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Documento BOE-A-2008-8180

Orden EYE/292/2008, de 11 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, de declaración de «mineral natural» del agua procedente de manantial con la denominación «Rezmondo» (Rezmondo, Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 2008, páginas 22915 a 22916 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-8180

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de manantial denominado «Rezmondo», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Rezmondo, en la provincia de Burgos y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 5 de enero de 2005, doña M.ª Jesús y doña M.ª Carmen Merino Manzanal presentan en la Delegación Territorial de Burgos una solicitud para que se proceda a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de manantial situado en una finca urbana de la calle La Fuente, s/n., de su propiedad, perteneciente al término municipal de Rezmondo. Junto con la solicitud presenta el plano con la identificación y localización del sondeo con sus coordenadas UTM (X: 428.271 Y: 4.757.240), DNI y escritura de propiedad. 2. Con fecha 2 de febrero de 2005, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos solicita a las promotoras documentación complementaria a la solicitud de declaración. Con fecha 27 de julio de 2006, las solicitantes presentan un informe hidrogeológico y un cuadro comprensivo de datos relativos a caudal, temperatura, composición química y características microbiológicas del agua referidos a doce meses consecutivos. 3. Con fecha 8 de agosto de 2006 se realiza la toma de muestras de las aguas en presencia del representante de la Sección de Minas y de los dueños-promotores del expediente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 39. 4. Las publicaciones reglamentarias se llevan a efecto, con fecha 31 de agosto de 2006, en el «Boletín Oficial de Castilla y León», con fecha 30 de agosto de 2006 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» y el 14 de agosto de 2006 se pone en conocimiento del Ayuntamiento de Rezmondo. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones. 5. Con fecha 11 de agosto de 2006, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos envía la muestra para su análisis e informe por el Instituto Geológico y Minero de España, de acuerdo con el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. 6. El Instituto Geológico y Minero de España emite con fecha 21 de noviembre de 2006, informe favorable a las características físico-químicas de la muestra de agua procedente del referido manantial para mineral natural, a la vista de los resultados del análisis realizado por su laboratorio. 7. Con fecha de salida de registro de 2 de febrero de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos notifica a la Confederación Hidrográfica del Duero la solicitud de declaración de agua mineral natural. 8. Con fecha 13 de marzo de 2007, la Sección de Minas con el visto bueno del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos informa favorablemente la solicitud de declaración de agua «mineral natural». 9. Con fecha 15 de marzo de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos remite el expediente al Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Minas para continuar con la tramitación. 10.-La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad, con fecha 23 de mayo de 2007, emite informe vinculante, favorable a la declaración de agua «mineral natural» del agua de referencia. 11.-Con fecha 11 de octubre de 2007, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración de «mineral natural», siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

Fundamentos de Derecho

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para resolver, de acuerdo con el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, y el Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo. 2. En la presente resolución se han cumplido los preceptos del Real Decreto 1704/2002, de 18 de octubre de 2002, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas, modificado por el Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre. 3. En el expediente se han cumplido los requisitos de procedimiento recogidos en la vigente Ley de Minas y en su Reglamento.

Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Minas, resuelvo:

Declarar como «mineral natural» el agua procedente de manantial denominado «Rezmondo», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Rezmondo, en la provincia de Burgos, promovido por doña María Jesús y doña María Carmen Merino Manzanal.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, a 11 de enero de 2008.-El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.

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