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Documento BOE-A-2008-7375

Resolución de 31 de marzo de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda la revocación de la autorización administrativa para actuar como gestora de fondos de pensiones y la baja en el Registro especial de entidades gestoras de fondos de pensiones de Lagun-Aro Entidad de Previsión Social Voluntaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 25 de abril de 2008, páginas 21536 a 21536 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-7375

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de esta Dirección General de fecha 23/12/1988, la entidad Lagun-Aro, Entidad de Previsión Social Voluntaria (G0107), fue autorizada para actuar como gestora de fondos de pensiones e inscrita como tal en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones. Con fecha 21/12/2007 tiene entrada en esta Dirección General escrito de la citada entidad informando que no ha gestionado ningún Fondo de pensiones durante el ejercicio 2007. Mediante escrito de esta Dirección General de fecha 25 de enero de 2008, se puso en conocimiento de la entidad la concurrencia de la causa de revocación de la autorización administrativa para operar como gestora de fondos de pensiones prevista en el artículo 31.1 b) del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y se concedió a la entidad un plazo de un mes para formular alegaciones. Transcurrido dicho plazo, la entidad no ha formulado alegación alguna. En consecuencia, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31.1.b) del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, esta Dirección General acuerda:

Primero.-Revocar la autorización administrativa concedida para actuar como gestora de fondos de pensiones a Lagun-Aro Entidad de Previsión Social Voluntaria (G0107), por concurrir la causa establecida en el artículo 31.1.b) del texto refundido antes mencionado.

Segundo.-Cancelar la inscripción de la entidad, causando baja, en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, por aplicación del artículo 80.5.c) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 31 de marzo de 2008.-El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.

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