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Documento BOE-A-2008-4989

Resolución de 6 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Programa difusión del DNI electrónico, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 14 de marzo de 2008, páginas 15624 a 15627 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-4989

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del programa de difusión del DNI electrónico, en al ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 6 de febrero de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN DEL DNI ELECTRONICO EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 30 de noviembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, don Ignacio González González, en representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con competencia en materia audiovisual y coordinación de la sociedad de la información y del conocimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.1 del Decreto 40/2007, de 28 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 19 de octubre de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. La Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 148/2004, de 21 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica es competente en materia de sociedad de la información y del conocimiento.

Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas. IV. Interés de la Comunidad de Madrid.-Que la Comunidad de Madrid, a través de los planes Madrid Comunidad Digital y el Plan de Innovación Tecnológica 2005-2007, contempla el establecimiento de medidas que permitan la adaptación empresarial en la aplicación y desarrollo de las nuevas tecnologías y gestión del conocimiento. V. Que el Programa de Difusión del DNI Electrónico enmarcado en el área de actuación de eConfianza del Plan Avanza, pretende: a) aumentar el grado de concienciación, formación y sensibilización de los ciudadanos, empresas y AAPP, b) impulsar la identidad digital, y c) estimular la incorporación de la seguridad en las organizaciones como factor crítico para el aumento de su competitividad, promoviendo para ello la adopción de mejores prácticas. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán responder a alguna de las siguientes topologías:

Medidas de comunicación y divulgación del DNIe: Actuaciones centradas en reforzar la comunicación y la divulgación del DNIe como herramienta de seguridad de la información entre ciudadanos, empresas y administraciones. En particular, informar sobre los beneficios y la oportunidad que supone la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y administraciones.

Medidas de impulso para la incorporación del DNIe: Actuaciones diseñadas para ayudar a la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y entidades públicas, para así facilitar y potenciar el desarrollo de servicios para los ciudadanos basados en el DNIe.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI Electrónico en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la Comunidad de Madrid a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la comunidad autónoma.-La Comunidad de Madrid se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa de Difusión del DNI Electrónico, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid con fecha 19 de octubre de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular:

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso. Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones económicas Euros

MITYC

667.491

CA

1.001.236

Total Administraciones Públicas

1.668.727

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad de Madrid a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 667.491 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa de Difusión del DNI Electrónico, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad de Madrid presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

Programa de difusión del DNI electrónico

Descripción de las actuaciones

Actuación 1.-Definición y desarrollo de aplicación portafirmas electrónico

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

Descripción: El proyecto consiste en el desarrollo de un aplicativo informático que simula el funcionamiento del portafirmas tradicional, en el entorno telemático, gestionando diversos tipo de documentos, diversas vías de entrada de documentos (manual e interfase con otros sistemas), distintos tipos de usuarios y bandejas de documentos (firmantes, solicitantes y colaboradores), y que permite el anexado de documentación complementaria, firmas múltiples y firmas en bloque.

Objetivo: Fomentar el uso de las TIC entre los empleados públicos a través de la utilización de la firma electrónica en los procedimientos de la Comunidad de Madrid, simplificando tanto la gestión de firma de los altos cargos como la de los restantes integrantes de la Administración.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de personas con acceso al portafirmas electrónico.

Número de documentos firmados electrónicamente.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2007

MITYC

CA

Total

96.000 €

144.000 €

240.000 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2007 y 2008

Total: 240.000 €. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación: Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

6. Periodo de ejecución: Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 2.-Integración del e-DNI en la plataforma de gestión de certificados electrónicos

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: El proyecto persigue completar los requisitos técnicos que faciliten la inclusión del e-DNI en la plataforma de gestión de certificados electrónicos del Portal de Servicios de la Comunidad de Madrid, de forma que pueda completar su integración en la misma, poniendo al alcance de los ciudadanos la autenticación ante la Comunidad de Madrid a través del e-DNI. 2. Medición con indicadores al final del desarrollo: Integración efectiva del e-DNI en la plataforma de gestión de certificados electrónicos del Portal de Servicios de la Comunidad de Madrid. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2007

MITYC

CA

Total

60.000 €

90.000 €

150.000 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2007 y 2008

Total: 150.000 €. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación: Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

6. Periodo de ejecución: Esta acción se ejecutará durante el ejercicio de 2007 y 2008.

Actuación 3.-Desarrollo del módulo de servicios comunes de tramitación electrónica

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: El proyecto persigue el desarrollo de los distintos componentes y aplicaciones informáticas que se contienen en el módulo de servicios comunes de Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid: firma electrónica, pasarela de pagos, notificación electrónica, anexado de documentos electrónicos, etc... Con el Proyecto de desarrollo del módulo de servicios comunes de tramitación electrónica se persiguen diferentes objetivos:

De carácter general: Facilitar la relación del ciudadano con la administración.

Extender y generalizar las nuevas tecnologías. Alcanzar un mayor grado de eficiencia en el funcionamiento de la Administración. Ampliar la oferta de servicios prestados por la Comunidad de Madrid tanto para las personas físicas y jurídicas como para sus representantes.

De carácter específico:

Desarrollar un proceso de actualización y consulta on-line que permita comprobar la identidad del representante y los datos de la empresa o persona a quien represente.

Desarrollo de un fichero electrónico de representantes autorizados. Intercambio de datos (con otras Administraciones e internamente en la Comunidad de Madrid). Evitar que el ciudadano tenga que solicitar documentación a otras administraciones cuando pueda hacerlo la propia unidad gestora que tramita su expediente. Acortar los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos. Mejorar y agilizar la relación entre los ciudadanos y la Administración. Simplificar la tramitación administrativa. Firmar acuerdos con otras Administraciones Públicas para el intercambio de datos. Convertir los datos sumistrados en certificados digitales.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de módulos de servicios comunes de Administración Electrónica desarrollados.

Número de procedimientos administrativos integrados. Número de procedimientos iniciados telemáticamente.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2007

MITYC

CA

Total

144.000 €

216.000 €

360.000 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2007 y 2008

Total: 360.000 €. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación: Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

6. Periodo de ejecución: Esta acción se ejecutará durante el ejercicio de 2007 y 2008.

Actuación 4.-Elaboración de dos proyectos de gestión de ayudas y subvenciones.

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Desarrollo de dos proyectos piloto para la gestión de ayudas y subvenciones, con el objeto de agilizar y simplificar el procedimiento común de su concesión, incorporar facilidades para la gestión telemática de las subvenciones, analizar la adecuación de una herramienta de soporte informático para la automatización el proceso, desarrollar nuevos formularios mediante las herramientas de Adobe Life Cycle (Designer y Reader extensions), e integrar esta aplicación con el registro telemático de la Comunidad de Madrid. Con estos proyectos se desarrolla un sistema de gestión de las ayudas y subvenciones que proporcionará un soporte al tratamiento automatizado de las mismas, permitiendo su utilización e integración en los servicios comunes de administración electrónica, y fomentará el uso de internet para la gestión de la tramitación de cualquier ayuda o subvención. 2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de procedimientos administrativos de ayudas y subvenciones integrados.

Número de ayudas y subvenciones solicitadas por vía telemática.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2007

MITYC

CA

Total

367.491 €

551.236 €

918.727 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2007 y 2008

Total: 918.727 €. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación: Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano. Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

6. Periodo de ejecución: Esta acción se ejecutará durante el ejercicio de 2007 y 2008.

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