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Documento BOE-A-2009-14754

Resolución de 3 de septiembre de 2009, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por la que se modifica la convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2009, páginas 77703 a 77703 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2009-14754

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de este Centro Directivo de fecha 25 de mayo de 2009 se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía; en la base 2.1.2 de dicha convocatoria se exigía como uno de los requisitos para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas, «haber obtenido antes del 1 de abril de 2010, el permiso de conducción de la clase A y la autorización (BTP) para conducir los vehículos a que se refiere el art. 7.3 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo».

Mediante Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, se aprobó el nuevo Reglamento General de Conductores, que entrará en vigor el 8 de diciembre del presente año, y que introduce modificaciones en relación al anterior que afectan, entre otras materias, a determinadas clases de permisos de conducción, así como a la edad mínima para poder obtenerlos.

Por cuanto antecede y al objeto de armonizar los intereses que persigue la citada convocatoria con la actual normativa en materia de conductores, en uso de las atribuciones que me confiere el art. 4 del Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía,

Esta Dirección General acuerda modificar la base 2.1.2 de la referida convocatoria, que quedará redactada en la siguiente forma: 2.1.2. Asimismo los aspirantes deberán haber obtenido antes del 1 de abril de 2010, el permiso de conducción de la clase A previsto en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo; y la autorización (B.T.P.) prevista en ambos Reglamentos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 3 de septiembre de 2009.–El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez López.

 

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