Por Orden de 9 de abril de 2007, la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia (Diario Oficial de Galicia del 13), convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, por Orden de 22 de junio de 2008 (DOG de 2 de julio), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a determinados aspirantes, que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 9 de abril de 2007 que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Segundo.–Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2009.
Tercero.–Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 1 de septiembre de 2009.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
---|---|---|---|---|
Cuerpo: 0597 Maestros |
||||
Especialidad: 31 Educación Infantil |
||||
3327590113 A0597 |
Señoris Rodríguez, Lucía ................... |
033275901 |
01 |
7,2672 |
Especialidad: 32 Idioma Extranjero: Inglés |
||||
7671135724 A0597 |
Macia Vega, Beatriz ......................... |
076711357 |
01 |
7,0024 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid