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Documento BOE-A-2008-6090

Resolución de 5 de marzo de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar, con cargo al ejercicio presupuestario 2008, la ejecución de los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados objeto de los convenios de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, suscritos al amparo de la Resolución de 16 de agosto de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 4 de abril de 2008, páginas 18840 a 18842 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-6090

TEXTO ORIGINAL

La Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, en materia de formación de oferta y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito de la Administración General del Estado. Entre las distintas modalidades de formación de oferta que regula la citada Orden se contemplan los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados. Estos planes de formación se ejecutan mediante convenios suscritos por los beneficiarios y por el Servicio Público de Empleo Estatal y se financian mediante subvenciones públicas otorgadas en régimen de concurrencia competitiva. De conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 de la Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, la duración de los mencionados convenios podrá ser anual o plurianual, en función de la duración de los planes de formación para cuya ejecución se suscriben. En desarrollo de lo previsto en la citada Orden, la Resolución de 16 de agosto de 2007, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, establece que los planes de formación y los respectivos convenios suscritos a su amparo tendrán una duración bienal, comprendiendo los ejercicios presupuestarios 2007 y 2008. Asimismo, dispone que en lo no previsto en dicha Resolución, será de aplicación lo dispuesto en la resolución de 14 de agosto de 2008, en la que se establece que para el ejercicio 2008 se publicará la financiación aplicable mediante resolución, aprobada por el Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes. Así, la financiación disponible para este ejercicio ha de distribuirse entre las entidades beneficiarias de forma proporcional a la cuantía correspondiente a las subvenciones que se hubiesen concedido en el ejercicio 2007. Las acciones formativas incluidas en estos planes son objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo de acuerdo con el Programa Operativo «Adaptabilidad y Empleo», en el marco de los objetivos de convergencia y competitividad regional y empleo durante el periodo 2007-2013. Por otra parte, la Resolución mencionada establece que el compromiso económico correspondiente al ejercicio 2008 se hará efectivo mediante la suscripción de una adenda al convenio y la oportuna resolución del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal. Para ello, la entidad beneficiaria deberá formular solicitud por escrito y acreditar lo ejecutado en los términos que se establezcan mediante resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. Por lo anterior, y previa consulta a las Organizaciones empresariales y sindicales más representativas, esta Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal debe proceder a dictar resolución de aprobación de convocatoria para la concesión de las subvenciones públicas destinadas a financiar, con cargo al ejercicio presupuestario 2008, la ejecución de los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados objeto de los convenios de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla suscritos al amparo de la Resolución de 16 de agosto de 2007. En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación, con cargo al ejercicio 2008, de los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados objeto de los convenios suscritos al amparo de la Resolución de 16 de agosto de 2007, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, en aplicación de la Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, por la que se regula la formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito de la Administración General del Estado.

Artículo 2. Solicitudes de subvención.

1. Las solicitudes de subvención se formularán por escrito, según el modelo que figura en el Anexo 1, acompañadas de la certificación que acredite el importe ejecutado de la subvención otorgada con cargo al ejercicio 2007, según el modelo que figura en el Anexo 2.

La subvención solicitada al amparo de la presente convocatoria no podrá ser superior a la solicitada con cargo al ejercicio presupuestario 2007. Los modelos mencionados en este apartado estarán a disposición de las entidades solicitantes en la página de Internet de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo www.fundacióntripartita.org. 2. El plazo para la presentación de las solicitudes de subvención así como de la certificación acreditativa que debe acompañar a las mismas será de 15 días hábiles a partir de la fecha de publicación de esta resolución. 3. Las solicitudes se podrán presentar, además de en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (Calle Arturo Soria, 126-128, 28043 Madrid).

Artículo 3. Determinación del importe de la subvención.

La subvención a conceder será proporcional a las cuantías correspondientes a las subvenciones percibidas por los beneficiarios en el ejercicio 2007, teniendo en cuenta el número de solicitudes financiables y las disponibilidades presupuestarias existentes en el presente ejercicio.

Artículo 4. Suscripción de la adenda al convenio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.5 de la Resolución de 14 de agosto de 2007, del Servicio Público de Empleo Estatal, el compromiso económico correspondiente al ejercicio 2008 se hará efectivo mediante resolución de concesión del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal y la suscripción de una adenda al convenio firmado al amparo de la Resolución de 16 de agosto de 2007.

Artículo 5. Presupuesto y cofinanciación del Fondo Social Europeo.

1. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.483.03 del Presupuesto de Gastos del Servicio Público de Empleo Estatal.

2. La financiación correspondiente al ejercicio 2008 se eleva a 916.983 euros según el siguiente desglose:

Planes de formación intersectoriales: 871.133 euros.

Planes de formación intersectoriales dirigidos a trabajadores y socios de la economía social que aporten actividad económica: 22.925 euros. Planes de formación intersectoriales dirigidos a trabajadores autónomos: 22.925 euros.

En el supuesto de que la financiación correspondiente a alguno de los tipos de planes señalados no se aplicase en su totalidad, la cuantía no aplicada se destinará a incrementar la financiación de los planes intersectoriales.

3. Las acciones formativas incluidas en estos planes serán objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo de acuerdo con el Programa Operativo «Adaptabilidad y Empleo», número 2007ES05UPO001, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 14 de diciembre de 2007, en el marco de los objetivos de convergencia y competitividad regional y empleo durante el periodo 2007-2013. 4. Del presupuesto indicado, hasta un importe de 229.246 euros se cofinanciará por el Fondo Social Europeo.

Disposición final primera. Normativa supletoria.

En lo que no se oponga a lo previsto en la presente resolución, será de aplicación lo establecido en la Resolución 16 de agosto de 2007, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación mediante convenios, de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de marzo de 2008.-El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Eduardo González López.

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