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Documento BOE-A-2008-569

Orden ECI/4017/2007, de 21 de diciembre, por la que se convocan plazas para auxiliares de conversación de lengua española en centros docentes de Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Nueva Zelanda, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, para el curso académico 2008-2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2008, páginas 2391 a 2394 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-569

TEXTO ORIGINAL

El programa de Auxiliares de Conversación de lengua española en centros docentes de Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Nueva Zelanda, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, se realiza en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural, Científica y Técnica y los Memorandos suscritos entre España y los países mencionados. La Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva establece, en su apartado decimonoveno, que a través del mencionado programa se fomenta el conocimiento y la difusión de la lengua y la cultura españolas; se proporciona, a los centros educativos españoles, ayudantes de prácticas de conversación originarios de países cuyas lenguas se imparten en dichos centros; y se hace posible que Auxiliares de Conversación españoles, a la vez que enseñan su lengua de origen en centros educativos de diferentes países, puedan perfeccionar el conocimiento del idioma del país que les acoge en los mismos términos que los Auxiliares de Conversación extranjeros en España. En consecuencia, el Ministerio de Educación y Ciencia ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Auxiliares de Conversación en los países mencionados.

1. Plazas

1.1 Se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de lengua española para el curso escolar 2008-2009 en centros docentes de Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Nueva Zelanda, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, según la distribución y las cifras aproximadas que figuran en el Anexo I. 1.2 Tanto el número de plazas como los países participantes pueden sufrir variaciones en función de la planificación que las respectivas autoridades educativas realicen para el curso escolar 2008-2009.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Los candidatos deberán tener la nacionalidad española. 2.2 Tendrán preferencia los candidatos que no hayan obtenido una plaza de Auxiliar de Conversación, en países del mismo idioma que se solicita, en las tres últimas convocatorias. 2.3 Asimismo, los candidatos deberán reunir los requisitos específicos por país que se indican en el Anexo I y haber obtenido preferentemente la titulación requerida con posterioridad al año 2001. 2.4 En los casos de los requisitos específicos para Alemania, Austria, Francia y Bélgica relacionados en el Anexo I, tendrán preferencia los candidatos que posean la titulación mencionada en los apartados 1 y 2 de esos países. 2.5 En el caso de los requisitos específicos para Italia relacionados en el Anexo I, tendrán preferencia los candidatos que posean la titulación mencionada en el apartado 1 de ese país.

3. Solicitudes

3.1 Los candidatos formularán sus solicitudes a través de la aplicación PROFEX, accesible desde www.mec.es/educa/internacional, indicando los países que solicitan por orden de preferencia, para lo que se tendrán en cuenta los requisitos específicos para cada país relacionados en el Anexo I. 3.2 En caso de solicitar Alemania, Francia, Estados Unidos o el Reino Unido, los solicitantes podrán, si así lo desean, expresar su preferencia por las zonas del país relacionadas en el Anexo II, eligiendo una zona de cada grupo por orden de preferencia. 3.3 Asimismo, los candidatos podrán expresar su preferencia por centros de educación secundaria o primaria. 3.4 Una vez cumplimentada la solicitud, se imprimirá y se adjuntarán tres copias al resto de la documentación que se presente. El candidato recibirá un mensaje por correo electrónico confirmando la recepción de los documentos y validando su solicitud.

4. Documentación acreditativa

Los candidatos deberán acompañar a su solicitud la siguiente documentación:

a) Tres fotografías tamaño carné.

b) Certificado médico actualizado (original y fotocopia simple) acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el desempeño del puesto de auxiliar de conversación. c) Certificación académica de estudios (original o fotocopia compulsada) en la que conste la calificación media numérica, con indicación expresa de que el titular de la certificación tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios. d) En el caso de estudiantes de último curso: certificación aca-démica de estudios (original o fotocopia compulsada), en la que consten las calificaciones numéricas obtenidas en cada asignatura, con indicación expresa de que el titular de la certificación cursa el último año del plan de estudios. e) En caso de presentar titulaciones obtenidas en universidades extranjeras se deberá adjuntar la homologación correspondiente, efectuada por el Ministerio de Educación y Ciencia. f) Breve informe sobre la adecuación del perfil del candidato a las características del programa de Auxiliares de Conversación, elaborado por la facultad o escuela universitaria en la que el candidato cursó o cursa sus estudios, firmado y con sello de la misma. g) Escrito redactado por el interesado, en la lengua del país que corresponda, explicando los motivos que le inducen a solicitar su participación en el programa. h) Documentación acreditativa de los méritos alegados conforme al baremo establecido en el Anexo III de esta convocatoria (original o fotocopia compulsada).

5. Forma y plazo de presentación

5.1 Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia, calle los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los Registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el Extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. 5.2 En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada, con el fin de acreditar la presentación dentro de plazo. 5.3 El plazo de presentación de las solicitudes será de 25 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

6. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes mencionado en el apartado anterior, y antes de someter las propuestas de selección de candidatos al órgano competente, se hará pública a través de la página Web del Ministerio: http://www.mec.es/educa/internacional, la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso de selección. En el supuesto de exclusión, constará la causa de la misma. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, los aspirantes podrán presentar su reclamación o subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Las reclamaciones se dirigirán a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Ciencia (Subdirección General de Cooperación Internacional, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid).

7. Evaluación

7.1 La evaluación de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los candidatos se realizará de acuerdo con lo señalado en el baremo que figura como Anexo III de la presente convocatoria. 7.2 Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados debidamente, mediante fotocopias compulsadas, presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado 5 de la convocatoria. 7.3 El Ministerio de Educación y Ciencia propondrá la lista provisional de candidatos seleccionados, conforme a la puntuación obtenida, a las correspondientes Subcomisiones Mixtas Bilaterales, constituidas por representantes del Ministerio y las autoridades educativas del país correspondiente. Estas Subcomisiones realizarán la selección definitiva de candidatos teniendo en cuenta su perfil académico y profesional, así como su adecuación a las necesidades de los países participantes. Por parte española, estas Subcomisiones Mixtas estarán presididas por el Subdirector General de Cooperación Internacional o la persona en quien delegue.

8. Resolución de la convocatoria y nombramiento

8.1 Realizada la selección definitiva, se elevará al Secretario General Técnico, quien, por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia, dictará resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados así como los que queden en lista de candidatos en reserva. 8.2 Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Simultáneamente se pondrá a disposición de los interesados, a través de la página web del Ministerio de Educación y Ciencia: http://www.mec.es/educa/internacional. 8.3 Entre los meses de junio y julio de 2008, las autoridades de los países de destino comunicarán directamente a los candidatos seleccionados los centros docentes en los que ejercerán sus funciones, otorgándoles el correspondiente nombramiento. 8.4 El plazo máximo para resolver este procedimiento es de 6 meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

9. Aceptaciones y renuncias

9.1 Tras recibir el nombramiento citado en el apartado anterior, los interesados comunicarán su aceptación a la autoridad del país correspondiente en las direcciones que se especifican en el Anexo IV. 9.2 En el caso de que el candidato no acepte la plaza adjudicada, deberá remitir con la máxima urgencia un escrito de renuncia a las autoridades del país de destino, con copia dirigida a la Subdirección General de Cooperación Internacional.

10. Régimen

10.1 Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán adscritos por las Autoridades correspondientes a los distintos centros de enseñanza donde ejercerán sus funciones como ayudantes de prácticas de conversación, bajo la dirección de un profesor titular, durante doce horas semanales. 10.2 En el caso de Estados Unidos y Canadá los Auxiliares de Conversación ejercerán sus funciones con una dedicación de dieciséis a veinte horas semanales. 10.3 En el caso de Nueva Zelanda la dedicación será de 15 a 18 horas y la duración del curso escolar de febrero a diciembre de 2009. 10.4 Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a los presupuestos del país de destino, en concepto de gastos de alojamiento y manutención, las cantidades que se indican, a título orientativo, en el Anexo V. 10.5 Los Auxiliares de Conversación destinados a Estados Unidos y Canadá percibirán del Ministerio de Educación y Ciencia la cantidad mensual que se indica en el Anexo V. El Ministerio también financiará los costes de la cobertura de los riesgos médicos sanitarios de estos Auxiliares, por un importe que no excederá de 30.000 Euros, así como, en su caso, los gastos de autorización de visados, por una cantidad no superior a 10.000 Euros. Todos estos costes se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.144.A.480. 10.6 Los gastos de desplazamiento al país de destino y regreso correrán a cargo de los candidatos seleccionados. 10.7 Al finalizar el curso académico, la Subdirección General de Cooperación Internacional expedirá a los Auxiliares de Conversación que así lo soliciten un certificado acreditativo de las horas impartidas conforme al punto 10.1.

11. Formación inicial

Los candidatos seleccionados para Estados Unidos y Canadá serán convocados a unas Jornadas de Información que, según el caso, se celebrarán en Estados Unidos o en España. En el último caso, los gastos de alojamiento y manutención serán asumidos por el Ministerio de Educación y Ciencia por una cantidad máxima de 5.000 Euros, con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.02.144A.480.

12. Retirada de la documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la documentación presentada por los candidatos no seleccionados como titulares o como reservas podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional, Paseo del Prado, 28, 2.ª planta, 28071 Madrid, hasta el 30 de diciembre de 2008, directamente por los interesados o por persona autorizada o solicitar, por escrito, su devolución por correo. En el caso de no solicitarse dicha devolución, se procederá a su destrucción.

13. Recursos

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

14. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación y Ciencia, Alcalá, 36, 28071 Madrid, así como a través de la página Web del Ministerio: http://www.mec.es/educa/internacional y en el teléfono 91-506.55.94.

15. Desarrollo

Se autoriza a la Secretaría General Técnica a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 21 de diciembre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

ANEXO I Relación de plazas y requisitos específicos por país

País

Plazas

Titulación

Austria.

10

1. Licenciado o estudiante del último curso de Filología Alemana o Traducción e Interpretación Lingüística con alemán como primera lengua extranjera.

Alemania.

100

2. Maestro o estudiante del último curso de Magisterio con especialidad en lengua extranjera, idioma alemán.

3. Licenciado o estudiante del último curso de Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua alemana en su plan de estudios, aunque no sea como primera lengua extranjera.

Bélgica.

7

1. Licenciado o estudiante del último curso de Filología Francesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con francés como primera lengua extranjera.

Francia.

435

2. Maestro o estudiante del último curso de Magisterio con especialidad en lengua extranjera, idioma francés.

3. Licenciado o estudiante del último curso de cualquier otra licenciatura o de magisterio, si se acreditan conocimientos de francés.

Canadá.

3

1. Licenciado en Filología Inglesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con inglés como primera lengua extranjera.

Estados Unidos.

37

2. Maestro con especialidad en lengua extranjera, idioma inglés.

Nueva Zelanda.

3

1. Licenciado o estudiante del último curso de Filología Inglesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con inglés como primera lengua extranjera.

Reino Unido.

350

2. Maestro o estudiante de último curso de Magisterio con especialidad en lengua en extranjera, idioma inglés.

Irlanda.

12

Italia.

15

1. Licenciado o estudiante del último curso de Filología Italiana o Traducción e Interpretación Lingüística, con italiano como primera lengua extranjera.

2. Licenciado o estudiante del último curso de Filología Hispánica o Románica, si se tiene incluida la lengua italiana en su plan de estudios, aunque no sea como primera lengua extranjera.

ANEXO II

Áreas de preferencia de Alemania, Francia, Estados Unidos y Reino Unido

Alemania

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

Bremen

Berlín

Hessen

Baden-Württemberg

Hamburgo Mecklenburg-Vorpommern Baja Sajonia Schleswig-Holstein

Brandenburgo Sajonia Sajonia-Anhalt Thüringen

Renania del Norte-Wesfalia Saarland

Baviera Renania-Palatinado

Francia

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Aix-Marsella

Besançon

Amiens

Burdeos

Caen

Créteil

Córcega

Clermont-Ferrand

Lille

Dijon

Limoges

Nancy-Metz

Grenoble

Nantes

Reims

Lyon

Orléans-Tours

Versailles

Montpellier Niza

Poitiers Rennes

Outre Mer (Guadalupe y Martinica)

París

Rouen

Guayana

Estrasburgo

La Reunión

Mayotte

Toulouse

Estados Unidos

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

California

Illinois

Connecticut

Florida

Nuevo México

Indiana

Massachusetts

Georgia

Oregón

Iowa

Virginia

Texas

Utah

Kentucky

Washington, DC

Estado de Washington

Nebraska

Reino Unido

Grupo A

Grupo B

Grupo C

01 South West.

02 South Central.

10 Midlands.

03 Sussex.

04 Surrey.

12 Gales.

06 Gran Londres.

05 Kent.

13 North West Midlands.

09 South Midlands. 11 South West Midlands. 14 East Anglia. 20 Escocia.

07 Essex. 08 Hertfordshire. 15 North East Midlands. 16 Yorkshire. 19 North East.

17 Lancashire, Merseyside e Isla de Man. 18 Cumbria. 21 Irlanda del Norte.

ANEXO III Baremo

Apartados

Puntos máximos

Documentos (originales o fotocopia compulsada)

1. Formación Académica

1.1 Tener el título de Licenciado o Maestro con especialidad en el idioma del país solicitado en primer lugar, o, en su caso, ser estudiante de último curso de esas titulaciones.

2

Título o certificación académica personal.

1.2 Calificación media del expediente académico.

10

Certificación académica personal en la que consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos y nota media final, expresada de 5 a 10 puntos.

1.3 Títulos y Diplomas de validez oficial:

a) Títulos y diplomas acreditativos del conocimiento del idioma del país solicitado.

2

Títulos o certificados acreditativos.

b) Cursos relacionados con la didáctica de la lengua del país solicitado, o con la enseñanza de la lengua y literatura española (0,10 puntos por cada 10 horas).

2

Certificados acreditativos con indicación del número de horas de duración del curso.

c) Certificado de Aptitud Pedagógica (obtenido antes de finalizar el plazo de presentación).

1

Certificación acreditativa.

2. Experiencia docente (0,25 por año de docencia).

1

Hoja de servicios o certificación del Director del Centro.

3. Cursos en el extranjero (0,25 por año).

2

Certificación acreditativa.

Nota: Únicamente serán baremados aquellos méritos alegados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO IV Direcciones

Austria: Bundesministerium für Unterricht und Kunst. Wissenschft und Forschung. Dr. Ignaz Seipel-platz, 2-Viena. Bélgica: Commissariat général aux Relations internationales de la Communauté francaise de Belgique (Wallonie-Bruxelles), Place Sainctelette,2,B-1080 Bruxelles. Estados Unidos y Canadá: Consejería de Educación en Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av., N.W. Washington D.C. 20037. Francia: Centre International d'Etudes Pédagógiques. Department Echanges et Enseignement International, 1 avenue León Journault -92318 Sèvres (Francia). Italia: Direzione Generali degli Scambi Culturali (Divisione 1). Minisgtero della Pubblica Istruzione. Via Hipólito Nievo, 35. 00153 Roma. Nueva Zelanda: International Programmes. ILANZ. P.O. Box 10-298, Wellington. Nueva Zelanda. Reino Unido: Education and Training Group, The British Council, 10 Spring Gardens. Londres Sw1A 2BN. República de Irlanda: Department of Education and Science, Cornamaddy, Post-Primary Teacher's Section, Language Assistants Programme, Athlone, Co. Westmeath. República Federal de Alemania: Pädagogischer Austauschdienst. Lennestrasse, 6, postfach 2240, 53113 Bonn, 1.

ANEXO V Retribuciones

Austria: 882,10 euros mensuales. Bélgica: 737,76 euros mensuales. Francia: 908 euros brutos mensuales en Francia, 899,14 euros en Antillas-Guayana y 986,65 Euros en la Isla de Reunión. Italia: 725 euros mensuales. Nueva Zelanda: 18.600 dólares neozelandeses por la totalidad del curso académico. Reino Unido: Una suma global del orden de 4.779 libras esterlinas (variable según las regiones) en asignaciones mensuales por la totalidad del curso académico. República de Irlanda: 865 euros mensuales. República Federal de Alemania: 700,47 euros mensuales. Estados Unidos y Canadá: 1.000 dólares mensuales.

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