oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo todos carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Teórico. Cuestionario de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el anexo IV.

Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente

N =

A

E

× 10

d-1

n

N = Nota sobre 10.

A = Aciertos. E = Errores. d = Opciones a cada pregunta. n = N.º de ítems.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 5 puntos. Segundo ejercicio: Práctico.

Realizar una demostración práctica de la capacidad de los aspirantes. Que consistirá en una prueba en el propio museo relacionada con las materias que se desarrollan en el programa, según propuesta de la Comisión Calificadora.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 5 puntos. La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, éste se dirimirá en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio teórico. Si persistiese el empate, en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio práctico. En último término se acudirá al sorteo.

ANEXO IV Programa

Tema 1. Patrimonio Geológico de Asturias. Tema 2. Conocimientos en Geología:

Mineralogía, Petrología, Paleontología, Estratigrafía, Geodinámica Externa, Geodinámica Interna.

Tema 3. Museografía:

a) Técnicas expositivas de materiales geológicos.

b) Diseño y montaje de exposiciones temporales. c) Tasación de materiales geológicos (gemas, minerales y fósiles).

Tema 4. Conservación de materiales geológicos:

a) Tratamiento y conservación de meteoritos.

b) Tratamientos específicos de limpieza de minerales y fósiles. c) Tratamientos de conservación de minerales y fósiles.

Tema 5. Ofimática:

a) Manejo de programas de diseño para elaboración de materiales gráficos.

b) Manejo de bases de datos: ACCESS, FILEMAKER. c) Manejo de cámaras digitales; programas de retoque fotográfico.

Tema 6. Didáctica oral y escrita de los contenidos expuestos en el Museo:

a) Didáctica en materias relacionadas con materiales geológicos.

b) Técnicas de exposición al público de los contenidos del Museo. c) Gestión, protocolo y discurso de las visitas guiadas.

Tema 7. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo.

Tema 8. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Tema 9. El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo B.O.E. 29 de marzo de 1995): Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.

ANEXO V Comisión Calificadora para la provisión de una plaza de Titulado Superior, con destino en el Departamento de Geología. (Museo de Geología)

Grupo I

Titulares:

Presidente: Don Manuel Gutiérrez Claverol.

Vocales:

1.º Doña Lourdes Fuencisla Álvarez Bravo.

2.º Doña Marta Valenzuela Fernández. 3.º Don Francisco Millán Castro. 4.º Don Carlos Álvarez Villa.

Secretaria: Dña. Esther Sánchez Ordiales. Suplentes:

Presidente: Don Alberto Marcos Vallaure.

Vocales:

1.º Don Jorge Ordaz Gargallo.

2.º Doña Ofelia Suárez Méndez. 3.º Doña Paz Arias Alonso. 4.º Don Manuel Chamorro Portillo.

Secretaria: Doña Inés Inclán Fernández.

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