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Documento BOE-A-2009-13285

Resolución de 14 de julio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se conceden ayudas para la movilidad de profesores visitantes en los estudios de doctorado con Mención de calidad para el curso académico 2008-2009 y se corrigen errores de las de 17 de diciembre de 2008 y 27 de marzo de 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2009, páginas 68081 a 68082 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-13285

TEXTO ORIGINAL

Por Resoluciones de 17 de diciembre de 2008 (BOE de 12 de enero de 2009) y de 27 de marzo de 2009 (BOE de 2 de mayo) de la Secretaría de Estado de Universidades, se concedieron ayudas para la movilidad de profesores visitantes en los estudios de doctorado con Mención de calidad para el curso académico 2008-2009 convocadas por Resolución de 18 de agosto de 2008 (BOE de 9 de septiembre).

Por Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, se reestructuran los departamentos ministeriales, aprobándose la estructura básica orgánica de los mismos por Real Decreto 640/2009,de 17 de abril. En virtud de lo establecido en el artículo 11.3 en relación con el 12.3, ambos de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las competencias atribuidas a la anterior Secretaría de Estado de Universidades del Ministerio de Ciencia e Innovación han sido asumidas por el Ministerio de Educación, a través de su Secretaría General de Universidades.

Habiéndose detectado errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa de ayuda de la Modalidad II A, Ayudas para la movilidad de profesores visitantes y para gastos de promoción y difusión del programa de doctorado, se ha resuelto:

Primero.–Conceder las ayudas para la movilidad de profesores visitantes que se indican en los Anexos por los importes que se señalan para cada universidad y doctorado.

Segundo.–Proceder a la subsanación de los errores detectados en el Anexo de la Resolución de 17 de diciembre de 2008 (BOE de 12 de enero de 2009), en el siguiente sentido:

Donde dice: Universidad Politécnica de Cataluña; Referencia DCT2008-00007; Programa de Doctorado «Computación», Total concedido 10.200,00 €;

Debe decir: Universidad Politécnica de Cataluña; Referencia DCT2008-00007; Programa de Doctorado «Computación», Total concedido 11.400,00 €;

Tercero.–Proceder a la subsanación de los errores detectados en el Anexo de la Resolución de 27 de marzo de 2009 (BOE de 2 de mayo de 2009), en el siguiente sentido:

Donde dice: Universidad de Sevilla; Referencia DCT2008-00062; Programa de Doctorado «Electroquímica, ciencia y tecnología», Total concedido 4.316,62 €;

Debe decir: Universidad de Sevilla; Referencia DCT2008-00062; Programa de Doctorado «Electroquímica, ciencia y tecnología», Total concedido 12.612,46 €;

Cuarto.–La financiación de estas ayudas, por importe total de 30.854,22 € se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2009.

Quinto.–El importe de las ayudas se librará a las universidades responsables de los doctorados para la inclusión en sus presupuestos. Las Universidades perceptoras de las ayudas certificarán en un plazo de tres meses, a contar desde su recepción, ante la Dirección General de Universidades, que han incorporado a su contabilidad las cantidades percibidas.

Sexto.–Las ayudas quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán las universidades perceptoras, dentro de los tres meses siguientes a la terminación del curso académico 2008-2009.

Cualquier cambio o modificación debe solicitarse por escrito razonado y con el visto bueno del Vicerrector responsable.

Cualquier cambio o modificación debe solicitarse por escrito razonado a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio y de Movilidad para el Perfeccionamiento Profesional, con el visto bueno del Vicerrector responsable.

Séptimo.–La actividad docente de los profesores visitantes debe desarrollarse durante el curso académico 2008-2009 según lo establecido en el apartado II A.3.3 del Capítulo II Modalidad II A de la Resolución de la convocatoria.

Octavo.–De conformidad con la convocatoria, en la publicidad de los programas de doctorado seleccionados deberá hacerse constar que han obtenido financiación de la Secretaría General de Universidades, Ministerio de Educación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 14 de julio de 2009.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO I
Ayudas para la movilidad de Profesores en programas de Doctorado con mención de calidad en el curso 2008-2009

Universidad

Referencia

Programa de Doctorado

Total concedido

Universidad de Sevilla.

DCT2008-00081-P

Estructura y función de proteínas.

6.737,29

DCT2008-00111-P

Física nuclear.

14.621,09

Total

21.358,38

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