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Documento BOE-A-2008-7801

Resolución de 14 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, para la gestión del proyecto de «Apoyo a la prevención de conflictos violentos y la consolidación de la paz y el envío de expertos españoles a misiones de paz».

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 1 de mayo de 2008, páginas 22357 a 22358 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2008-7801

TEXTO ORIGINAL

Suscrito por el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores «Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP) para la gestión del proyecto de apoyo a la prevención de conflictos violentos y la consolidación de la paz y el envío de expertos españoles a misiones de paz» y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado, del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente Resolución.

Lo que se hace público a efectos oportunos.

Madrid, 14 de marzo de 2008.-El Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Bernardino León Gross.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación-MAEC y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas-FIIAPP para la gestión del proyecto de «Apoyo a la prevención de conflictos violentos y la consolidación de la paz y el envío de expertos españoles a misiones de paz»

REUNIDOS

De una parte, la Administración General de Estado, a través de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con domicilio en la calle Serrano Galvache, 26 (Edificio Torres Ágora), 28071 Madrid, representado por la persona de su titular, el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, señor don Bernardino León Gross.

De otra parte, la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, en adelante la FIIAPP, con domicilio en la calle José Marañón 12, 28010 Madrid, C.I.F. núm. G-82053851, representada por la persona de su Director, señor don Antonio Fernández Poyato.

EXPONEN

I. Que la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores asiste al Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en la formulación y ejecución de la política exterior en sus planteamientos y objetivos globales y, en especial, en los ámbitos de la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea y la Política Europea Común de Seguridad y Defensa; de la correspondiente al sistema de Naciones Unidas y a organismos internacionales técnicos, de los asuntos internacionales de terrorismo, los de seguridad internacional y desarme, los derechos humanos y las operaciones de mantenimiento de la paz.

II. Que la FIIAPP es una fundación del sector público estatal cuyo fin fundacional es el desarrollo de actividades relacionadas con la creación, promoción o consolidación de las instituciones públicas en el ámbito de la Gobernabilidad Democrática, Reforma del Estado y Modernización de las Administraciones Públicas y cualesquiera otras que le fueren encomendadas en el campo de la cooperación internacional. III. Que la presente Encomienda de gestión tiene como finalidad contribuir a actuaciones a favor de la paz y la participación de España en Misiones de Paz. IV. Que siendo la cooperación internacional un aspecto fundamental de la acción exterior de España, las Partes están interesadas en cooperar y aunar esfuerzos y recursos a fin de optimizar, dentro del ámbito competencial de cada una, los resultados de las actuaciones a favor de la paz y de la participación de España en Misiones de Paz. V. Que esta encomienda de gestión contribuye a la ejecución de actuaciones a favor de la paz y la participación de españoles en Misiones de Paz.

La finalidad de esta encomienda será contribuir al impulso de la participación de España en Misiones de Paz, impulsar la formación en gestión civil de crisis y realizar, en su caso, actividades relacionadas con la prevención de conflictos violentos y la consolidación de la paz.

Que conforme a lo expuesto, las Partes, reconociéndose mutua capacidad y competencia,

ACUERDAN

Primero. Objeto y definición de la encomienda de gestión.-Por medio de la presente encomienda de gestión la Secretaría de Asuntos Exteriores encarga a la FIIAPP la gestión financiera y administrativa respecto a las actuaciones realizadas en el marco de la participación de España en Misiones de Paz.

De este modo, conforme a las peticiones realizadas por la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, mediante la Unidad de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, realizará las siguientes actuaciones:

El pago de las dietas y los honorarios de los expertos españoles según los parámetros establecidos por la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.

La compra de los billetes de viaje para los posibles desplazamientos de dichos expertos. Gestión y financiación del equipo básico necesario para la misión y de las vacunas obligatorias. La suscripción de los pertinentes seguros que cubran todos los riesgos y supuestos inherentes a este tipo de Misiones. Cualquier otra retribución a la que los expertos tengan derecho. Actividades dirigidas por España o en colaboración con otras instancias internacionales relacionadas con la prevención de conflictos violentos y la Consolidación de paz, tales como seminarios, reuniones y proyectos de investigación.

En todo caso, la FIIAPP se compromete a:

Realizar las actividades que fundamentan la concesión de las cantidades recogidas en el presente Convenio.

Disponer de la capacidad y estructura suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. Acreditar fehacientemente, a través de facturas y documentos análogos, la aplicación de las cantidades a percibir por la gestión administrativa y financiera del proyecto.

Segunda. Actuaciones de la Secretaría de Asuntos Exteriores.-La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores será la encargada, a través de la Unidad de OMP, en coordinación con las instancias correspondientes, de seleccionar a los expertos que deben participar en una determinada Misión, poniendo en conocimiento de la FIIAPP sus identidades facilitando carta de designación de los mismos, así como el lugar donde desempeñarán sus labores.

En virtud de esta encomienda, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores podrá solicitar con un plazo suficiente a la FIIAPP la gestión del traslado, pago de dietas y honorarios para la participación de un experto en una determinada Misión de Paz. Los expertos seleccionados no tendrán en ningún caso la consideración de personal laboral de la FIIAPP. La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores podrá decidir también la relación de actividades a desarrollar relacionadas con la Prevención de Conflictos y Consolidación de la Paz, como seminarios, reuniones, proyectos de investigación fundamentalmente sobre Prevención y Consolidación de la Paz dirigidos por España o en colaboración con otras instancias internacionales. Tercero. Comisión de Seguimiento.-Se creará una Comisión de Seguimiento de composición paritaria como órgano mixto de vigilancia y control de la Encomienda, compuesta por el Embajador en Misión Especial para Operaciones de Mantenimiento de la Paz, o por otros funcionarios adscritos a la Dirección General de Política Exterior, en representación de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores; y por el Director de la FIIAPP, o persona en quien éste delegue, en representación de dicha Fundación. Se constituirá como órgano de seguimiento de la ejecución de la Encomienda y será encargado de resolver en primera instancia las eventuales controversias que pudieran surgir respecto a su interpretación y ejecución. Cuarto. Términos económicos.-La FIIAPP asumirá la gestión financiera y administrativa del objeto de esta Encomienda, cuya dotación presupuestaria es de ciento doce mil euros (112.000 €). La FIIAPP, de conformidad con las peticiones realizadas desde la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores a través del Embajador en Misión Especial para Operaciones de Mantenimiento de la Paz, adelantará los pagos correspondientes y recibirá los fondos de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores tras la pertinente justificación y presentación de facturas. La FIIAPP se compromete a la justificación ante la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores de todos los gastos en que incurra como consecuencia de la ejecución de las diversas misiones y actuaciones. La justificación por parte de la FIIAPP se efectuará con carácter trimestral y el pago por parte de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores se efectuará en todo caso contra factura. Dichas facturas incluirán todos los gastos derivados de la ejecución del proyecto y un 6% de la cantidad total en concepto de gastos de gestión. Teniendo en cuenta que no se puede precisar el número de misiones que se irán aprobando por los Organismos Internacionales ni las condiciones de las mismas -duración, tipo de puesto, lugar donde desempeñar la función- el presupuesto sólo puede ser aproximado, considerando una serie de gastos que vienen prestándose con regularidad. Así, por ejemplo:

a) Gasto medio de un experto enviado a una Misión de Paz sobre la base de seis meses de duración: Honorarios: 3.500 € por seis meses (importe total 21.000 €).

Gastos de avión: En Europa, 1.000 €; resto del mundo, 2.000 €. Seguros y otros gastos de instalación: 1.000 €.

b) Honorarios de un experto con especial responsabilidad por seis meses:

4.500 € por 6 meses (importe total: 27.000 €). A esta suma habría que añadir otros gastos adicionales de viaje y seguros.

c) Colaboración sobre temas relacionados con la Consolidación de la Paz, especialmente relativos a la Administración de Justicia y Administración Civil: 24.000 euros, además de gastos necesarios de desplazamiento y estancias.

d) Colaboración para la puesta al día del sistema español en Prevención de Conflictos violentos (alerta temprana y acción temprana -lecciones aprendidas en mediación, buenos oficios y proyectos de cooperación): 30.000 €, además de gastos necesarios de desplazamientos y estancias.

Quinto. Entrada en vigor y duración.

1. Esta encomienda de gestión tendrá vigencia durante todo el año 2008.

2. Si las partes lo acuerdan expresamente en los tres últimos meses de vigencia de este texto, la encomienda podrá ser prorrogada por años sucesivos.

En prueba de conformidad, firman por duplicado ambas Partes en el lugar y fecha indicado en el encabezado.

Madrid, 14 de marzo de 2008.-Por la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Bernardino León Gross.-Por la FIIAPP, Director de la FIIAPP, Antonio Fernández Poyato.

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