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Visto el expediente de indulto de don Jorge Michan Paulete, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz, en sentencia de 28 de septiembre de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 22.451,88 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de mayo de 2009,
Vengo en conmutar a don Jorge Michan Paulete la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de mayo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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