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Documento BOE-A-2008-9376

Resolución de 13 de mayo de 2008, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan ayudas para realizar estudios de Máster dentro del programa de posgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 30 de mayo de 2008, páginas 25323 a 25324 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-9376

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas ha resuelto convocar 70 ayudas para favorecer la movilidad de los postgraduados que se matriculen en los estudios oficiales de Máster del programa de posgrado del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo dentro de las actividades contempladas en el Convenio Marco suscrito entre ambas instituciones.

Primero. Objeto de la convocatoria.-La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 70 becas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, para la realización de estudios de Máster del programa oficial de postgrado del CSIC y la UIMP. Los títulos oficiales de Máster a los que se asignan las citadas becas se relacionan en el Anexo I.

Se concederán dos tipos de becas: 5 becas para cubrir gastos de matrícula y 5 becas para cubrir gastos de matrícula y ayuda para la manutención durante la realización del Máster. Segunda. Dotación económica y financiación.

2.1 Las becas para cubrir gastos de matrícula del Máster, estarán dotadas por 1300 euros cada una. Las becas destinadas a gastos de matrícula y ayuda para la manutención tendrán una dotación total de 6300 euros, de los cuales 1300 euros se destinarán a cubrir la matrícula del Máster.

2.2 La cuantía de las becas destinadas a gastos de matrícula del Máster será abonada al beneficiario en el mes de octubre de 2008. Los gastos de manutención serán abonados al beneficiario en dos plazos, 50 % en octubre de 2008 y el 50 % restante en el mes de febrero de 2009. Las becas no tendrán en ningún caso consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación.

Tercera. Requisitos de los solicitantes.-En la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, los candidatos a ayudas para gastos de matrícula deberán:

a) Haber formalizado su preinscripción en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en uno de los Másters del Programa Oficial de Posgrado CSIC-UIMP, que aparecen listados en el Anexo 1.

Los solicitantes de las ayudas que incluyen gastos de manutención, además del requisito anterior, deberán:

b) Acreditar que la realización del Máster implica movilidad y cambio efectivo de residencia desde el lugar de su residencia habitual. Para ello, una vez finalizado el proceso de selección, los candidatos que resultaran seleccionados serán notificados para que aporten documento justificativo de este requisito, mediante prueba o certificado de residencia o empadronamiento.

Además, los extranjeros no comunitarios deberán estar en posesión o en disposición de obtener, antes del inicio del Máster, el permiso de residencia o visado de estudios.

Cuarta. Plazo y presentación de solicitudes.-El plazo de presentación de solicitudes será desde el 19 de mayo de 2008 hasta el 10 de julio de 2008.

La solicitud se hará únicamente por vía telemática utilizando los medios disponibles en los servidores de información del CSIC (www.csic.es/postgrado). En la solicitud telemática se hará constar el nombre y dirección profesional (postal y electrónica) de un Profesor Universitario, Investigador del CSIC o de Organismos Públicos de Investigación o responsable de empresas que pueda aportar referencias del solicitante. Asimismo y únicamente por vía telemática deberán aportarse los siguientes documentos según modelo que podrá descargarse en la dirección de Internet antes indicada:

a) Currículum vitae del solicitante.

b) Impreso de declaración de la nota media, de los estudios universitarios cursados, únicamente en el caso de estudios cursados en el extranjero.

Los solicitantes deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de los medios telemáticos y presentarlas, firmadas, junto fotocopia del DNI, NIE o pasaporte en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (c/ Serrano, 117, 28006 Madrid). También se podrá remitir por correo certificado o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Condiciones de disfrute.-Los beneficiarios de estas becas estarán obligados a seguir con aprovechamiento el programa del Máster en su totalidad, cursando los Módulos y asignaturas de que consta y realizando todas las pruebas y evaluaciones que comprende. Sexta. Evaluación y selección de candidatos.

6.1 La selección de los candidatos será realizada por una Comisión formada por los miembros del CSIC que ostenten la titularidad de la Vicepresidencia de Investigación Científica y Técnica, el Departamento de Postgrado y Especialización y los Coordinadores de los Másters listados en el Anexo 1.

6.2 Para la selección se valorarán los apartados que se enumeran continuación:

a) Los méritos académicos, científicos y profesionales del solicitante (hasta 7 puntos).

b) Si la realización del Máster implica movilidad y cambio efectivo de residencia del solicitante desde el lugar de su residencia habitual (hasta 3 puntos).

6.3 Finalizado el proceso selectivo, la Comisión hará una propuesta motivada conteniendo la relación de candidatos a los que se deba conceder las ayudas, así como una relación de suplentes.

6.4 La relación provisional de candidatos seleccionados y la de suplentes se publicará en la dirección de Internet http://www.csic.es/postgrado/ concediéndose a los interesados el plazo de cinco días naturales para que formulen alegaciones y aporten cuantos documentos estimen pertinentes. Las posibles reclamaciones deberán dirigirse por correo electrónico a la dirección postgrado@csic.es o por fax al número 915630947, haciendo constar los datos identificativos del interesado (nombre y número de su documento de identidad). 6.5 Transcurrido el plazo de alegaciones se hará pública la concesión de las ayudas mediante resolución administrativa del Presidente del CSIC. La concesión será notificada a los beneficiarios. 6.6 La resolución especificará los candidatos a los que se les concede beca y los que, en lista ordenada de acuerdo con los resultados de la selección, se considerarán suplentes. 6.7 La resolución que acuerde o deniegue la concesión de la beca indicará también que pone fin a la vía administrativa y especificará los recursos que contra aquella proceden y el órgano ante el que habrán de interponerse.

Séptima. Obligaciones de los becarios e incumplimiento.

7.1 Aceptar las condiciones fijadas en la presente convocatoria.

7.2 Facilitar cuanta información sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas. 7.3 La ayuda podrá ser revocada en caso de inasistencia reiterada a las clases y actividades del programa del Máster o en caso de bajo rendimiento del alumno en las evaluaciones de los Módulos que lo componen. La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la beca, podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General Subvenciones, así como a cuantas responsabilidades de todo orden pudieran derivarse. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en concepto de beca y la exigencia del interés de demora desde el momento del abono, en la cuantía fijada por el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 37 de dicho texto legal.

Octava. Régimen jurídico.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Real Decreto 56/2005 por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado. El Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, así como cuantas otras normas vigentes resulten de aplicación.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del CSIC, que podrá interponerse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, 13 de mayo de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.

ANEXO I Distribución de becas del CSIC para cursar estudios de Máster del Programa Oficial de Postgrado CSIC-UIMP

Máster en energías renovables, pilas de combustible e hidrógeno

5 becas de matrícula (1300 euros) 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros)

Máster de alta especialización en plásticos y caucho

5 becas de matrícula (1300 euros) 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros)

Máster en cambio global

5 becas de matrícula (1300 euros) 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros)

Máster en biodiversidad en áreas tropicales y gestión de su conservación

5 becas de matrícula (1300 euros). 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros).

Máster en estudios fónicos (fonética y fonología)

5 becas de matrícula (1300 euros). 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros).

Máster en cristalografía y cristalización.

5 becas de matrícula (1300 euros). 5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros).

Máster en igualdad de género en ciencias humanas, sociales y jurídicas

5 becas de matrícula (1300 euros).

5 becas de matrícula y ayuda a la manutención (6300 euros).

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