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Documento BOE-A-2009-13648

Resolución de 14 de julio de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la primera adenda del año 2008, al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 18 de agosto de 2009, páginas 71224 a 71235 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-13648

TEXTO ORIGINAL

Suscrita primera adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 14 de julio de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

PRIMERA ADENDA DEL AÑO 2008 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES, EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 25 de noviembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. D. Conrado Escobar Las Heras, en su calidad de Consejero de Administraciones Públicas y Política Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, facultado para este acto en virtud del artículo 42.1k) de la Ley 8/2003, de 28 de noviembre, de Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 18 de julio de de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. La Comunidad Autónoma de La Rioja y en concreto la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, en el ejercicio de las competencias atribuidas conforme al Decreto 39/2007, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tiene como funciones el desarrollo de actuaciones tendentes a la simplificación y racionalización de la actividad administrativa y la utilización de herramientas y sistemas de calidad para la mejora de la prestación de los servicios públicos, así como la planificación para el desarrollo y extensión de la banda ancha a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

III. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

V. Que el programa Infraestructuras de Telecomunicaciones se enmarca en el conjunto de actuaciones encomendadas al Gobierno de La Rioja y en concreto a su Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, a la que se adscribe la Agencia del Conocimiento y la Tecnología que tiene como misión la de dinamizar la participación de los agentes riojanos para avanzar en la sociedad del conocimiento y consolidar el desarrollo de la administración electrónica, fomentando el uso eficiente de las tecnologías de la información y comunicación, y promoviendo la gestión del conocimiento y capacitación tecnológica de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Creada la Agencia del Conocimiento y la Tecnología en el año 2006 el desglose de su misión constituye la estrategia del Gobierno de La Rioja en materia del desarrollo de la Sociedad del Conocimiento que constituye ahora el eje del proyecto ciudad/comunidad digital 2007-2010:

«… dinamizar la participación de los agentes riojanos para avanzar en la sociedad del conocimiento. La Agencia pretende dinamizar la participación de todos los agentes riojanos en la definición y el desarrollo de diversas iniciativas que faciliten el avance en la Sociedad del Conocimiento, apoyando iniciativas que eliminen la brecha digital, que faciliten el desarrollo del tejido empresarial en materia de TICs, que posicionen a La Rioja como referente a nivel internacional en determinados campos, y que contribuyan a la atracción de capital intelectual y a la potenciación de la innovación en todos los ámbitos.»

«… y consolidar el desarrollo de la administración electrónica, tanto a nivel regional como local. La Agencia contribuirá a la progresiva incorporación de las nuevas tecnologías en el Gobierno de La Rioja y en los Ayuntamientos, en especial aquellos con menor nivel de desarrollo, buscando con ellos la modernización y optimización de los procesos y la mejora de los servicios que prestan a los ciudadanos riojanos, potenciando la transparencia, la agilidad, la participación y la facilitación de las relaciones de los ciudadanos con la Administración.»

«… fomentando el uso eficiente de las Tecnologías de la Información y Comunicación. La Agencia será el responsable de la planificación e implementación de un sistema integrado de infraestructuras de telecomunicaciones, fomentando el uso eficiente de los recursos y el aprovechamiento de sinergias.»

«… y promoviendo la gestión del conocimiento y capacitación tecnológica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La Agencia deberá jugar un papel fundamental para fomentar la innovación y la gestión del conocimiento en el campo de las nuevas tecnologías, apoyando proyectos de innovación e investigación en colaboración con los agentes del sector, conociendo el estado del arte en la tecnología, realizando tareas de observatorio en múltiples áreas (sobre la evolución de La Rioja en relación con la Sociedad del Conocimiento, sobre experiencias de Administración electrónica, sobre proyectos de investigación en otros ámbitos, etc.), participando en proyectos de ámbito nacional y europeo en los que poder compartir experiencias y posicionar a La Rioja, y apostando por la formación y capacitación tecnológica tanto de sus empleados como de otros agentes relevantes como la Universidad de La Rioja y el tejido empresarial y los ciudadanos en general.»

VI. Que el Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones enmarcado en el área de actuación del Plan Avanza, se orienta a garantizar la existencia de una infraestructura de banda ancha que actúe como catalizador imprescindible para el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a la extensión de cobertura de la televisión digital y a redes de telecomunicaciones:

a) Extensión de cobertura de la televisión digital terrestre (TDT)

De acuerdo con lo establecido en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, antes del 3 de abril de 2010, las televisiones privadas deberán haber alcanzado una cobertura del 96% de la población y las televisiones públicas deberán haber alcanzado el 98% de la población en sus respectivos ámbitos de cobertura.

Estas obligaciones de cobertura de población están referidas a la totalidad del territorio nacional.

Según estas disposiciones, habrá un porcentaje de la población que no dispondría de cobertura del servicio de televisión público o privado.

El objetivo es el de financiar la dotación de las infraestructuras necesarias para complementar la cobertura y difusión de las señales correspondientes a las entidades y sociedades concesionarias del servicio servicio de televisión digital terrestre.

b) Redes de telecomunicación.

Esta actuación está dirigida a las zonas en las que las carencias en la infraestructura desplegada por los operadores no permiten ofertar servicios de banda ancha adecuados a los ciudadanos. Se trata de zonas donde se constate que el mercado no considera rentable el despliegue de nuevas infraestructuras de telecomunicaciones de banda ancha.

En numerosas zonas no existe suficiente dotación de redes o existen redes anticuadas que se convierten en un cuello de botella para permitir el acceso a los servicios de calidad.

En este caso, la actuación a realizar será la de financiar los proyectos de infraestructuras con unas prestaciones adecuadas para la provisión de servicios.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

VII. El Gobierno de La Rioja ha elaborado el Plan de Actuación de la TDT que fue presentado en octubre de 2007. Un ambicioso proyecto que abarca las diferentes areas que entendemos implicadas en el proceso de implantación de la Televisión Digital en nuestro país. Diferentes áreas de trabajo que abordan el plan: cobertura, divulgación, contenidos interactivos, servicios,...

El apartado relativo a las infraestructuras cobra especial importancia con una inversión prevista que supera los 5 millones de euros y que planifica en 4 fases la extensión de la cobertura de TDT que alcanzará a su finalización un 99,83% del territorio en lo referido a la red RGE.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda, de acuerdo con las cláusulas de la misma.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.–La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Sexto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por la Comunidad Autónoma de La Rioja en cumplimiento del Programa.

La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza.

Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de La Rioja a petición de la propia Comunidad.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Comunidad Autónoma de La Rioja se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Sexto.

Ejecutar los instrumentos que permitan llevar a cabo las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda, bien sea de forma directa o bien mediante la publicación de convocatorias de ayudas.

Las actividades de difusión y divulgación del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC y del Plan Avanza y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Objeto de la financiación, requisitos y condiciones.–Las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a la extensión de cobertura de la televisión digital y a redes de telecomunicaciones, con los siguientes tipos de proyecto y acatando los siguientes requisitos y condiciones:

Extensión de cobertura de la televisión digital terrestre (TDT).

1. Objeto de las financiaciones.

Podrán ser objeto de financiación la adquisición e instalación de los siguientes elementos: Equipamiento:

Equipos de radiocomunicaciones y antenas.

Elementos constructivos:

1. La torre para el soporte del sistema de paneles de antenas.

2. Cimentación y anclajes.

3. La caseta y obras auxiliares para albergar los equipos transmisores de televisión.

4. Infraestructuras soporte del sistema de alimentación energética de la instalación.

5. Sistemas de seguridad y protección:

Pararrayos.

Sistema salva caídas.

Toma de tierra.

Señalización diurna y/o balizamiento nocturno.

Valla protectora del recinto que alberga el centro emisor.

2. Requisitos.

Los requisitos para acceder a las financiaciones serán los siguientes:

No estar la localidad o núcleo de población objeto del proyecto dentro de los planes de cobertura de las entidades y sociedades concesionarias del servicio público de televisión digital terrestre.

En el caso de que ya se disponga de una infraestructura anterior que se considere inadecuada, deberá presentarse un informe donde se justifique la necesidad de su adecuación. En todo caso debe cumplirse el requisito expresado en el párrafo anterior

Los proyectos que se lleven a cabo deberán proveer la cobertura antes de la fecha límite fijada en el Plan Nacional de Transición a la TDT para el municipio o área afectada y en cualquier caso, antes del 3 de abril de 2010.

En actuaciones de extensión de la cobertura de la TDT a iniciativa de las corporaciones locales, habrá de cumplirse lo establecido en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la TDT

Redes de telecomunicación.

1. Objeto de las financiaciones.

Podrán ser objeto de financiación la adquisición e instalación de los siguientes elementos:

Equipamiento:

Elementos de las redes de acceso de banda ancha, en particular:

Equipos de transmisión y recepción.

Sistemas de cableado, de acceso y de enlace.

Cables y accesos de fibra óptica.

Elementos constructivos:

Obra civil: zanjas, canalizaciones, casetas, postes, etc.

Cables de fibra óptica.

infraestructura de radiocomunicaciones.

Infraestructura soporte para los equipos de alimentación de energía.

Sistemas de seguridad y protección.

 

2. Requisitos.

Los requisitos para acceder a las financiaciones serán los siguientes:

Las actuaciones propuestas deberán estar coordinadas con el Plan de Extensión de la Banda Ancha a zonas Rurales y Aisladas, con el Plan de Extensión de la telefonía móvil GSM en la Banda de 900 MHz, así como con otros planes nacionales en esta materia.

Las actuaciones propuestas no podrán realizarse en núcleos de población que ya tiene cobertura de los operadores en condiciones de mercado.

Se deberán respetar los principios de neutralidad tecnológica, así como la apertura de las redes a terceros (ofertas mayoristas) en el caso de las redes, con precios que tengan en cuenta la inversión realizada por las empresas en las actuaciones.

Condiciones comunes a la extensión de cobertura de TV digital y redes de telecomunicación.

Se observará la normativa comunitaria en materia de ayudas.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información informará, con carácter preceptivo, las actuaciones propuestas por las Comunidades Autónomas para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Para ello, se establecerá un procedimiento que permita el estudio previo de dichas actuaciones por el MITYC.

Se verificará también la coordinación de las propuestas presentadas con el Plan Nacional de Transición a la TDT, así como el cumplimiento del Plan Técnico Nacional de la TDT y la compatibilidad con el Plan de Extensión de la telefonía móvil en la Banda de 900 MHz.

Se creará un Comité de coordinación, entre el MITYC y las Comunidades Autónomas, presidido por el Director General de Desarrollo de la Sociedad de la Información e integrado por dos miembros de la Dirección General de Telecomunicaciones, dos más de la Dirección General de Desarrollo de la Sociedad de la Información y cuatro de la Comunidad Autónoma correspondiente, designados a tal efecto por sus respectivos órganos de adscripción, con objeto de llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones aprobadas

Quinto. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja con fecha 18 de julio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma o bien mediante la publicación de convocatorias de ayudas. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma, según proceda.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Sexto. Financiación.–La financiación de las actuaciones para el año 2008, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2008

Financiadores

Aportaciones económicas

Euros

MITYC

4.000.000

CA de La Rioja

100.000

Total Administraciones Públicas

4.100.000

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de La Rioja, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 4.000.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.821 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

La Comunidad Autónoma de La Rioja aportará las cuantías correspondientes a la amortización del préstamo con cargo a los créditos presupuestarios que a tal efecto se habiliten en la sección de Deuda Pública de los presupuestos correspondientes a los ejercicios 2012 a 2023.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Séptimo. Condiciones particulares del préstamo.–La cantidad entregada por el Ministerio de Industria se entiende en concepto de préstamo que se regirá en cuanto a sus condiciones por la presente Adenda y lo que sea de aplicación de la Legislación General de Subvenciones.

Se establece expresamente un periodo de carencia de tres años, desde la firma del acuerdo, durante el cual la Comunidad Autónoma de La Rioja no está obligada al desembolso de cantidad alguna.

El tipo de interés del préstamo es del cero por ciento.

La devolución del préstamo se deberá realizar en el plazo máximo de quince años.

Transcurridos los tres años de carencia, la Comunidad Autónoma de La Rioja reembolsará el anticipo de acuerdo con el siguiente cuadro de amortización:

Cuotas de amortización

Cuota n.º

Fecha de vencimiento

Importe

1

30/09/2012

333.333 €

2

30/09/2013

333.333 €

3

30/09/2014

333.333 €

4

30/09/2015

333.333 €

5

30/09/2016

333.333 €

6

30/09/2017

333.333€

7

30/09/2018

333.333 €

8

30/09/2019

333.333 €

9

30/09/2020

333.333 €

10

30/09/2021

333.333 €

11

30/09/2022

333.333 €

12

30/09/2023

333.337 €

No obstante lo anterior, la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá amortizar anticipadamente las cantidades oportunas, desde el primer momento, en la forma y condiciones que le indique el Organismo concedente.

Este préstamo es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no exista sobrefinanciación

Octavo. Competencias y composición de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de La Rioja presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Cuando en la Comisión Bilateral se vayan a ver actuaciones relativas a la extensión de la cobertura de la Televisión Digital Terrestre (TDT) se variará la composición de la misma, de manera que en lugar de dos representantes de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, habrá un miembro de esta Dirección General y otro de la Dirección General de Telecomunicaciones.

Noveno. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor a la fecha de su firma, y tendrá la misma vigencia que el convenio marco de colaboración del que trae causa. No obstante, las obligaciones de las partes derivadas del préstamo, reguladas en el pacto séptimo, serán vigentes hasta la finalización del plazo de amortización, y como máximo a los quince años de la firma.

Décimo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1.c) aprobado por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente Adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Undécimo. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda, por duplicado y a un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
Programa de Infraestructuras de Telecomunicaciones
Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Plan de actuación de la TDT en La Rioja.

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

Al igual que la televisión convencional, la señal de Televisión Digital Terrestre o TDT utiliza las ondas electromagnéticas para su transmisión, pero lo hace de manera que sus emisiones digitales ocupan un menor espacio dentro del espectro de emisión. Esto permite ofrecer un mayor número de canales con una calidad superior de imagen y de sonido. Además, unida a otras tecnologías de comunicaciones, la TDT también posibilitará la transmisión de datos en sentido contrario, del receptor al emisor, proporcionando la posibilidad de ofrecer servicios interactivos.

La televisión analógica es el sistema tradicional de televisión que utiliza ondas magnéticas para transmitir y mostrar imágenes y sonidos. Es el sistema que se ha venido empleando desde el inicio de las emisiones de televisión.

En estos momentos nos encontramos en un período de transición, en el que coexisten tanto emisiones en analógico como en digital.

La transmisión analógica continuará hasta el 3 de abril de 2010, fecha prevista para el cese de las emisiones en analógico, también denominado «apagón analógico». A partir de ese momento sólo se emitirá en digital.

En España la tecnología usada para la emisión de televisión digital es el estándar DVB-T, que se emplea de forma mayoritaria en Europa. Se opera en la banda UHF, la misma que actualmente comparten los canales de televisión analógica con los canales de TDT.

España fue uno de los países europeos pioneros en la investigación, pruebas y desarrollo de la televisión digital terrestre (con pruebas de campo en 1995). El primer lanzamiento comercial de alcance fue el de Quiero TV, que sin embargo sólo tuvo continuidad por dos años. El planteamiento para las grandes cadenas de televisión fue y está siendo el de emisión «simulcast» (emitir los mismos contenidos que emiten en analógico).

Con todo ello, la primera mitad de la década del año 2000 asistimos a un mercado que no se desarrolla al ritmo esperado. Los televidentes tienen que hacer un esfuerzo para acceder a esta tecnología y se encuentran con los mismos contenidos. Esto provocó escasa audiencia, con lo que no resultaba rentable a los difusores invertir en nuevos contenidos.

En el resto de Europa el camino de la TDT está siendo similar al de España, si bien hay países que destacan por el nivel de penetración de esta tecnología:

Holanda: ya ha ejecutado el apagón analógico con fecha 12 de diciembre de 2006.

Gran Bretaña: El apagón analógico se realiza por fases geográficas. Existen «killer aplications» de gran aceptación entre el público, como la posibilidad de hacer apuestas directamente sobre el contenido audiovisual.

En nuestro país se están observando los siguientes avances en la materia en los últimos años:

Se están lanzando diversos prototipos para analizar la aceptación que tiene esta tecnología entre los ciudadanos tales como los de Soria o Alcázar de San Juan.

Existen ya varias iniciativas de servicios interactivos en diferentes administraciones, tales como el Gobierno Vasco, la AEAT, la Diputación General de Huesca, la Generalitat de Cataluña, etc.

Se han hecho pilotos de TDT en movilidad con diferentes operadores de telefonía móvil y distintos puntos geográficos.

Se coincide en señalar que uno de los principales obstáculos en nuestro país es el bajo nivel de penetración de descodificadores de gama superior a un simple zapper. Existen varias fuentes con porcentaje de penetración de descodificadores de mayor gama, pero en ningún caso se sitúan por encima del 5%. Esta situación retiene de alguna forma el impulso al desarrollo de aplicaciones interactivas.

Finalmente hay destacar que, según encuestas de ImpulsaTDT, los ciudadanos aún desconocen el apagón (un 40% de los mismos), aunque son un 80% los que han oído hablar de la TDT. Con todo, los que finalmente disponen del servicio lo valoran positivamente (un 7 sobre 10) destacando la mayor calidad de imagen y sonido y el hecho de tener más canales.

Muchos agentes pueden tener en la TDT una interesante oportunidad de beneficio. Otros agentes, gracias a su cercanía con el usuario final, pueden ser importantísimas piezas en una estrategia global de difusión de la TDT en La Rioja.

Cadenas de televisión.

Es posible que alguna de ellas vea en la TDT una amenaza a sus márgenes. Actualmente las tres grandes cadenas copan audiencias de hasta el 20%, basando todos sus ingresos en la publicidad y en el «share». Con la TDT las grandes cadenas deberán buscar la fidelidad de sus televidentes con una oferta de valor más segmentada. En todo caso, con la TDT aparecerán oportunidades para nuevos radiodifusores (Net TV, Veo TV…).

Entidades financieras.

Se debe captar la colaboración de las entidades financieras para asumir los costes iniciales de la lanzadera de TDT, ya que podrían jugar un papel clave en el futuro desarrollo de nuevas aplicaciones para el portal interactivo de TDT de la comunidad autónoma, para cuyo funcionamiento es esencial la lanzadera.

Las entidades financieras pueden además colaborar en estrategias de distribución de sintonizadores, a través de promociones, etc., por ejemplo en aquellas fases del Plan de Actuación muy localizadas y dirigidas a la antenización y dotación de sintonizadores en municipios piloto (Pradejón y San Asensio), y también en otras posibles actuaciones dirigidas a los riojanos en general.

Otro frente de colaboración son las infraestructuras y locales necesarios para el establecimiento de las TDTecas.

Operadores de transporte.

La oportunidad para los operadores de transporte es evidente, ya que es necesario instalar nuevos reemisores y transmisores que distribuyan los canales vía radio.

Ciudadanos televidentes.

Ya se ha comentado que el televidente podrá disfrutar de más canales y de mejor calidad de imagen. Sin embargo, la verdadera oportunidad para la Sociedad del Conocimiento estará en las aplicaciones interactivas.

Uno de los factores que agrandan la brecha digital es la barrera que supone para mucha gente el acceso a la Sociedad del Conocimiento a través de un ordenador, un teclado y un ratón. Sustituir dichos equipos por la conocida televisión y el conocido mando a distancia puede permitir a muchos superar dicha barrera y reducir la brecha. Hay que tener en cuenta que hoy día existen en España del orden de 30 millones de aparatos de televisión, por 10 millones de ordenadores. No se pretende sustituir a Internet, sino más bien complementarlo. El ancho de banda en TDT es limitado y los contenidos (se reaprovecharán muchos de los ya existentes en la web) deberán estar adaptados al medio, la propia pantalla y la distancia desde la que se suele ver.

No es difícil imaginar un escenario que posiblemente tengamos a la vuelta de la esquina: Desde nuestro sofá y a través del mando a distancia realizaremos compras, gestiones bancarias, trámites administrativos, recibiremos noticias, información meteorológica, turística, participaremos en concursos, encuestas… y todo ello asociado, en el caso de que sea oportuno, al propio contenido audiovisual o a la programación que nos estén sirviendo las cadenas de televisión en cada momento.

Administraciones locales.

La TDT será un nuevo canal por el que el ciudadano podrá interactuar con la administración. Además de poder colaborar en la divulgación de la TDT en el ámbito de sus municipios (a través de carteles, bandos, cesión de locales para charlas, cursos...), los ayuntamientos son además generadores de contenidos (de administración telemática, información y servicios) con cabida en futuras ampliaciones del portal interactivo de la comunidad autónoma.

Anunciantes, grandes cadenas distribuidoras.

Poder realizar una compra simplemente pulsando un botón del mando a distancia (compra impulsiva) puede suponer un fuerte cambio en la concepción del modelo de negocio de la televisión. Entraremos en un escenario de comercio electrónico televisivo. La publicidad irá ligada a la compra, y se conocerán con exactitud el éxito y el fracaso de cada campaña comercial.

Antenistas.

Con su interés de negocio en la implantación de la TDT, los antenistas son además un colectivo en contacto directo con los usuarios de la TDT y han de ser aliados a la hora de divulgar las ventajas de los sintonizadores MHP. También pueden servir de apoyo a la hora de distribuir sintonizadores a través de campañas.

Comercios de electrónica.

Son una pieza fundamental a la hora de divulgar la TDT, ya que constituyen el principal vínculo de contacto con los usuarios. En una estrategia de difusión, no se puede olvidar que los comerciantes deben tener la formación necesaria para conocer a fondo los distintos sintonizadores y explicar con claridad a los clientes las diferencias entre ellos. Por eso mismo, también pueden servir para divulgar las ventajas de los sintonizadores MHP respecto al resto.

Al igual que los antenistas, los comerciantes tienen que servir de apoyo en la distribución de sintonizadores a través de campañas.

En el caso de determinados comercios, sería interesante negociar posibles colaboraciones en el desarrollo de las TDTecas con la cesión, donación u oferta en la adquisición de equipos de TDT.

Administradores de fincas.

Aprovechar el contacto con las comunidades de vecinos para que, al igual que antenistas y comerciantes, los administradores de fincas sean una pieza más en una campaña de divulgación y de sensibilización sobre las ventajas de la TDT.

Plan de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Se proponen las siguientes fases para el plan:

FASE 0: Situación actual.

En el momento actual se estima un porcentaje cubierto por cada red queda:

RGE: 73,73% (no se considera el actual % cubierto con desconexión territorial de Navarra).

SFN: 92.94%.

AUT: 85.27%.

FASE 1: Encendido de centros grandes.

La fecha objetivo sería el primer semestre de 2008. Con esta fase se pretende avanzar en centros como Cerroyera o San León necesarios para que otros centros puedan encenderse, así como avanzar en centros grandes.

Al término de esta fase se estima un porcentaje cubierto por cada red queda:

RGE: 95,59%.

SFN: 94.89%.

AUT: 93.03%.

FASE 2: Encendido de primeros centros de Monte Yerga.

La fecha objetivo sería el segundo semestre de 2008.

Al término de esta fase se estima un porcentaje cubierto por cada red queda:

RGE: 98,74%.

SFN: 97.00%.

AUT: 97.52%.

FASE 3: Encendido de resto de centros de Monte Yerga, centros de Monreal y primeros centros de Moncalvillo.

La fecha objetivo sería el primer semestre de 2009.

Al término de esta fase se estima un porcentaje cubierto por cada red queda:

RGE: 99,06%.

SFN: 97.33%.

AUT: 97.82%.

4.1.5 FASE 4: Encendido del resto de centros.

La fecha objetivo sería el segundo semestre de 2009.

Al término de esta fase se estima un porcentaje cubierto por cada red queda:

RGE: 99,83%.

SFN: 98.97%.

AUT: 98.78%.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

Los indicadores han quedado descritos en el apartado anterior. Destaca como cierre del programa el objetivo final perseguido para diciembre de 2009:

a) RGE: 99,83%.

b) SFN: 98.97%.

c) AUT: 98.78%.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2008

MITYC

4.000.000 €

CA de La Rioja

100.000 €

Total

4.100.000 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en el acuerdo noveno.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

Secretaria General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.

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