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Documento BOE-A-2008-7943

Resolución de 16 de abril de 2008, de la Universidad de Oviedo, por la que se nombran Catedráticos de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2008, páginas 22571 a 22571 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-7943

TEXTO ORIGINAL

Vistas las propuestas elevadas por las Comisiones calificadoras de los Concursos de acceso convocados por Resolución de esta Universidad de fecha 8 de febrero de 2008 (B.O.E. de 22 de febrero), de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, parcialmente modificado por los Reales Decretos 338/2005, de 1 de abril y 188/2007, de 9 de febrero, y habiendo cumplido los interesados los requisitos a los que alude el artículo 5. Este Rectorado ha resuelto nombrar a los siguientes Profesores:

Don José Antonio Vega Álvarez, con D.N.I. 9.713.621-P, Catedrático de Universidad en el Área de Conocimiento de «Anatomía y Embriología Humana», adscrita al Departamento de Morfología y Biología Celular.

Doña María Elena Marañón Maison, con D.N.I. 10.801.132-X, Catedrática de Universidad en el Área de Conocimiento de «Tecnologías del Medio Ambiente», adscrita al Departamento de Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente.

El presente nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión de los interesados, que deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el B.O.E., de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Oviedo, 16 de abril de 2008.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.

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