La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en Sentencia n.º 46, de fecha 14 de abril de 2009, recaída en causa: Rollo del Tribunal del Jurado 1/2008, ejecutoria 35/2009, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Antonio Corrales García, con número de DNI, 45.059.145, destinado en la Jefatura Superior de Policía de Ceuta, como autor de dos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de dilaciones indebidas como muy cualificada, entre otras, a las penas, por cada uno de ellos, de un mes y quince días de prisión, multa de 1 mes y 15 días a razón de 6 euros de cuota diaria, e inhabilitación absoluta durante 1 año y 6 meses.
Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, «la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere».
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Antonio Corrales García, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante el tiempo de la condena.
Madrid, 30 de julio de 2009.–El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.
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