Visto el expediente de indulto de don Ginés Gomis Alarcón, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche, en sentencia de 15 de abril de 2003, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de un año y tres meses de prisión, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de abril de 2008,
Vengo en indultar a don Ginés Gomis Alarcón la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de abril de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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