El artículo 7 del Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de Medidas de impulso a la actividad económica, modifica lo establecido en el artícu-lo 57 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, al elevar desde 1.000 millones de euros hasta 3.000 millones de euros la cuantía máxima por la que el Estado podrá en el ejercicio 2008 otorgar avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de Activos. Como consecuencia de ello, resulta necesario abrir en el ejercicio del año 2008 un nuevo plazo para que las sociedades gestoras de Fondos de Titulización de Activos interesadas en formalizar un convenio con el objeto de obtener un aval lo soliciten a la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio según dispone el artículo 3 de la Orden PRE/3/2007, de 10 de enero, sobre los Convenios de Promoción de Fondos de Titulización de Activos para favorecer la financiación empresarial. En virtud de lo anterior, de la habilitación otorgada por el artículo 3.1 de la Orden PRE/3/2007, de 10 de enero, sobre los Convenios de Promoción de Fondos de Titulización de Activos para favorecer la financiación empresarial y de la delegación contenida en la disposición adicional única de la misma, se acuerda resolver:
Abrir un plazo comprendido entre los días 15 y 31 de mayo de 2008, ambos inclusive, para que las sociedades gestoras de Fondos de Titulización de Activos interesadas presenten, ante la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, las solicitudes para formalizar convenios con objeto de obtener el aval del Estado.
Madrid, 24 de abril de 2008.-La Directora General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, María Callejón Fornieles.
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