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Documento BOE-A-2009-12850

Acuerdo 73/2009, de 2 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se completa y revisa la declaración como bien de interés cultural con categoría de monumento de la parte histórica del Seminario Diocesano en Segovia.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 1 de agosto de 2009, páginas 66037 a 66038 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2009-12850

TEXTO ORIGINAL

La parte histórica del Seminario Diocesano en Segovia fue declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento por Decreto 152/2000, de 29 de junio.

Ubicado en una zona privilegiada dentro de la ciudad amurallada de Segovia junto al acueducto, éste relevante monumento caracteriza la silueta de la ciudad histórica de Segovia.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por resolución de 26 de marzo de 2007, acordó incoar procedimiento para completar y revisar la declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento de la parte histórica del Seminario Diocesano en Segovia, conforme a una cartografía catastral actualizada, delimitando un entorno de protección que permita suficientemente su protección.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, las Universidades SEK de Segovia y de Burgos informan favorablemente la pretendida declaración.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y trámite de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan alegaciones que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto completar y revisar la declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento de la parte histórica del Seminario Diocesano en Segovia, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de julio de 2009, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.–Se completa y revisa la declaración del Bien de Interés Cultural, que afecta a la parte histórica del Seminario Diocesano en Segovia, delimitando su entorno de protección.

Segundo.–Delimitación del entorno de protección:

El entorno de protección viene definido por el interior de la línea señalada y comprende las parcelas que dan frente en los tramos en que así se señale.

 

Tramos:

1.º Límite Sur de la manzana 59396.

2.º Límite Oeste de la manzana 59396.

3.º (Incluidas las parcelas que dan frente.)

Manzana 58392, parcela 02 de la manzana 59407, parcela 03 de la manzana 59391.

4.º Límite Este de la manzana 59396.

La documentación complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la delimitación, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Motivación:

Se trata de adecuar la delimitación del entorno de protección del Monumento declarado por Decreto 152/2000, de 29 de junio, a la cartografía catastral actual. Se delimita un área o entorno de protección que posibilite la correcta percepción del bien objeto del expediente, previniendo la posible degradación de su valor histórico, en tanto que elemento integrado en el territorio que se asienta, en una zona privilegiada dentro de la zona amurallada de la ciudad de Segovia, y en el área de influencia y entorno visual y ambiental del acueducto romano.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 2 de julio de 2009.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, María José Salgueiro Cortiñas.

 

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