Advertidos errores en el texto de la citada Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 3 de fecha 3 de enero de 2009, se transcribe la siguiente rectificación:
En la página 245, Anexo VI, Complemento específico, Año 2009, líneas 19 y 20,
Donde dice:
Cuantía mensual |
Cada Paga Adicional |
Cuantía anual |
---|---|---|
302,46 |
302,46 |
4.234,44 |
302,39 |
302,39 |
4.234,44 |
Debe decir:
Cuantía mensual |
Cada Paga Adicional |
Cuantía anual |
---|---|---|
304,40 |
304,40 |
4.261,60 |
302,33 |
302,33 |
4.261,60 |
En la página 274, Anexo XV, Indemnización por residencia en territorio nacional, penúltima línea,
Donde dice:
«…, continuarán devengándola sin incremento alguno en el año 2008 o con el que proceda para alcanzar estas últimas.»
Debe decir:
«…, continuarán devengándola sin incremento alguno en el año 2009 o con el que proceda para alcanzar estas últimas.»
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