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Documento BOE-A-2008-8629

Orden INT/1362/2008, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden INT/240/2008, de 29 de enero, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral, mediante contratación laboral fija, en el marco de la consolidación de empleo temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 16 de mayo de 2008, páginas 23615 a 23615 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-8629

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/240/2008, de 29 de enero (B.O.E. núm. 33 de 7 de febrero) se convocaron pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral, fuera de convenio, mediante contratación laboral fija, en el marco de la consolidación de empleo temporal, entre las que figuraba con el n.º de orden 8 la correspondiente a la Categoría de Responsable de los Servicios Médicos en Valencia. Por otra parte, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2002 (Boletín Oficial del Estado núm 276 de 18 de noviembre), fue aprobado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la modernización y mejora de la Administración Pública, cuyo capitulo XIII se refiere expresamente al «personal indefinido e indefinido no fijo». Como consecuencia de dicho Acuerdo se han venido produciendo numerosos pronunciamientos judiciales declarando el carácter indefinido de la relación laboral de los trabajadores que cumplen los requisitos de efectos temporales exigidos en el citado Acuerdo para la adquisición de la condición de personal fijo, entre ellos el trabajador que ocupa actualmente la citada plaza de forma interina. El puesto de trabajo con el n.º de orden 8 y ocupado por personal interino, con anterioridad a la sentencia judicial tenía la condición de interinidad necesaria para ser incluido en el proceso de consolidación de empleo convocado por la Orden INT/240/2008, si bien, precisamente en virtud de esa sentencia, y en aplicación del citado Acuerdo, debe ser, en el momento actual, excluido de este proceso, toda vez que se encuentra ocupado por el trabajador que tiene la condición personal laboral fijo. A la vista de lo anterior, en cumplimiento del artículo 12 del Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, que al regular la reducción de la temporalidad en el empleo público establece que estos procesos no supondrán, en ningún caso, aumento de plantilla, considerando que la Oferta de Empleo aprobada por el Gobierno es un instrumento de planificación para la óptima utilización y racionalización de los recursos humanos, siempre dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con la política de personal, señalados anualmente por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado (Ley 51/2007 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008), de acuerdo con las prioridades de la política económica y las necesidades de planificación de los recursos humanos, se considera procedente la supresión de la convocatoria del puesto ocupado por el trabajador que ya tiene la condición de personal laboral fijo según lo expuesto en los párrafos anteriores. De conformidad con todo lo anterior y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento en la Administración General del Estado, este Ministerio ha resuelto:

Modificar la Orden INT/240/2008, de 29 de enero (B.O.E. núm. 33, de 7 de febrero) en el sentido de suprimir la plaza con el n.º de orden 8 correspondiente a la Categoría de Responsable de los Servicios Médicos en Valencia.

Madrid, 7 de mayo de 2008.-El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Subdirector General de Personal e Inspección, Gabriel Veiga Nicole.

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