El «Boletín Oficial del Estado» número 73, de 25 de marzo de 2008, en sus páginas17116 a 17119, contiene la Resolución de 6 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se ordena la publicación del Convenio de cooperación transfronteriza suscrito entre la Mancomunidad de Servicios de Txingudi (España), y la Comunidad de Municipios Sud Pays Basque (Francia), relativo a la conexión y al vertido de aguas residuales a la red de saneamiento de la Mancomunidad. El texto del Convenio de cooperación transfronteriza citado incluye referencias expresas a dos anexos al mismo que, sin embargo, no se transcriben. Omitidos, por lo tanto, los anexos I y II a dicho Convenio de cooperación transfronteriza, se procede ahora a su reproducción.
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ANEXO II Proyección tarifas -10 años Estudio realizado sin IPC, A euros constantes Cuota resultante, según consumo doméstico 90% y no doméstico 10% |
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Costes |
Total (s/IVA) Euros (M3) |
||
Explotación Euros (M3) |
Amortizac. Euros (M3) |
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Año 2007 |
0,3147 |
0,2153 |
0,5300 |
Año 2008 |
0,3147 |
0,2331 |
0,5478 |
Año 2009 |
0,3147 |
0,2454 |
0,5601 |
Año 2010 |
0,3147 |
0,2577 |
0,5724 |
Año 2011 |
0,3147 |
0,2700 |
0,5847 |
Año 2012 |
0,3147 |
0,2822 |
0,5969 |
Año 2013 |
0,3147 |
0,2822 |
0,5969 |
Año 2014 |
0,3147 |
0,2822 |
0,5969 |
Año 2015 |
0,3147 |
0,2822 |
0,5969 |
Año 2016 |
0,3147 |
0,2822 |
0,5969 |
Hasta el año 2012, se incorporarán las amortizaciones pendientes.
Hasta el año 2012, se aplicará el IPC sólo a la cuota correspondiente a los Costes de Explotación. A partir del año 2013, se aplicará el IPC al total de la tarifa resultante del ejercicio precedente.
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