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Documento BOE-A-2008-8661

Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se delimita el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Huerta (Soria), declarado bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 16 de mayo de 2008, páginas 23651 a 23652 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-8661

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 13 de marzo de 2008, acuerda delimitar el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Huerta (Soria), declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 4 de abril de 2008.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 19/2008, de 13 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Huerta (Soria), declarado Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento

Obra de referencia fundamental del arte cisterciense español, el Monasterio de Santa María de Huerta fue declarado Monumento por Real Orden de 25 de agosto de 1882, teniendo la consideración de Bien de Interés Cultural, a tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 30 de marzo de 2007, acordó incoar procedimiento para la delimitación del entorno de protección del Monasterio de Santa María de Huerta. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de Valladolid y SEK de Segovia informaron favorablemente la pretendida delimitación. Cumplidos los tramites preceptivos de información pública y trámite de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan alegaciones, que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejería de Cultura y Turismo ha propuesto delimitar el entorno de protección de dicho monumento, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 2008, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Se delimita el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Huerta, declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.-Delimitación del entorno de protección:

La zona afectada por la Declaración comprende el interior de los espacios públicos relacionados, incluidos éstos, así como las parcelas exteriores que dan frente en los tramos subrayados. Inicio: Cruce calle Torrehermosa hasta calle Bernardo.

Tramos:

Tramo 1: Calle Torrehermosa hasta calle Bernardo.

Tramo 2: Calle Bernardo desde la parcela 14 de la manzana 89821, hasta la parcela 01 manzana 89839 de la calle Palacios. Tramo 3: Paseo de la Estacada, hasta calle Santa Magdalena Sofía. Tramo 4: Calle Santa Magdalena Sofía, hasta calle Arriba. Tramo 5: Calle Arriba hasta calle Tejar. Tramo 6: Calle Tejar hasta su confluencia con la calle Torrehermosa.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 13 de marzo de 2008.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, María José Salgueiro Cortiñas.

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