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Documento BOE-A-2009-13769

Resolución 420/38199/2009, de 12 de agosto, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de aplicación del Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón, para el desarrollo del módulo de formación en centros de trabajo correspondiente al ciclo formativo de formación profesional específica de "Mantenimiento Aeromecánico".

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 24 de agosto de 2009, páginas 72569 a 72572 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2009-13769

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 22 de julio de 2009, un Convenio de aplicación del Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón, para el desarrollo del módulo de formación en centros de trabajo correspondiente al ciclo formativo de formación profesional específica de «Mantenimiento Aeromecánico»., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 12 de agosto de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, Tomás Suárez-Inclán González.

ANEXO

Convenio de aplicación del Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón, para el desarrollo del módulo de formación en centros de trabajo correspondiente al ciclo formativo de formación profesional específica de «Mantenimiento Aeromecánico»

En Zaragoza, a 22 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. General del Aire don José Jiménez Ruiz, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, en uso de las facultades delegadas por la Ministra de Defensa, de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, la Sra. D.ª Natividad Mendiara Callén, Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del mismo, en virtud del Consejo de Gobierno de fecha 10 de marzo de 2009.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.–El Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón tienen firmado un Convenio de cooperación, con fecha 10 de febrero de 2000, en cuya cláusula primera se faculta a incluir, de mutuo acuerdo, en el marco de dicho convenio de colaboración, otros acuerdos concretos de colaboración.

Segundo.–El Director del Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) Miralbueno, de Zaragoza, ha solicitado a través del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, la colaboración del Ministerio de Defensa (MINISDEF) para desarrollar el Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) por parte de los alumnos de Formación Profesional Reglada que cursan las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior de «Mantenimiento Aeromecánico».

El Programa Formativo a desarrollar en el Módulo Profesional de FCT viene determinado por el Real Decreto 625/1995, de 21 de abril, en el que se establece el título de Técnico Superior en «Mantenimiento Aeromecánico» y las correspondientes enseñanzas mínimas, así como por el Real Decreto 202/1996, de 9 de febrero, por el que se establece el currículo del citado ciclo formativo.

Tercero.–El MINISDEF dispone del personal, medios técnicos e instalaciones complementarias necesarias para poder prestar dicha colaboración, sin que la prestación de las mismas implique, en principio, un obstáculo para el cumplimiento de las misiones de Defensa Nacional que el MINISDEF tiene encomendadas.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de aplicación que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.–El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) Miralbueno, de Zaragoza, dependiente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, para el desarrollo de un programa formativo de formación en centros de trabajo en instalaciones de unidades ubicadas en la Base Aérea de Zaragoza (Ala 31, Ala 15 y Agrupación de dicha Base), y dirigido a los alumnos que cursan las enseñanzas de formación profesional específica de Técnico Superior en «Mantenimiento Aeromecánico».

Segunda. Aportaciones de las partes.–Las misiones que, con arreglo al presente Convenio, corresponden al MINISDEF se realizarán según el programa que el IES Miralbueno de Zaragoza someta previamente a su consideración, y, particularmente, conforme a las siguientes directrices:

Los alumnos que se acojan al programa formativo no desarrollarán ningún tipo de relación laboral con el MINISDEF, ni percibirán cantidad económica alguna por la realización de las actividades formativas.

Las actividades formativas a desarrollar se relacionarán con los procesos de mantenimiento aeromecánico realizados en unidades de la Base Aérea de Zaragoza (Ala 31, Ala 15 y Agrupación de dicha base), teniendo como límite participativo para los alumnos el de la observación de las tareas de sostenimiento de las aeronaves llevadas a efecto por el personal cualificado del Ejército del Aire. Estas actividades se llevarán a cabo en las instalaciones, con los medios y con el personal de dichas unidades. Asimismo, se permitirá la colaboración de los alumnos en los trabajos que se determinen correspondientes al segundo escalón de mantenimiento, así como en aquellos otros que no tengan repercusión en la seguridad de vuelo.

El Director del IES Miralbueno designará al inicio de cada curso escolar al profesor-tutor del centro educativo que será responsable de la planificación, seguimiento y evaluación del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) del ciclo formativo de «Mantenimiento Aeromecánico». Por su parte, los jefes de la Agrupación de la Base Aérea de Zaragoza, Ala 31 y Ala 15 designarán, entre el personal de sus respectivas unidades, a los responsables del seguimiento y evaluación de las actividades realizadas por los alumnos. Este seguimiento y evaluación se reflejará en aquellos documentos que a tal efecto tenga establecidos el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Previo a cada período de realización del módulo de FCT, el profesor-tutor del centro educativo facilitará al personal de la base aérea responsable del seguimiento y evaluación, la relación nominal de alumnos que cada año se acojan al desarrollo del presente Convenio, el programa formativo previsto para cada uno de ellos y los documentos de evaluación. También establecerá un calendario de visitas y comunicaciones a efectos de mantener entrevistas con dicho personal, observar directamente las actividades que el alumnado realice y registrar su propio seguimiento.

Los alumnos del IES Miralbueno aportarán las prendas y equipos de seguridad que sean necesarios para la realización de las actividades programadas.

El MINISDEF no será responsable de los daños que puedan ocasionarse con motivo de la colaboración objeto de este convenio. Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse a los alumnos será contemplada a tenor del seguro escolar, de acuerdo a la reglamentación que al efecto esté vigente. Todo ello sin perjuicio de la póliza que la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente del citado Departamento pueda suscribir como seguro adicional para mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.

Podrá acordarse, por cualquiera de las partes firmantes, la no aplicación de este convenio a un alumno o grupo de alumnos, cuando concurran alguna de las causas siguientes:

a) Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas.

b) Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.

Al amparo de este convenio de colaboración y en reciprocidad al mismo, por ambas partes podrá establecerse el procedimiento oportuno al objeto de que el personal militar profesional de tropa del Ejército del Aire reciba en el IES Miralbueno la formación correspondiente a la obtención de determinados módulos de Formación Profesional, en cuyo caso el coste del material didáctico necesario correría a cargo de los alumnos. Dicho procedimiento será incluido como adenda a este convenio.

Tercera. Financiación.–La colaboración del MINISDEF, se realiza a título gratuito, sin contraprestación económica alguna.

Cuarta. Medidas de control y seguimiento.–Ambas partes acuerdan crear una Comisión Mixta de Seguimiento, integrada por personal de la Base Aérea de Zaragoza y por personal de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Dicha Comisión Mixta estará formada por el General Jefe de la Base Aérea de Zaragoza (o persona en quien delegue), un oficial del Ala 31 y un oficial del Ala 15, de una parte, y por la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente (o persona en quien delegue), el Director del IES Miralbueno (o persona en quien delegue) y un profesor de dicho instituto, de la otra.

La Comisión tendrá como función principal la evaluación y el seguimiento de las acciones previstas en este convenio. Se constituirá en el plazo de un mes a contar desde la firma del convenio y deberá reunirse al menos una vez cada año.

Quinta. Legislación aplicable.–Este convenio tiene naturaleza administrativa y para la interpretación de dudas y controversias que surjan en la interpretación del mismo se estará a lo dispuesto en sus cláusulas, a los principios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que se aplicará supletoriamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del citado texto legal, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del Derecho.

Los litigios que puedan surgir entre las partes como consecuencia de la ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las mismas. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.

Sexta. Vigencia.–La duración de este convenio será de un año, prorrogable por periodos de la misma duración, a partir de la firma del mismo.

La prorroga de este convenio será efectiva previo acuerdo expreso por medio de comunicación escrita de conformidad entre ambas partes, que se deberá producir con anterioridad a la finalización del mismo.

Séptima. Causas de resolución.–El presente Convenio quedará extinguido por:

a) Mutuo acuerdo de las partes.

b) Término del plazo o de las prórrogas, en su caso.

c) Denuncia de alguna de las partes, formulada de forma fehaciente con una antelación de 3 meses.

d) Necesidades de la Defensa Nacional o, en particular, del Ministerio de Defensa.

e) Cese de actividades del Centro Educativo o de las unidades de la Base Aérea de Zaragoza.

f) Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

g) Incumplimiento grave acreditado por una de las partes de las obligaciones establecidas en el presente convenio.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio, en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha anteriormente indicados.–Por el Ministerio de Defensa, José Jiménez Ruiz.–Por el Gobierno de Aragón, Natividad Mendiara Callén.

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