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Documento BOE-A-2008-5126

Resolución de 6 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Programa pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 2008, páginas 15979 a 15981 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-5126

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del programa Pyme Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 6 de febrero de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PYME DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 30 de noviembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, don Ignacio González González, en representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con competencia en materia audiovisual y coordinación de la sociedad de la información y del conocimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.1 del Decreto 40/2007, de 28 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 19 de octubre de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad de Madrid en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. La Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 148/2004, de 21 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica es competente en materia de sociedad de la información y del conocimiento. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto. III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas. IV. Interés de la Comunidad de Madrid.-Que la Comunidad de Madrid, a través de los planes Madrid Comunidad Digital y el Plan de Innovación Tecnológica 2005-2007, contempla el establecimiento de medidas que permitan la adaptación empresarial en la aplicación y desarrollo de las nuevas tecnologías y gestión del conocimiento. Las actuaciones desarrolladas en el ámbito de estos planes comparten los objetivos del Programa Pyme Digital necesarios para:

Incorporar al máximo número de pymes madrileñas a la Sociedad de la Información.

Mejorar la competitividad del tejido empresarial madrileño. Extender las experiencias de éxito en términos de soluciones colectivas sectoriales u horizontales.

Los Planes incluyen medidas directamente relacionadas con los objetivos del Plan Avanza asociadas a la difusión tecnológica sobre Tecnologías de la Información y de la Comunicación y el apoyo a la implantación de soluciones TICS en Pymes, aspectos de interés para la colaboración formalizada.

V. Que el Programa PYME Digital enmarcado en el área de actuación de Competitividad e Innovación del Plan Avanza, se orienta a Incrementar el grado de adopción de las TIC en las PYMES españolas, aumentar la implantación del negocio electrónico, e impulsar la implantación de la factura electrónica. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital. Utilización de los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos. Fomento de la disponibilidad de nuevas soluciones de negocio electrónico, incluida la factura electrónica, fácilmente aplicables en las PYMES. Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES. Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP. Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Programa PYME Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa PYME Digital en la Comunidad de Madrid a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad de Madrid.-La Comunidad de Madrid se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa PYME Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa PYME Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid con fecha 19 de octubre de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso. Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

MITYC

2.887.671

Comunidad de Madrid

4.331.506

Total Administraciones Públicas

7.219.177

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad de Madrid, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 2.887.671 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

Los fondos aportados por la Comunidad de Madrid serán con cargo a las partidas presupuestarias 49000, 22890 y 74470 del Programa 315 y a la partida presupuestaria 79000 del Programa 302 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2007. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa PYME Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad de Madrid presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Avanza PYMES. Difusión Tecnológica sobre Tecnologías de la Información y de la Comunicación

1. Descripción.-Se enmarcan dentro de esta actuación la puesta en marcha de medidas para la difusión de las tecnologías de la información y de la comunicación entre las Pymes madrileñas. Estas actuaciones se realizarán a través de los Centros de Difusión Tecnológica de la Comunidad de Madrid y en el marco de acuerdos de colaboración establecidos con organismos intermedios representativos en el ámbito empresarial madrileño. Entre las actuaciones a desarrollar se contempla la realización de actuaciones de difusión de las tecnologías de la información y de la comunicación, incluido el asesoramiento personalizado a la Pyme en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora. Se pretende sensibilizar a los empresarios de las ventajas de incorporar las TIC en las empresas y de informar de las aplicaciones de las nuevas tecnologías, para la mejora de la competitividad y para disponer de una gestión y una organización más eficaces. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Proporcionar asesoramiento personalizado a la Pyme en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.

1.000 Pymes participantes en actuación.

50 % de Pymes de programa con actuaciones TIC.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

Madrid

1.000.000 €

Ministerio Industria Turismo y Comercio

350.000 €

Total

1.350.000 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2007

Total

1.350.000 €

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Programa.-Dirección General de Innovación Tecnológica. Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

7. Periodo de ejecución.-2007.

Actuación 2. AVANZA PYMES. Apoyo al desarrollo e implantación de soluciones TICS en Pymes

1. Descripción.-Concesión de ayudas a organismos intermedios de la Comunidad de Madrid de carácter sectorial y en particular los vinculados al sector comercio para fomentar la innovación mediante el desarrollo de proyectos que se dirijan a la plena incorporación de las Pymes comerciales en la Sociedad de la Información, y a la innovación de los procesos mediante la implantación de plataformas de gestión y comercialización.

Concesión de ayudas a Pymes, perteneciente a sectores específicamente identificados por la Comunidad de Madrid (comercio, agricultura, industria,...) para la incorporación de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación en sus procesos de negocio. Desarrollo y puesta a disposición de las Pymes de Servicios on line TICS para la gestión empresarial, en las áreas de facturación, gestión de clientes, seguridad, gestión documental, gestión de personal. Actuaciones de fomento del uso de loa certificados digitales como herramienta que garantizan la seguridad del acceso a las aplicaciones empresariales y trámites con las instituciones públicas. Concesión de ayudas a Pymes para el desarrollo de de nuevos productos y servicios en el ámbito de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Implantar en las Pymes soluciones TICS disponibles en el mercado. Fomentar la disponibilidad de nuevas soluciones de negocio electrónico, incluida la factura electrónica. Fomentar el desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas por parte de las Pymes. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.

400 Pymes participantes en actuación.

75 % de Pymes participantes con conexión a Internet. 50 % Pymes participantes con página web. 20 % Pymes participantes con facturación electrónica.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

Madrid

3.331.506 €

Ministerio de Industria Turismo y Comercio

2.537.671€

Total

5.869.177 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2007

Total

5.869.177 €

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Programa.-Dirección General de Innovación Tecnológica. Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

7. Periodo de ejecución.-2007.

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