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Documento BOE-A-2008-7696

Resolución de 17 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2007 y las provisionales de 2008, del Convenio colectivo marco de la Unión General de Trabajadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2008, páginas 22240 a 22241 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-7696
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/04/17/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas del año 2007 y las provisionales para el año 2008 del Convenio Colectivo Marco de la Unión General de Trabajadores (Código de Convenio n.º 9010222), publicado en el BOE de 14 de diciembre de 2007, tablas que fueron suscritas, con fecha 16 de enero de 2008, de una parte por los designados por la Comisión de Seguimiento de Política de Personal, en representación de la empresa, y de otra por la Sección Sindical Estatal de los trabajadores de UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Salarios base Convenio U.G.T. Año 2008

COD.

Línea de convenio

Año 2007 - Euros

Incremento - Euros

Salario Inicial - Euros

Año 2008 - Euros

Nueva categoría

1002

Titulado superior 3

1.639,57

19,38

1.658,95

1.721,16

Técnico Sup. A+.

1001

Titulado superior 2 A

1.530,30

28,91

1.559,21

1.617,68

Técnico Sup. A.

1000

Titulado superior 1

1.410,64

29,65

1.440,29

1.494,30

Técnico Sup. B.

2001

Titulado medio 2

1.385,80

25,51

1.411,31

1.464,23

Técnico Medio C.

2000

Titulado medio 1 A

1.303,69

23,63

1.327,32

1.377,09

Técnico Medio D.

999

Organizador sindical

1.106,91

38,81

1.145,72

1.188,68

Organizador Sindical.

3000

Programador 1A

1.215,22

15,76

1.230,98

1.277,14

Responsable Administrativo.

4000

Jefe Administrativo

1.183,83

23,16

1.206,99

1.252,25

Responsable Administrativo.

5002

Administrativo 3

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

6001

Secretaria 1B

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

6002

Secretaria 2

1.139,48

19,88

1.159,36

1.202,84

Especialista Administrativo.

7001

Operador informática

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

5000

Administrativo 1

931,12

30,29

961,41

997,46

Administrativo.

5001

Administrativo 2

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

6000

Secretaria 1A

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

7000

Grabador informática

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

8000

Telefonista

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

9003

Encargado oficios varios

1.000,50

38,92

1.039,42

1.078,40

Especialista Oficios Varios.

9000

Ayudante oficios varios

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

9001

Oficial 2 oficios varios

945,71

26,85

972,56

1.009,03

Oficial Oficios Varios.

9002

Oficial 1 oficios varios

962,06

22,99

985,05

1.021,99

Oficial Oficios Varios.

10000

Conductor

962,06

22,99

985,05

1.021,99

Oficial Oficios Varios.

11000

Operador fotocopiadora

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

12000

Vigilante

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

13000

Conserje

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

14000

Limpiadora

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

15000

Mozo

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

19000

Camarero

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

Previsión I.P.C. 2% + 1,75%.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/04/2008
  • Fecha de publicación: 30/04/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 17 de abril de 2008 (Ref. BOE-A-2007-1522).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Sindicatos

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