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Visto el expediente de indulto de don Rafael Sánchez González, condenado por la sección primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de 31 de mayo de 2007, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa, a la pena de tras años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de condena y multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 2009,
Vengo en conmutar a don Rafael Sánchez González, la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de mayo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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