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Documento BOE-A-2008-8273

Resolución de 25 de marzo de 2008, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se inhabilita el laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado de Compumatic Research, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2008, páginas 23060 a 23060 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-8273

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación aportada por la entidad Compumatic Research, SL, con número de Registro de control metrológico 02-I-124, mediante la que solicita causar baja como laboratorio de verificación metrológica. Visto que según resolución de 24 de marzo de 2003, fue autorizado un laboratorio auxiliar de verificación metrológica a Compumatic Research, SL (BOE n.º 162, de fecha 8 de julio de 2003). Visto que han devuelto los nombramiento de jefe y subjefe del laboratorio entregados en fecha 13 de abril de 2005 y 24 de marzo de 2003, respectivamente. Esta Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo de Metrologia; Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establecía el control metrológico que realiza la Administración del Estado; el Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre por el que se establecía el procedimiento para la habilitación de laboratorios de verificación metrológica oficialmente autorizados; el Real Decreto 889/206, de 21 de julio por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes a Cataluña en materia de control metrológico, ha resuelto:

Primero.-Dejar sin efecto la habilitación del laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado de la empresa Compumatic Research, S.L.

Segundo.-Dejar sin efecto los nombramientos de Jefe y Subjefe correspondientes a Miguel Angel Quetglas Ariño y Fernando Nicolás Ordoño López, respectivamente. Tercero.-Publicar esta resolución al Boletín Oficial del Estado.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 25 de marzo de 2008.-El Secretario de Industria y Empresa, P.D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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