Por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, han sido dictadas sentencias, estimatorias en parte, en los Procedimiento Ordinarios núms. 680/2001 y 700/2001, interpuestos, respectivamente por doña María Carmen Morales Duque y doña Isabel Morales Duque, contra las resoluciones dictadas por la Secretaria General de Asistencia Sanitaria del Instituto Nacional de Salud, por las que se desestimaban los recursos de reposición interpuestos por las actoras, contra la Resolución dictada por la Dirección General de Recursos Humanos del citado Instituto, de fecha 6 de mayo de 1999 (BOE del 19), por la que se aprobaba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso a plaza del Grupo de Gestión de la Función Administrativa, convocado el 3 de diciembre de 1997 (BOE del 24).
En ejecución de las citadas Sentencias, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación,
Esta Dirección resuelve:
Primero.–Modificar la Resolución de 6 de mayo de 1999 (BOE del 19), de la Dirección General de Recursos Humanos del Instituto Nacional de la Salud, por la que se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso a plazas de la categoría de Gestión de la Función Administrativa de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Nación de la Salud, en la que figuran doña María Carmen Morales Duque y doña Isabel Morales Duque, en la relación de excluidos.
Segundo.–En virtud de las resoluciones judiciales, incluir en la relación definitiva de aspirantes admitidos, a doña María Carmen Morales Duque y doña Isabel Morales Duque.
Tercero.–Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, significándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contenciosos-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, o bien recurso Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante el Órgano Jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 23 de julio de 2009.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, P. D. (Resolución de 25 de junio de 2008), el Subdirector General de Gestión Económica y de Recursos Humanos, Pedro Huertas Esteban.
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