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Documento BOE-A-2008-7385

Resolución de 8 de abril de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la realización del curso «Escuela de Iniciación a la Docencia Universitaria y a la Investigación Científica Blas Cabrera».

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 25 de abril de 2008, páginas 21545 a 21546 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-7385

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo han suscrito, con fecha 25 de febrero de 2008, un acuerdo por el que se encomienda a la citada Universidad la gestión material del curso «Escuela de Iniciación a la Docencia Universitaria y a la Investigación Científica Blas Cabrera».

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo de la presente Resolución.

Madrid, 8 de abril de 2008.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla Fisac.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia a la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la realización del curso «Escuela de Iniciación a la Docencia Universitaria y a la Investigación Científica Blas Cabrera»

REUNIDOS

De una parte, don Miguel Ángel Quintanilla Fisac, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación y Ciencia, en su calidad de Secretario de Estado de Universidades e Investigación, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 567/2006, de 5 de mayo (BOE de 6 de mayo de 2006).

De otra parte, don Salvador Ordóñez Delgado, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1342/2006, de 21 de noviembre (BOE de 22 de noviembre) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12.4 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE de 12 de abril).

EXPONEN

Que, dentro de los fines y objetivos propios de cada una de las partes intervinientes, como instituciones del sector público con competencias en el área de la educación superior, tienen un interés común en la realización de un Curso de Verano dirigido a los titulados universitarios recientes, que sirva para orientar las carreras docentes e investigadoras de los jóvenes que concluyen su etapa formativa en la universidad.

Que, conscientes de los beneficios de la cooperación y de la suma de esfuerzos, iniciativas y recursos para una mejor consecución de sus objetivos, las partes intervinientes deciden suscribir el presente

ACUERDO

Primero.-El Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) acuerdan, en el marco del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la citada Universidad lleve a cabo, por razones de eficacia, y en atención a su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, la gestión material del Curso «Escuela de Iniciación a la Docencia Universitaria y a la Investigación Científica Blas Cabrera», haciéndose cargo de la gestión económica y administrativa que de ello se derive. A estos efectos, la UIMP pondrá a disposición del Curso su infraestructura general y los medios técnicos y humanos necesarios para su organización y realización.

Segundo.-La gestión material que se encomienda, con respecto al curso citado en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

a) Convocatoria de becas para los alumnos, siguiendo los criterios establecidos por la Dirección General de Universidades del Ministerio de Educación y Ciencia.

b) Recepción de solicitudes de becas, valoración y selección de los beneficiarios. c) Puesta a disposición de los locales de la UIMP en Santander para la celebración del curso citado. d) Contratación y pago de honorarios y gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento a Profesores, Ponentes, Director y Secretario del Curso y personal de apoyo administrativo. e) Pago del alojamiento y manutención de los becarios. f) Publicidad del curso y edición de folletos y carteles informativos. g) Cualquier otra actividad necesaria para la realización del Curso objeto de la presente encomienda de gestión.

Tercero.-Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda, presupuestados en sesenta mil doscientos ochenta y cinco Euros (60.285,00.-€), correrán a cargo del presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781, que devengará en un único pago a la firma del presente Acuerdo.

Cuarto.-La Universidad Internacional Menéndez Pelayo presentará al Ministerio de Educación y Ciencia una certificación en la que justifique que la transferencia de los fondos ha sido incorporada a su presupuesto y destinada a la financiación de los objetivos que se detallan en la parte expositiva de este Acuerdo. Quinto.-La Universidad Internacional Menéndez Pelayo se compromete a justificar los gastos que se derivan del presente Acuerdo, y que se realicen con cargo a la aportación económica del Ministerio de Educación y Ciencia, en el primer trimestre del año siguiente al del ejercicio presupuestario en el que figure la asignación. Sexto.-La justificación se realizará mediante la presentación de una Memoria que explique, complete y aclare los datos de los estados contables en relación con la aplicación de los fondos recibidos y que informe sobre los resultados obtenidos. Séptimo.-En el caso de que no se justifique el total de la ayuda recibida se procederá al reintegro de las cantidades no justificadas. Octavo.-El presente Acuerdo queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, a tenor de lo dispuesto en su artículo 3.1 l), según redacción dada por la Disposición Final 4.2 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre. Noveno.-El plazo de vigencia del presente Acuerdo se iniciará el día de su firma y finalizará una vez cumplidos por las partes los compromisos adquiridos y en todo caso el 31 de diciembre de 2008. Décimo.-La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Educación y Ciencia. Undécimo.-Es responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencia dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Y en prueba de conformidad se firma el presente Acuerdo en Madrid, el día 25 de febrero de 2008.

Por el Ministerio de Educación y Ciencia, el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, don Miguel Ángel Quintanilla Fisac.-Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, el Rector, don Salvador Ordóñez Delgado.

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