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Documento BOE-A-2008-7466

Resolución de 21 de abril de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2008, páginas 21704 a 21710 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-7466

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Agua, del Ministerio de Medio Ambiente y el Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, del Ministerio de Fomento, han suscrito, con fecha 1 de abril de 2008, un Acuerdo de encomienda de gestión para la realización de una asistencia para la elaboración, coordinación y ejecución de un programa de formación iberoamericano en materia de aguas.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 21 de abril de 2008.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

Anejo

Acuerdo para Encomienda de Gestión por el Ministerio de Medio Ambiente (Dirección General del Agua) al Centro De Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, para la realización de una asistencia para la elaboración, coordinación y ejecución de un Programa de Formación Iberoamericano en materia de aguas

En Madrid, a 1 de abril de 2008.

REUNIDOS

De una parte el Director General del Agua, D. Jaime Palop Piqueras, en representación de dicha Dirección General en virtud de la Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Medio Ambiente (BOE n.º 35, de 10 de febrero de 2005).

Y de otra D. Ángel Aparicio Mourelo, Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), Organismo Autónomo de la Administración del Estado, igualmente en representación legal del Organismo, en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo. Ambas partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Acuerdo para Encomienda de Gestión, y al efecto

EXPONEN

1.º Antecedentes y circunstancias de la Dirección General del Agua.-La Dirección General del Agua, bajo la supervisión del Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad, del Ministerio de Medio Ambiente, tiene entre sus competencias la participación en la representación del Ministerio en los organismos internacionales y el seguimiento de los Convenios internacionales en las materias de su competencia. En junio de 2006, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), y el Ministerio de Medio Ambiente presentaron los fundamentos, los objetivos, las áreas de intervención, las líneas de acción y los mecanismos de intervención y seguimiento del Programa Araucaria XXI. En todas las áreas del programa hay alguna línea de acción dirigida a la protección de los recursos hídricos y hacia el uso eficiente y racional de los mismos. Además, el Programa, consta de una línea de acción transversal, dedicada a la formación y creación de capacidades locales. Asimismo, a finales de junio de 2006 se celebraron en el Parlamento Europeo las jornadas «Agua y Cooperación en Latinoamérica», cuyo desarrollo y conclusiones ha servido para afianzar el compromiso de acción y mejorar la cooperación, coordinación y eficiencia de los flujos de ayuda de la UE hacia América latina. Como resultado de estas jornadas, los responsables de la gestión integrada del agua en Iberoamérica allí presentes identificaron, entre otras, la necesidad de focalizar esfuerzos en capacitación, intercambio de experiencias y fortalecimiento institucional. Esta preocupación por la formación en materia de aguas se ha visto refrendada tanto en la Declaración de Montevideo surgida de la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno de los 22 países que conforman la Comunidad Iberoamericana de Naciones (noviembre de 2006), como en la Declaración de Buenos Aires del VI Foro Iberoamericano de Ministros de Medio Ambiente (septiembre de 2006). En estas se promueven todas aquellas acciones encaminadas a la protección de los recursos hídricos superficiales y subterráneos de América Latina, siguiendo la línea trazada en Declaraciones anteriores como las siguientes: la Declaración Ministerial adoptada en el IV Foro Mundial del Agua (Ciudad de México, marzo 2006); la Declaración sobre la ejecución de la asociación estratégica entre Latinoamérica y la Unión Europea en materia de recursos hídricos y saneamiento, realizada en el mismo Foro; y la Declaración de Bruselas adoptada en las Jornadas Agua y Cooperación en Latinoamérica que tuvieron lugar en el Parlamento Europeo (Bruselas, junio 2006). Las distintas Conferencias de Directores Generales Iberoamericanos del Agua (CODIA), particularmente la celebrada en La Antigua (Guatemala), identificó como líneas prioritarias la necesidad de invertir en la mejora del conocimiento a través de un Programa adecuado de formación y capacitación, en el plano técnico, gerencial y político, así como mediante el intercambio de experiencias. Las conclusiones de la Conferencia de La Antigua fueron posteriormente asumidas en el VII Foro Iberoamericano de Ministros de Medio Ambiente, celebrado en San Salvador en junio de 2007, donde se encomendó expresamente a la CODIA la elaboración de un Programa de Formación. Asimismo, dentro de la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Santiago de Chile en noviembre de 2007, se aprobó en su punto 16 del Programa de Acción la «Iniciativa Iberoamericana: formación y transferencia tecnológica en materia de gestión integrada de recursos hídricos». Una de las líneas de acción de esta iniciativa consiste, precisamente, en ofrecer capacitación y formación en materia de gestión integral del agua a toda Iberoamérica, tanto a nivel gerencial como técnico, a partir del desarrollo de un Programa formativo flexible y adaptado en el tiempo a las singularidades y necesidades de cada país y, fundamentalmente, mediante la divulgación de experiencias exitosas ya desarrolladas y contrastadas, especialmente en lo que a materia de abastecimiento y saneamiento se refiere. Finalmente, en la última Conferencia de Directores Generales Iberoamericanos del Agua (CODIA), celebrada en diciembre de 2007 en Lima (Perú), se aprobó el Programa de Formación en materia de aguas, identificándose 10 áreas temáticas de interés incluidas en tres grupos: básicas, transversales y específicas. Por su parte, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), bajo la supervisión de la Secretaria de Estado para la Cooperación Internacional, del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, tiene entre sus fines el de fomentar la cooperación cultural y científica con los países en vías de desarrollo, y entre sus funciones la de diseñar, coordinar y ejecutar programas y proyectos de cooperación para el desarrollo en el campo económico, social, cultural, educativo, científico y técnico, y prestar apoyo y colaboración a otros Departamentos ministeriales en el desarrollo de programas y proyectos de cooperación internacional. Por esas razones para la ejecución de la Encomienda de Gestión, se colaborará con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). 2.º Antecedentes y circunstancias del CEDEX.-El Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo, configura al CEDEX como Organismo Autónomo de Investigación Científica y Técnica, estableciendo entre sus funciones la asistencia técnica, el asesoramiento, la colaboración y difusión exterior en todas aquellas materias tecnológicas que tienen relación con las obras públicas y el medio ambiente asociado. Actualmente se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento y también funcionalmente al Ministerio de Medio Ambiente. Entre los fines del CEDEX se encuentra el de promover y difundir la ciencia y la tecnología en los ámbitos nacional e internacional. Dentro del CEDEX, el «Centro de Estudios Hidrográficos» es la unidad especializada en temas de planificación hidráulica, hidrología, ingeniería de las aguas continentales, así como en los aspectos relacionados con la calidad del recurso. Entre sus funciones se encuentran las de:

Prestar asistencia técnica especializada tanto al sector público como al privado, con atención prioritaria a los Departamentos ministeriales de los que depende funcionalmente.

Difundir y transferir la tecnología española en los ámbitos nacional e internacional, realizando publicaciones, talleres, jornadas, seminarios, simposios y cursos, así como mediante la creación y el mantenimiento de portales temáticos de información a través de redes de comunicación. Colaborar y fomentar la colaboración con otros órganos de las Administraciones públicas y con instituciones nacionales e internacionales en actividades de asistencia técnica, experimentación, investigación, desarrollo tecnológico e innovación y transferencia de tecnología. 3.º Naturaleza del acuerdo y capacidad de las partes.-Dadas las especiales características técnicas de los trabajos que se pretende acometer, la singularidad de los instrumentos requeridos para su ejecución, y la alta cualificación e independencia exigibles a la Entidad que los lleve a cabo, y considerando razones de eficacia, se considera oportuno que el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) se encargue de su realización, mediante la suscripción de este Acuerdo para Encomienda de Gestión. El presente Acuerdo es de colaboración técnica, de naturaleza pública y se encuentra sometido, como tal, al ordenamiento jurídico general vigente en esta materia en la Administración Pública, encontrándose excluido del ámbito del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, según lo establecido en su Artículo 3, modificado por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública; siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dichos textos legales, para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse. El CEDEX, en su calidad de Organismo Autónomo de la Administración del Estado, está facultado para otorgar esta Encomienda de Gestión, en virtud de las facultades que le están conferidas por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo. La Dirección General del Agua ostenta competencias en la materia objeto del presente Acuerdo para Encomienda de Gestión y, en consecuencia, está igualmente facultada para su otorgamiento, a tenor de las atribuciones que le confiere la normativa vigente. 4.º Suscripción del acuerdo para encomienda de gestión.-Por todo cuanto antecede, las partes comparecientes resuelven suscribir el presente Acuerdo, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

1. Objeto.-El objeto del presente Acuerdo para Encomienda de Gestión es el establecimiento de la colaboración entre la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), para la realización de una asistencia para la elaboración, coordinación y ejecución de un programa de formación iberoamericano en materia de aguas. El objetivo principal del Acuerdo es elaborar y llevar a cabo un Programa de Formación en Materia de Aguas, de ámbito Iberoamericano, en el que participen el máximo de países, tanto en la coordinación de las actividades formativas como aportando profesorado. El Programa de Formación, tendrá 10 Áreas temáticas de interés incluidas en tres grupos: básicas, transversales y específicas. Además se creará un Centro Académico Virtual, en el que podrá impartir formación a distancia, tanto para los programas de e-learning como los de b-learning. Por último, con el respaldo de la página web de la CODIA y del Centro Académico Virtual, se crearan unas redes permanentes de intercambio del conocimiento en materia de aguas. Las actividades objeto del presente Acuerdo se materializarán en los estudios y trabajos que se definen en la cláusula 2, ajustándose a la planificación que se establecerá de común acuerdo. 2. Definición de los trabajos.-Las actividades a realizar por el CEDEX derivadas del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión están relacionadas con el apoyo a la Dirección General del Agua en los campos siguientes:

Apoyo en la elaboración, coordinación y ejecución del Programa de Formación.

Formación del Centro Académico Virtual de la CODIA. Creación de una Red Multidisciplinar de intercambio del conocimiento en materia de aguas.

La descripción detallada del contenido de las actuaciones a realizar, así como la estimación de su planificación temporal, inicialmente prevista, se recogen en los Anexos 1 y 2 del presente Acuerdo. Asimismo el presupuesto (tanto por partidas como por actividades) se recoge en los Anexos 3 y 4.

Para el desarrollo efectivo de las actividades, durante la vigencia del presente Acuerdo, al comienzo de cada año, la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula 9 fijará, de acuerdo con las prioridades de la Dirección General del Agua y las capacidades del CEDEX, un Plan anual de actividades en el que se detallarán los trabajos que el CEDEX desarrollará en ese año. Los sucesivos planes anuales respetarán, en todo caso, la cifra total del presupuesto del Acuerdo definida en la cláusula 7. 3. Informes y trabajos concretos a realizar y presentación de documentos.-Durante el desarrollo de los trabajos incluidos en el presente Acuerdo, el CEDEX realizará y presentará por duplicado ante la Comisión de Seguimiento las siguientes prestaciones, conteniendo la información acumulada, resultados y conclusiones que de ellos se deriven:

Informes específicos, a la conclusión de cada uno de los trabajos recogidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, y contenidos en las actividades que se enumeran en la cláusula 2 del mismo.

Junto a los informes anteriores en papel y en formato electrónico, se desarrollará una aplicación de usuario para cada uno de los trabajos recogidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, que integre todos los resultados y constituya una herramienta de consulta -numérica, gráfica y geográfica-y de generación de informes. En esta aplicación se podrán realizar una amplia gama de consultas interactivas y flexibles de todos los resultados del trabajo, a través de una interfaz gráfica que incluya menús y opciones, y mapas sensibles con diferentes coberturas a visualizar. Informe final, una vez concluida la totalidad de los trabajos definidos en este Acuerdo. Este Informe recogerá una síntesis de los trabajos realizados durante la vigencia del Acuerdo.

Las prestaciones anteriores serán presentadas por la Comisión de Seguimiento a la Dirección General del Agua para su consideración.

Con independencia de los informes anteriormente mencionados, y a petición de la Dirección General del Agua se emitirán adicionalmente informes anuales de situación que recojan los progresos de los trabajos realizados en el transcurso del año del conjunto de las actividades relacionadas en el Anexo 1. 4. Vigencia del Acuerdo y comienzo de los trabajos.-El presente Acuerdo tendrá un plazo de cuarenta y ocho (48) meses, a partir del día siguiente a su firma. Los plazos parciales inicialmente estimados para la realización de las actividades señaladas en la cláusula 2, son los recogidos en el plan de trabajo que se incluye en el Anexo 2 al presente Acuerdo. 5. Variaciones en la vigencia.-La Encomienda podrá ser prorrogada, en cuyo caso requerirá:

El acuerdo de la Comisión de Seguimiento, cuando la prórroga no trascienda del año en que estaba prevista su terminación, y su posterior aprobación por el Director General del Agua o, en su caso, por quien tenga la competencia para su aprobación.

Se trata de los casos en que, desde el punto de vista presupuestario, no existe cambio de anualidad, pudiendo atender las obligaciones que le corresponden al Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Agua, sin que haya que realizar un reajuste de anualidad. Para las prórrogas que conlleven un reajuste de anualidad será necesario el acuerdo de la Comisión de Seguimiento para proponer la prórroga y reajuste con la antelación mínima de un mes antes de la fecha vigente de terminación de la Encomienda, que habrá de ser aprobada por el Director General del Agua, o en su caso, por quien tenga la competencia y que a su vez aprobará el reajuste de anualidades oportuno. En todo caso, la autorización de la prórroga estará supeditada a la aprobación del reajuste.

6. Publicidad de la Encomienda.-El presente Acuerdo de Encomienda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

7. Presupuesto.-Para equilibrar las prestaciones realizadas en el ámbito del presente Acuerdo, la Dirección General del Agua abonará al CEDEX la cantidad de tres millones novecientos mil euros (3.900.000 €), incluido el IVA, en la forma que se señala en la cláusula siguiente. El presupuesto total al que se refiere la cantidad expresada en el párrafo anterior, se desglosa para cada uno de los trabajos definidos en la cláusula 2, según se indica en los Anexos al presente Acuerdo. 8. Forma de pago.-El abono del importe de los trabajos se realizará mediante los siguientes pagos:

Valoración, al menos una vez al año, o bien con la periodicidad que la Comisión de Seguimiento considere durante el periodo de vigencia del Acuerdo para Encomienda de Gestión, de acuerdo con el estado de avance de los trabajos incluidos en el plan, previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento.

Liquidación, a la conclusión del Acuerdo para Encomienda de Gestión, y de acuerdo con la valoración de los trabajos incluidos en el plan y según lo establecido en la cláusula 11 del Acuerdo, previa presentación del informe final y previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento.

El ingreso de las cantidades correspondientes al abono de los pagos se efectuará en la cuenta corriente n.º 9000-0001-20-0200005297 del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Banco de España, Madrid.

9. Responsables del desarrollo del Acuerdo. Comisión de Seguimiento.-La ejecución del Acuerdo para Encomienda de Gestión se realizará bajo la dirección de la Dirección General del Agua. Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el presente Acuerdo no implica cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de Encomienda. El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) se hará cargo del desarrollo técnico de los trabajos contenidos en el Acuerdo para Encomienda de Gestión, nombrando, a tal efecto, un director de los trabajos para cada una de las actuaciones. Se constituirá una Comisión paritaria de Seguimiento del Acuerdo, formada por dos representantes del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) y dos representante de la Dirección General del Agua. Los representantes de la Dirección General del Agua serán:

El Subdirector General de Planificación y Uso Sostenible del Agua.

El Coordinador de Asuntos Internacionales de la Dirección General del Agua o en su caso la/s persona/s que designe el Director General del Agua.

A su vez, la Comisión de Seguimiento podrá contar en sus sesiones con el asesoramiento de un experto designado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), así como de otros expertos que puedan considerarse necesarios.

La Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter ordinario al menos una vez al año y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite, y tendrá los siguientes cometidos:

Fijar el Plan anual de actividades que el CEDEX desarrollará cada año, de acuerdo con lo señalado en la cláusula 2.

Realizar el seguimiento del desarrollo de los trabajos. Conocer y valorar el estado de avance de los trabajos. Informar las valoraciones previas a su pago. Proponer las modificaciones de la planificación, así como de los trabajos que procedan, de acuerdo con las necesidades y prioridades de la Dirección General del Agua y las capacidades del CEDEX, y elevarlas, para su aprobación, a los Directores Generales del Agua y del CEDEX. Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Acuerdo.

La Comisión de Seguimiento formalizará mediante acta los contenidos de sus reuniones.

Dentro del mes siguiente a la firma de este Acuerdo para Encomienda de Gestión, el CEDEX comunicará a la Dirección General del Agua, por escrito, el nombre de la persona responsable principal de las relaciones y cuestiones que puedan surgir para el desarrollo del mismo. Por parte de la Dirección General del Agua la persona directora de los trabajos será el Subdirector General de Planificación y Uso Sostenible del Agua o, en su caso, la persona designada expresamente por el Director General del Agua. A su vez y, en el mismo plazo, el CEDEX comunicará por escrito a la Dirección General del Agua, los representantes de la Comisión de Seguimiento. De idéntica forma lo hará la Dirección General del Agua si los representantes son diferentes a los designados anteriormente. 10. Disponibilidad de datos y resultados por parte del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).-La firma de este Acuerdo para Encomienda de Gestión supone la aceptación, por parte de la Dirección General del Agua, de que el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) pueda disponer de toda la información empleada y obtenida a lo largo de los estudios contenidos en el marco del mismo, para su utilización en trabajos de experimentación y desarrollo tecnológico del propio Organismo. La puesta en marcha y los resultados de estos trabajos serán puestos en conocimiento, a través de la Comisión de Seguimiento, a la Dirección General del Agua. En los procesos de transferencia y cooperación técnica, la disponibilidad citada se obtendrá caso a caso, con aceptación expresa de la Dirección General del Agua. En todos los casos se hará referencia a la procedencia de la información empleada. Asimismo, en relación con los trabajos concretos a realizar para cumplimiento de los objetivos de este Acuerdo, el CEDEX podrá acometer los trabajos de investigación aplicada que a estos efectos juzgue necesarios, bien sea por sus propios medios o en colaboración con Instituciones nacionales e internacionales con capacidad adecuada en las materias propias del Acuerdo, con el fin de mejorar el campo de conocimiento sobre las mismas y el progreso técnico en la materia mediante la puesta a disposición, por la difusión que se estime oportuna, de la comunidad técnico-científica. En ningún caso estos trabajos condicionarán los plazos de ejecución, ni justificarán la prórroga de dichos plazos, salvo que por acuerdo de las partes así se determine. 11. Finalización.-Finalizará el presente Acuerdo para Encomienda de Gestión para el la realización de una asistencia para la elaboración, coordinación y ejecución de un Programa de Formación Iberoamericano en materia de aguas con la entrega por parte del CEDEX, previo informe de la Comisión de Seguimiento, y aceptación por la Dirección General del Agua, de la totalidad de las prestaciones especificadas en la cláusula 3 del mismo. La aceptación de conformidad del trabajo por la Dirección General del Agua, se producirá mediante la expedición de un Certificado de Recepción que acredite el cumplimiento de lo encomendado, firmado por el Director General del Agua, a propuesta del Subdirector General de Planificación y Uso Sostenible del Agua. Tras la emisión de dicho certificado se efectuará la liquidación económica del Acuerdo. 12. Extinción del Acuerdo.-El Acuerdo se extinguirá por cumplimiento o resolución. Serán causas de resolución:

El incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones a las que se comprometen en el Acuerdo, previa denuncia por escrito por la otra parte, con una antelación mínima de un mes.

El mutuo acuerdo por escrito de las partes.

13. Interpretación del Acuerdo.-Para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse serán de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante R. D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposiciones concordantes.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y el cumplimiento del presente Acuerdo para Encomienda de gestión serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo (Artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). Para cumplimentar el presente Acuerdo para Encomienda de Gestión para la realización de una asistencia para la elaboración, coordinación y ejecución de un programa de formación iberoamericano en materia de aguas en todas sus partes, se suscribe, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO 3

Presupuesto detallado por partidas

Desglose detallado del presupuesto por partida

Partida

Importe - Euros

Personal

380.130,00

Dietas y viajes

37.000,00

Cursos, Seminarios y Cooperación científica

1.550.000,00

Servicios y colaboraciones a contratar

1.350.000,00

Utilización de equipos, máquinas y vehículo

44.939,97

Subtotal

3.362.068,97

I.V.A. (16%)

537.931,03

Total

3.900.000,00

ANEXO 4

Presupuesto detallado por actividades

Desglose detallado del presupuesto por actividades

Actividades

Personal - Euros

Dietas y viajes - Euros

Cursos, Seminarios y Cooperación científica - Euros

Servicios y colaboraciones a contratar - Euros

Utilización de equipos, máquinas y vehículos - Euros

Total - Euros

1. Apoyo en la elaboración, coordinación y ejecución del Programa de Formación

266.091,00

25.900,00

1.323.000,00

31.457,00

1.646.448,00

2. Formación del Centro Académico Virtual de la CODIA

68.423,00

6.660,00

1.350.000,00

8.089,00

1.433.172,00

3. Creación de una Red Multidisciplinar Permanente de intercambio del conocimiento en materia de aguas

45.616,00

4.440,00

227.000,00

5.392,97

282.448,97

Subtotal

380.130,00

37.000,00

1.550.000,00

1.350.000,00

44.938,97

3.362.068,97

I.V.A. (16%)

537.931,03

Presupuesto total

3.900.000,00

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/04/2008
  • Fecha de publicación: 26/04/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 02/04/2008
Materias
  • Aguas
  • Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
  • Cooperación internacional
  • Dirección General del Agua
  • Encomienda de gestión
  • Ministerio de Fomento
  • Ministerio de Medio Ambiente

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