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Documento BOE-A-2008-9731

Orden ARM/1573/2008, de 27 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2008, páginas 25994 a 25997 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-9731

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 26 de enero, Boletín Oficial del Estado del 30, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284, del 27).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 30 plazas de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, código 5000, por el sistema general de acceso libre.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o los actualmente vigentes de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.

5. Permiso de conducir

Los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión, el permiso de conducción de la clase B.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General de Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.-El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo. 6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.5 Los aspirantes que se acojan a la reducción del 50 % en el pago de la tasa de derechos de examen por familia numerosa, deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación justificativa de esta circunstancia. 6.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91.597.56.74, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero).

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web http://www.mma.es/portal/secciones/empleo_publico/index.jsp.

9. Listas de candidatos

A la presente convocatoria le será de aplicación el párrafo 5 del artículo 11 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero (Boletín Oficial del Estado núm. 26, del 30), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, sobre el aprovechamiento de las actuaciones ya realizadas en los procesos selectivos para el nombramiento de funcionarios interinos; a cuyo efecto, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino establecerá el procedimiento de elaboración y gestión de listas de candidatos.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril; del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrir potestativamente en reposición ante la Titular del Departamento en el plazo de un mes, o interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta; conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 27 de mayo de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P.D. (Orden ARM/1158/2008, de 28 de abril), el Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-El cuestionario estará compuesto por un máximo de 50 preguntas de las que el 50%, como mínimo, corresponderán al Grupo de Temas Específicos y el resto al Grupo de Temas Comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal calificador.

El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de 2 horas. Se calificará este primer ejercicio con un máximo de 50 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 25 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio.-Constará de dos fases, encaminadas a comprobar la aptitud física de los aspirantes:

A) Primera fase: Presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la opositor/a reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de la prueba física que figura especificada en la segunda fase de este ejercicio, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: «El interesado reúne las condiciones precisas para realizar la prueba física indicada en la segunda fase del segundo ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente».

La no presentación de este certificado médico implicará la exclusión de participar en la siguiente fase de este segundo ejercicio. B) Segunda fase: Prueba física de resistencia eliminatoria que consistirá en cubrir una distancia de 4 kilómetros, en pista y por calle libre, partiendo de la posición de parado, en un tiempo de 30 minutos para los hombres y de 35 minutos para las mujeres. Tras la prueba física se podrá realizar, a criterio del Tribunal, control de consumo de estimulantes o cualquier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los aspirantes, siendo eliminados de la oposición los que resulten positivos. Las aspirantes que no pudieran realizar esta prueba física por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionada la aprobación de la fase de oposición a la superación de esta prueba física y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en el mismo momento de una siguiente convocatoria. La calificación de esta prueba física será «apto» o «no apto». Tercer ejercicio.-Constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. Las dos partes se realizarán en una misma sesión:

A) Primera parte: Consistirá en la contestación de 10 preguntas, con respuestas abiertas, sobre el Grupo de Temas Específicos del programa. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas serán valoradas negativamente por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 90 minutos. Se calificará esta parte con un máximo de 25 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 12,50 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. A quien no supere esta primera parte, no le podrá ser calificada la segunda parte. B) Segunda parte: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico elegido por el aspirante entre dos propuestos por el tribunal. Cada supuesto estará desglosado en un máximo de 10 preguntas y estará relacionado con el temario específico del programa. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de 90 minutos. Se calificará esta parte con un máximo de 25 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 12,50 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y cuya duración máxima será de tres meses.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento. Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría. La Comisión de Valoración dispondrá de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso selectivo, para facilitar las notas del citado curso a la Subsecretaría del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije la Comisión de Valoración. En el curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Los aspirantes que ya fueran funcionarios antes de participar en estas pruebas selectivas continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para los aspirantes por acceso libre y por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición, concurso y curso selectivo, para los aspirantes que accedan por promoción interna. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, para los aspirantes por el sistema de acceso libre, y mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, para los aspirantes por promoción interna.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Grupo de temas específicos

1. Reconocimiento físico del ámbito: Sistema de representación utilizado en Topografía. Los límites de la percepción visual y las escalas. Distancia natural, geométrica y horizontal (o reducida). Planimetría, altimetría y taquimetría. Curvas de nivel. Las formas del terreno y su representación mediante curvas de nivel. Superficies topográficas. 2. Levantamientos topográficos: Parámetros representables y observables. Influencia de la esfericidad terrestre. Escalas. Tolerancias. Red básica de referencia. Densificación y conservación de la red. Compensación de la red básica. El levantamiento topográfico. Cubicaciones. 3. El dominio publico en general. Conceptos de Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) y Dominio Público Hidráulico (DPH). Características físicas. Bienes que los integran. 4. El régimen económico y financiero del DPMT y del DPH: Su regulación en la Ley de Costas y en la Ley de Aguas. Cánones por ocupación del DPMT. Requisitos para la exención y disminución del canon. Las fianzas en la dotación de títulos de superficie del DPMT. Canon de ocupación de DPH. Canon de control de vertidos. Canon de regulación. Tarifas. 5. Delimitación del DPMT. Deslinde: concepto y procedimiento. El proyecto de deslinde. Efectos del deslinde. Disposición transitoria primera de la Ley de Costas. 6. Servidumbres y otras limitaciones a la propiedad privada impuestas por la Ley de Costas. Definición y clases. Competencia para otorgar autorizaciones en las zonas de servidumbre. 7. Servidumbre de protección. Definición. Alcance geográfico. Usos permitidos y prohibidos (y sus excepciones). Extensión de la zona de servidumbre de protección. Disposiciones transitorias tercera y cuarta de la Ley de Costas. 8. Servidumbre de tránsito. Definición, extensión y ampliación excepcional de su extensión. Finalidad de esta servidumbre. Servidumbre de acceso al mar. Definición. Requisitos que debe cumplir. Disposición transitoria undécima del Reglamento de Costas. 9. Usos generales del DPMT. Usos permitidos y prohibidos. Usos especiales. Títulos para la ocupación del DPMT. Distribución de competencias en materia de otorgamiento de títulos. Reservas y adscripciones. 10. Las autorizaciones en el DPMT. Supuestos que las requieren. Procedimiento de otorgamiento de autorizaciones. Servicios de temporada. 11. Las concesiones en el DPMT. Supuestos que las requieren. Procedimiento de otorgamiento de concesiones. ARTÍCULO 150 del Reglamento de Costas. Extinción y caducidad. 12. Distribución competencial entre las distintas Administraciones Públicas según la Ley de Costas. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos. Principios que rigen la colaboración administrativa, según la legislación vigente. 13. Contaminación costera. Vertidos al mar. Emisarios submarinos. Vertidos de material procedentes del dragado. Competencias para el otorgamiento de autorización. Necesidades del titulo de ocupación del DPMT. Procedimiento. Artículo 150 Reglamento de Costas. 14. Tutela y policía del DPMT. La potestad sancionadora de la Administración según la Ley de Costas. El delito ecológico. 15. El procedimiento sancionador en materia de costas según la legislación vigente. Contenido mínimo de una denuncia. 16. Personas responsables de las infracciones. Infracciones administrativas: Clases. Prescripción de infracciones. Caducidad de expedientes. 17. Las sanciones administrativas en materia de costas. Cuantías. Prescripción de las sanciones. Caducidad de los expedientes. Obligación de restituir. Indemnización. Circunstancias atenuantes. Ejecución forzosa. 18. Legislación de aguas. Estructura, objetivos y principios del Texto Refundido de la Ley de Aguas. Los reglamentos de aplicación de la Ley de Aguas. Directiva Marco del Agua. Plan Hidrológico Nacional y planes hidrológicos de cuenca. 19. El dominio público en general. El DPH. Bienes que lo integran. Zonas de servidumbre y policía. Mutaciones demaniales. Desafectación. Delimitación del DPH. Apeo y deslinde. Procedimiento y efectos. 20. Servidumbres en general. Naturales y legales. Servidumbres en DPH. Concepto. Clases. Servidumbre de acueducto. Constitución y extinción. 21. Usos de los bienes del DPH. Usos comunes y especiales. Autorizaciones. Procedimiento. Tipos. 22. Usos privativos del DPH. La concesión. Concepto. Procedimiento de otorgamiento. Especialidades para abastecimiento, riegos, etc. Concesiones para aprovechamientos hidroeléctricos. Procedimiento general y abreviado. 23. Régimen económico-financiero de la utilización del DPH. Principios generales. Cánones: de utilización de los bienes del DPH, de control de vertidos, de regulación y tarifa de utilización del agua. 24. Aguas subterráneas. Conceptos básicos. Captaciones. Tipos. Investigación de aguas subterráneas. Sobreexplotación de acuíferos. 25. Las cuencas hidrográficas españolas. Comunidades autónomas de cada una de ellas. Excepciones y peculiaridades. Cuencas hidrográficas transferidas. 26. Organismos de cuenca. Definición. Funciones y atribuciones. Órganos de Gobierno, administración, gestión y planificación. Competencias. 27. Comunidades de usuarios. Carácter. Constitución voluntaria y forzosa. Procedimiento. Estatutos y ordenanzas. Comunidades generales y juntas centrales de usuarios. Facultades y obligaciones. Extinción de las comunidades de usuarios. 28. Cesiones de derechos. Intracuencas e intercuencas. Procedimiento y competencias. El registro de aguas y el catálogo de aguas privadas. Estructura, inscripciones. Efectos jurídicos. 29. Gestión de la calidad de las aguas. Vertidos. Definiciones. Tipos. Parámetros. Limites de emisión. La Autorización de vertido y el modelo de Declaración. Sistemas de depuración. Reutilización. Control de vertidos. Empresas colaboradoras. 30. Potestad sancionadora de la Administración en el ámbito hidráulico. Fundamentos constitucionales y contenido. Normas reguladoras y principios que la informan. Infracciones: Tipificación y calificación. Valoración de daños. Sanciones. Reclamación de daños. Prescripción de infracciones, sanciones y daños. 31. Procedimiento sancionador. Principios. Fase de instrucción: Trámites (en especial la denuncia). Fase de resolución. Competencia. Caducidad del procedimiento. Ejecución de resoluciones. Medios de ejecución. Recursos contra resoluciones. Concepto y clases. 32. Conocimientos hidráulicos: cálculo de secciones de cauces y caudales. Aforos. Avenidas. Presas: Tipos. Reglamento de seguridad de presas. Balsas: Tipos. Pendientes taludes. Cálculo de volúmenes de obra y de agua almacenada. 33. Uso del agua de abastecimiento a población. Sistemas de captación y almacenamiento. Dotaciones. Pérdidas en la red de distribución. Tipos de captaciones. Perímetros de Protección. La problemática derivada de la ordenación territorial. 34. Aprovechamientos de aguas para regadío. Sistemas de captación, almacenamiento y distribución. Dotaciones, garantía y calidad del agua. Reutilización. La contaminación difusa (fertilizantes, fitosanitarios). Problemática de la salinidad. 35. Sistemas de control cuantitativo y cualitativo. Sistema SAIH. Sistema SAICA. Red de control piezométrico. Sistemas de transmisión y comunicación de datos.

Grupo de temas comunes

1. La Constitución Española de 1978. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. 2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo. 3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. 4. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: los Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. Órganos Territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades. 6. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. 7. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado. La Administración Pública de las Comunidades Autónomas: organización y funcionamiento. 8. El Municipio: organización y competencias. La provincia: organización y competencias. Otras Entidades Locales. 9. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento. 10. El Medio Ambiente en la Constitución Española. Distribución de competencias en materia de medio ambiente entre las diferentes Administraciones: Administración General de Estado, Autonómica y Municipal. 11. Geografía básica. Concepto de mapa y plano: Escalas y Tipos. El Relieve. La Hidrografía. Vegetación y cultivos. Geografía humana. Información marginal de los mapas. Cartografía española actual. 12. Principios legislativos de aguas y costas. Artículos 132 y 45 de la Constitución Principios inspiradores de las Leyes de Aguas y Costas. Directiva marco del agua. Exposición de motivos. 13. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación y procedimiento de urgencia. 14. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Estructura orgánica básica. La Dirección General del Agua y la Dirección General de Costas. Las Confederaciones Hidrográficas. Las Demarcaciones y Servicios Provinciales de Costas. 15. Evaluación e Impacto ambiental. Concepto. Normativa general. Zonas sensibles-Procedimiento. Valoración de impactos. Contenido de la declaración.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Ana María Oñoro Valenciano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don José Alejandro González Osset, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. Vocales:

Don José Manuel Sarceda López, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Doña Rosa Patricia Lorigados Tapiador, Cuerpo de Gestión de la AGE. Doña M. Victoria Herrera Alonso, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA del MMA. Doña M.ª Jesús de la Fuente Álvaro, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA del MMA. Don Pedro García-Duran Gárate, Cuerpo Superior de Administradores del Estado. Don Ramón Liquete Ramos, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Don Eloy Medrano Sánchez, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA del MMA.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ramón Gallego Gil, Escala Letrados a extinguir de AISS.

Secretaria: Doña Nuria Fernández Casitas, Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Doña Luzdivina Martín Suárez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Don Carlos Gil Villar, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado. Doña M. Amparo Piñón Couchoud, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA del MMA. Doña Mireia Garcia-Cuenca Fernández, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Don José Enrique Rodicio Santiago, E. Titulados Esc. Técn.de Grado Medio de OOAA del MMA. Don Álvaro Martínez LLaguno, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Doña Eva Vázquez Castelo, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente», Código 5000. En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se dejará en blanco. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino», Código 47851. En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4. El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 13,81 € y para las familias numerosas de categoría general 6,91 €. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0049/6645/56/2010000790(código Iban: ES47, código BIC:BSCHESMMXXX) del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

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