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Documento BOE-A-2008-5701

Resolución de 26 de febrero de 2008, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, por la que se publica el Convenio de colaboración suscrito con la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la financiación y ejecución del proyecto Mejora del abastecimiento a Sigüenza (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2008, páginas 17628 a 17630 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-5701

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 18 de febrero de 2008, el Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza para la financiación y ejecución del proyecto «Mejora del abastecimiento a Sigüenza (Guadalajara)», en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 26 de febrero de 2008.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, José María Macías Márquez.

ANEXO Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza para la financiación y ejecución del proyecto Mejora del abastecimiento a Sigüenza (Guadalajara)

En Guadalajara, a 18 de febrero de 2008

REUNIDOS

Don Julián Sánchez Pingarrón, Consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 102/2007, de 2 de julio, y en ejercicio de las competencias asignadas por el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Don José María Macías Márquez, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Medio Ambiente, nombrado por Real Decreto 8900/2004, de 23 de abril, y en ejercicio de las competencias asignadas al organismo por los artículos 23, 25.2, 30 y 124.4 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio. y, don Francisco Domingo Calvo, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) proclamado por acuerdo del pleno extraordinario de fecha 16 de junio de 2007. Las partes, se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada uno interviene, con capacidad legal para la celebración de este Convenio, y a tal efecto:

EXPONEN

I. La Constitución española, en su artículo 45.2 hace una llamada a las distintas Administraciones Públicas para que, mediante una cooperación solidaria, incardinen sus actuaciones para proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente.

II. Que en virtud de lo dispuesto en el Art. 23.1 (d y 24) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, la Confederación Hidrográfica del Tajo es el Organismo encargado, entre otras funciones, de la proyección, construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a sus propios fondos, y de las que le sean encomendadas por el Estado; así como del estudio, proyecto, ejecución, conservación, explotación y mejora de las obras incluidas en sus propios planes. III. Que el Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) ha planteado tanto a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como a la Confederación Hidrográfica del Tajo la necesidad de mejorar de forma urgente el abastecimiento al municipio, que en el momento actual es insuficiente para dar el servicio requerido y solicita la cooperación técnica y económica de las referidas instituciones. IV. Que se ha emitido con fecha 19 de abril de 2007 informe jurídico de la Abogacía del Estado, incorporándose el citado informe al expediente. V. Que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene entre sus competencias la asistencia y cooperación a los municipios que integran su ámbito territorial, tanto desde el punto de vista económico como desde el punto de apoyo técnico, jurídico y administrativo, para lo que utiliza todos los medios a su alcance, incluida la colaboración con otras Administraciones Públicas. VI. Siendo voluntad de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cooperación, para la consecución de objetivos de interés general, y al amparo de lo establecido al efecto en el art. 25.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con las siguientes

cláusulas

Primera. Naturaleza jurídica del Convenio. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, según se recoge en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la misma, sin perjuicio de los criterios y principios en él contenidos para recoger las lagunas que pudieran suscitarse, y también se regirán por lo previsto en el Título I los artículos 6 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Segunda. Objeto del Convenio.

Es objeto del presente Convenio la financiación y ejecución del proyecto denominado «Mejora del Abastecimiento a Sigüenza (Guadalajara)» que comprende básicamente las siguientes obras: Nuevos sondeos en zonas de La Guijosa y Rebollar.

Construcción de dos depósitos de una capacidad aproximada de 600 metros cúbicos cada uno de ellos. Conducciones y conexiones a la red de abastecimiento existente.

Dicho proyecto tiene un importe de 2.290.008,08 € y un plazo de ejecución de doce (12) meses. Dicho importe está sujeto a las bajas de adjudicación y variaciones que durante su desarrollo apruebe el órgano de contratación. Tercera. Presupuesto y anualidades.

El presupuesto estimado de las actuaciones a desarrollar al amparo del presente Convenio asciende a 2.290.008,08 euros.

La distribución inicial de anualidades es:

Año 2008: 1.500.000,00 euros.

Año 2009: 790.008,08 euros.

Cuarta. Financiación. El Ayuntamiento de Sigüenza se compromete a aportar los terrenos necesarios para la completa ejecución de las obras.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se compromete a financiar el 39,65517231 por 100 de la inversión (incluido IVA), hasta un máximo de 908.106,65 euros. Los estudios, proyectos, direcciones de obra y cualquier otra asistencia técnica necesaria para el desarrollo del presente convenio de colaboración serán financiados con los criterios y porcentajes antes indicados. Las variaciones económicas que en el desarrollo de las obras se produzcan por razón de modificados, complementarios, revisiones de precios o liquidaciones; y siempre que sean considerados gastos elegibles, serán financiados en la forma anteriormente explicitada. Todos los gastos de cualquier naturaleza que no resultaran elegibles o financiables por FEDER, serán sufragados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con la limitación máxima anteriormente establecida. La Confederación Hidrográfica aportará el resto de la inversión resultante. Su financiación se realizará con la utilización de los fondos europeos FEDER 2007-2013 que resulten de aplicación y que, en principio, se estiman en el 70 por 100 del coste elegible del proyecto.

Quinta. Aportaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Las aportaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se realizarán en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente de recibir la notificación de la correspondiente certificación de gastos pagados. En la notificación, realizada por la Confederación Hidrográfica del Tajo, constará la parte que corresponde aportar a la Junta de Comunidades y se adjuntará, a la misma, la certificación de obra y la factura correspondiente.

Las aportaciones correspondientes a la Junta de Comunidades, se realizarán mediante transferencia a la Confederación Hidrográfica del Tajo, cuenta número 9000.0001.20.0200003209 del Banco de España, indicando la razón de ingreso.

Sexta. Contratación, ejecución, recepción, uso y conservación de las obras.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, como órgano gestor del Convenio y promotor de la actuación, la aprobación del proyecto, su contratación y ejecución y consecuentemente, el pago a los adjudicatarios de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos.

La Dirección Facultativa corresponderá a la Confederación Hidrográfica del Tajo, que se ajustará en su actuación a lo previsto en la vigente normativa estatal y europea, en lo que resulte de su aplicación. En el acto de recepción de las obras al contratista comparecerá un representante de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y otro del Ayuntamiento de Sigüenza. Dicho acto supondrá la cesión de la infraestructura al Ayuntamiento de Sigüenza para su explotación, conservación y mantenimiento.

Séptima. Tramitación ambiental.

Si el proyecto estuviera sujeto al R.D. Ley 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (modificado por Ley 6/2001) deberán cumplir con la tramitación correspondiente antes de proceder a su ejecución, así como la que pudiera corresponderle en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma en la materia.

Octava. Aportación de terrenos.

El Ayuntamiento de Sigüenza se compromete a poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Tajo, para la ejecución del proyecto, los terrenos o infraestructuras que sean necesarios, asumiendo exclusivamente dicha Corporación, la gestión para la aportación de dichos terrenos, así como la liberación de cualquier servidumbre sobre los mismos e incluso los estudios geológicos, geotécnicos y arqueológicos si fueren precisos.

Novena. Comisión Trilateral de Seguimiento.

Se constituirá una Comisión Paritaria de Seguimiento de este Convenio, que se reunirá al menos una vez al semestre y en su caso, cuando una de las partes lo soliciten.

La Comisión estará formada por los siguientes miembros:

Copresidentes: Titulares: El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, el Director General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y el Alcalde-Presidente de la Corporación municipal de Sigüenza.

Suplentes: El Director Técnico de la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Jefe de Servicio de Infraestructura Hidráulica de la Dirección General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y el Concejal de Obras.

Vocales:

Titulares: El Jefe del Área de Proyectos y Obras de la Confederación Hidrográfica del Tajo, la Jefe de Servicio Regional de Infraestructura Hidráulica de la Dirección General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y otro del Ayuntamiento

Suplentes: Ingeniero del Área de Proyectos y Obras de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Jefe del Servicio de Abastecimiento del Servicio Regional de Infraestructura Hidráulica de la Dirección General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y otro del Ayuntamiento.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un Funcionario designado por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

A sus reuniones podrán convocarse de común acuerdo entre las partes, a aquellos técnicos que los respectivos Organismos juzgue conveniente, según los temas a tratar. Los miembros de esta Comisión de Seguimiento y sus suplentes podrán ser sustituidos por causas justificadas, por la Entidad correspondiente. Las funciones de la Comisión, serán las siguientes:

Realizar el seguimiento del cumplimiento de las condiciones del presente Convenio.

Definir y analizar el proyecto, pudiendo incorporar o eliminar obras o partidas en razón de la viabilidad y funcionalidad de la actuación Proponer a los órganos competentes la reprogramación anual correspondiente, de acuerdo con el resultado del proceso de contratación y con el ritmo de ejecución de los trabajos.

Décima. Vigencia del Convenio.

El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su formalización y estará vigente hasta la finalización y recepción de las obras.

Undécima. Eficacia del Convenio.

La efectividad del presente Convenio de Colaboración queda sujeta a la condición suspensiva de la aprobación, por parte de las Instituciones Comunitarias de la Unión Europea, de la aprobación de la financiación del proyecto con cargo a los Fondos FEDER.

Duodécima. Causas de Extinción.

El presente Convenio se extinguirá, además de lo previsto en la Cláusula Décima, por las siguientes causas: No disponer de los Fondos Europeos previstos

Si resultase imposible la realización del proyecto objeto de este Convenio. Si a lo largo del periodo de vigencia del mismo se produjeran circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización del mismo El mutuo acuerdo de ambas partes, en las condiciones que por los mismos se establezcan. La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción. Incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

Decimotercera. Jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula octava, será de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

El Consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Julián Sánchez Pingarrón.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, José María Macías Márquez.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sigüenza, Francisco Domingo Calvo.

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