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Documento BOE-A-2008-8774

Orden INT/1376/2008, de 9 de mayo, por la que se adjudican los puestos solicitados a resultas del concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral, convocado por Orden INT/3027/2007, de 8 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2008, páginas 23790 a 23790 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-8774

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/3027/2007, de 8 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 18 de octubre de 2007), modificada por Orden INT/3160/2007, de 29 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 1 de noviembre), se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal laboral fijo en el ámbito del Ministerio del Interior, dotados presupuestariamente y cuya cobertura se considera necesaria, estableciéndose en el punto 9 de la Base Cuarta, que los puestos que queden vacantes en este concurso serían adjudicados a quienes lo hayan solicitado por resultas. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el apartado Tercero de la Orden INT/825/2008, de 25 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 28), que dispone que «lo puestos que queden vacantes en este concurso serán adjudicados a quienes lo hayan solicitado por resultas, de acuerdo con lo previsto en el punto 9 de la Base Cuarta. Los puestos adjudicados a resultas serán publicados en un plazo máximo de dos meses « y cumplidas las previsiones contenidas en el artículo 29 del II Convenio Único para el personal laboral del Estado y las bases de la convocatoria, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las alegaciones presentadas, de la valoración de los méritos alegados y de la propuesta formulada por el Órgano Gestor del concurso de traslados, este Ministerio Acuerda:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los puestos de trabajo por resultas. La relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento www.mir.es, así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es.

Segundo.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. En tal caso, deberán optar por uno de estos destinos, debiendo comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento. Tercero.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta dicho cambio o el reingreso al servicio activo. El cambio de residencia habrá de ser documentalmente acreditado.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso de reingreso al servicio activo, el plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

El cómputo de los plazos de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o al día siguiente al que se produzca el alta médica en caso, de que el trabajador se encuentre de baja por incapacidad temporal.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 46, número 1, de dicha ley, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 9 de mayo de 2008.-El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Subdirector General de Personal e Inspección, Gabriel Veiga Nicole.

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