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Documento BOE-A-2009-12667

Resolución de 1 de julio de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Subestación a 400 kV de Sax y de la línea de entrada y salida desde la línea Benejama-Rocamora.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 2009, páginas 65299 a 65304 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-12667

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Subestación a 400 kV de Sax y de la línea de entrada y salida desde la línea Benejama-Rocamora se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el apartado 9, letra n, del anexo II en conexión con el apartado 2, letra g, del anexo I del Decreto 32/2006, de 10 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se modifica el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo:

El objeto del proyecto es la construcción de una subestación de tracción en Sax para alimentar la futura línea de alta velocidad Madrid-Levante (ramal Valencia-Alicante).

El suministro para la subestación será a partir de una línea tensión nominal de 400 kV de la L/400 kV Benejama-Rocamora, por lo que será necesario establecer una conexión mediante una línea de entrada-salida en la misma.

La línea Sax-L/Benejama-Rocamora será una línea de doble circuito, corriente alterna trifásica y una tensión nominal de 400 kV. La longitud aproximada será de 1.400 m y contará con cinco apoyos.

La subestación tiene como elementos básicos: los accesos, el parque de 400 kV, el parque de 25 kV, el edificio de control y cerramiento. La superficie necesaria para su ubicación será de aproximadamente 4 ha.

Las actuaciones se localizan en los términos municipales de Sax y Villena, en la provincia de Alicante, Comunidad Valenciana.

El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España, S.A., y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

2. Tramitación y consultas:

La tramitación se inició con fecha 24 de abril de 2008, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental del proyecto procedente del órgano sustantivo.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció, con fecha 10 de julio de 2008, un periodo de consultas sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que emitieron contestación.

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Confederación Hidrográfica del Júcar.

X

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General del Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y de Deportes de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General de Industria e Innovación de la Consejería de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General para el Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General del Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Ayuntamiento de Salinas (Alicante).

Ayuntamiento de Villena (Alicante).

Ayuntamiento de Sax (Alicante).

X

Ayuntamiento de Elda (Alicante).

S.E.O.

GREENPEACE.

Ecologistas en Acción del País Valenciano.

Asociación Amigos de los Humedales del Sur de Alicante (AHSA).

De las contestaciones recibidas destacan las siguientes cuestiones:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino indica que aunque no existen espacios incluidos en la Red Natura 2000 coincidentes con el proyecto, podrían resultar afectados de forma indirecta los siguientes lugares de importancia comunitaria: ES5213039 Sierras de Salinas a 2 km de la zona de actuación, ES5212008 Maigmó i serres de la Foia de Castalla a 2,9 km. y el ES5212006 Laguna de Salinas a 5,8 km. Este último también incluido en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana.

También, señala la presencia en el ámbito de influencia del proyecto de cuatro hábitats de interés comunitario ubicados fuera de los límites de la red natura 2000: 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia), 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea de tipo prioritario, y 8210 pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica, 8230 roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii e indica las especies de flora y fauna potencialmente afectadas por la ejecución del proyecto y que destacan por su carácter prioritario o que requieren de una protección estricta (anexo IV) según la Directiva 92/43/CEE, y/o catalogadas como vulnerables o en peligro por el Catálogo Español o Regional de Especies Amenazadas destacando entre ellas el murciélago ratonero patudo (Myotis capaccinii) y el murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi) ambas catalogadas en peligro de extinción.

Por los motivos expuestos la citada Dirección General propone una serie de medidas preventivas y correctoras a incluir en el proyecto:

Realizar un calendario de obra teniendo en cuenta los periodos críticos para la fauna.

Jalonar las áreas donde se identifiquen hábitats de interés comunitario, especialmente los de carácter prioritario.

Instalar medidas anticolisión sobre los cables de tierra y a una distancia no superior a 20 m alternados entre los dos cables.

En caso de aparición de nidos en los apoyos, identificar las especies que los ocupan antes de realizar trabajos de mantenimiento y si pertenecieran a especies protegidas se debería retrasar el inicio de dichos trabajos hasta que los pollos abandonen el nido.

La Confederación Hidrográfica del Júcar informa que en el área de estudio están los cauces del río Vinalopó, barranco de Salinas, barranco de Irles y rambla de Melva, entre otros. Por tanto, además de respetar la altura mínima de cruce de líneas eléctricas que marca el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, el proyecto ha de tener en cuenta que deberán reponerse las servidumbres de paso del agua sin modificar las servidumbres naturales existentes, se deberá garantizar el drenaje superficial de las aguas hacia los cauces y reducir en lo posible la plataforma de trabajo de la maquinaria y de los accesos. Asimismo, se deberán considerar los posibles impactos sobre la hidrogeología.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana considera que el documento ambiental ha tenido en cuenta los principales impactos de la instalación, incluyendo medidas preventivas y correctoras para minimizarlos. Con el fin de minimizar el riesgo de contaminación de las aguas, sugiere que el proyecto incorpore al tratamiento de depuración propuesto un sistema de oxidación para tratar también las aguas residuales provenientes del edificio de control.

Además, señala que la losa de hormigón para almacenar bidones de aceite debería dotarse de cubetos para evitar vertidos accidentales, así como de un techo que evite el arrastre por lluvia.

Según la Dirección General del Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana el proyecto deberá incluir un Estudio de Integración Paisajística de acuerdo con lo establecido por el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana.

La Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana informa que el proyecto no presenta riesgo de inundación ni afecta al Corredor de Infraestructuras.

Según la Dirección General para el Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana la subestación eléctrica de 400 kV precisa de Licencia Ambiental, siendo el organismo competente para su tramitación y otorgamiento el Ayuntamiento del municipio afectado.

La Dirección General del Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y de Deportes de la Generalitat Valenciana señala que deberá llevarse a cabo una prospección arqueológica que permita analizar las afecciones al patrimonio arqueológico, así como recabar información relativa a elementos arquitectónicos, etnológicos y paleontológicos al efecto de valorar el impacto sobre los mismos y las medidas a adoptar en su caso. El proyecto de prospección deberá someterse a la correspondiente autorización de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

El Ayuntamiento de Sax indica que el cordel de Santa Eulalia VP1, con ancho 37,61 m, cruza la parcela de la subestación, debiendo garantizarse la continuidad del mismo.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, con fecha 15 de octubre de 2008, se le sugirió al promotor que los impactos significativos detectados podrían ser evitados mediante la inclusión en el proyecto de las recomendaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Dirección General de Gestión del Medio Natural y la Dirección General de Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalidad Valenciana, la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano y Museos de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalidad Valenciana y el Ayuntamiento de Sax, las cuales han sido aceptadas por el promotor expresa e íntegramente según acredita el informe complementario recibido con fecha 14 de abril de 2009 y completado con los inventarios de flora y fauna realizados y recibidos con fecha 23 de junio de 2009 y que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III:

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento o no del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto. La longitud de la línea de entrada-salida será de 1.400 m aéreos y contará con cinco apoyos, los cuales tendrán una altura de 46 ó 42 m, dependiendo de la tipología. La cimentación será de tipo patas separadas y forma tronco cónica de 0,5 m de profundidad.

La subestación ocupará una superficie de 4 ha. adosada a la plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Levante. Los elementos que alcanzarán mayor altura son los pórticos de entrada de las líneas, con 25 m. El resto de equipos alcanzan como máximo los 8 m (celdas blindadas).

La instalación está localizada junto a las dos infraestructuras a las que debe conectarse, propiciando de este modo la concentración de infraestructuras y minimizando la ocupación espacial del terreno.

Se trata de una instalación que debido a sus características no produce residuos que pudieran interaccionar con la red de drenaje existente, a excepción de los equipos de aceite de la subestación que contarán con sus respectivos fosos de recogida.

Ubicación del proyecto. El ámbito del proyecto ocupa terrenos con pendientes suaves (2%-5 %) actualmente ocupados por matorral haloxerófilo, sobre suelos con cierta concentración de sales y yesos, y por campos de cultivo en estado de abandono.

El emplazamiento no está situado en los límites de espacios naturales protegidos incluidos en la Red Natura 2000. Sin embargo, en la zona de conexión con la línea Benejama-Rocamora está presente el hábitat prioritario 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia), así como la especie Teucrium libanitis, recogida en la Orden de 20 de diciembre de 1985, de la Consellería de Agricultura y Pesca, de Protección de Especies de Flora Endémicas o Amenazadas, como especie de recolección regulada.

En cuanto a la fauna, cabe mencionar la comunidad de quirópteros establecidas en las sierras que rodean la actuación, con la presencia del murciélago ratonero patudo (Myotis capaccinii) y murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi), ambos clasificados como en peligro de extinción en el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección. También destacan las rapaces rupícolas, entre las que se encuentra el águila perdicera (Hieraaetus fasciatus).

La línea de entrada-salida sobrevuela la vía pecuaria Cordel de Santa Eulalia VP1.

Características del potencial impacto. La memoria ambiental describe los principales impactos asociados y globalmente los clasifica como compatibles tanto en la fase de construcción como en la de operación y mantenimiento.

Con el fin de minimizar el impacto por riesgo de colisión para las aves y los quirópteros se han realizado inventarios de fauna, centrados en la identificación de territorios de alimentación y cría. Con la información obtenida de los mismos se establecerá un calendario de obra en el que se consideren los periodos críticos para la fauna presente en la zona. Asimismo, se instalarán dispositivos salvapájaros tales como espirales de polietileno, balizas de neopreno, etc. en la entrada-salida a realizar en la Subestación de Sax desde la línea a 400 kV Benejama-Rocamora.

También, se ha realizado un inventario de flora singular, en base al cual se realizará un jalonamiento de las áreas en las que se identifiquen hábitats de interés comunitario, así como las zonas con presencia de Teucrium libanitis. De acuerdo con los datos aportados por el inventario la solución adoptada definitivamente no afecta directamente al hábitat prioritario 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia), pero por situarse éste cercano a la zona de actuación se jalonará adecuadamente.

Con el fin evitar la contaminación de suelo y agua, si es posible, se conectará el vertido a la red de saneamiento municipal. En caso contrario, el promotor afirma que se instalará un depósito de acumulación de aguas fecales. Asimismo, se han previsto una serie de medidas preventivas, tanto para fase de construcción como mantenimiento, en relación a la gestión y almacenamiento de residuos.

El informe complementario adjunta un estudio de integración paisajística, el cual concluye que los impactos paisajísticos previsibles son de carácter leve durante la fase de ejecución, y moderados los causados por la propia presencia de la actuación durante la fase de funcionamiento, proponiendo medidas correctoras que se prevé que contribuyan a atenuar los potenciales impactos paisajísticos y visuales considerados.

Igualmente, la documentación aportada por el promotor incluye un informe preliminar sobre la prospección arqueológica de la zona propuesta para la ubicación de subestación y de la línea de entrada-salida en la misma. Dicho informe, concluye que no se produce afección sobre el patrimonio arqueológico.

En relación a las vías pecuarias debe señalarse que el apoyo más cercano al Cordel de Santa Eulalia, se sitúa a más de 43 m del mismo, siendo la anchura de protección del cordel de 18,75 m. De cara a prevenir cualquier afección se solicitarán las autorizaciones correspondientes.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 1 de julio de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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