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Documento BOE-A-2008-6991

Resolución de 12 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley del Estado 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2008, páginas 20730 a 20730 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2008-6991

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 12 de marzo de 2008.-El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Fernando Puig de la Bellacasa Aguirre.

ANEXO Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley del Estado 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 11 de marzo de 2008 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los siguientes preceptos de la Ley del Estado 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural: el artículo 10.4; el artículo 19.3 y, por conexión con este último, el artículo 12.3, en su inciso «y en el Plan Nacional de Calidad Ambiental Agrícola y Ganadera a que se refiere el artículo 19 de esta Ley»; el artículo 23, letra b, en el inciso «mediante la coordinación de sus respectivas planificaciones y dotaciones de infraestructuras de transporte y la mejora de la red viaria rural» y letra d; el artículo 25, letra a; el artículo 27, letra a, en el inciso «facilitando la cooperación de la Guardia Civil con los Cuerpos de Policía Local y de éstos entre sí»; el artículo 28, letra a, en el inciso «mediante programas de extensión de la escolarización infantil»; el artículo 29, letra a, en su inciso «que, reutilizando el patrimonio arquitectónico existente, garanticen la infraestructura para su desarrollo con la mayor polivalencia posible, la dimensión adecuada para garantizar su sostenimiento y su accesibilidad» y letra b, en el inciso «por zona rural, favoreciendo la participación y la iniciativa de todo tipo de entidades privadas», y el artículo 33.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda. 3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 15 de marzo de 2008, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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