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Documento BOE-A-2009-14775

Resolución de 31 de agosto de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, complementaria de la de 16 de julio de 2009, por la que se conceden subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondientes al año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2009, páginas 77803 a 77808 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-14775

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden AEC/1303/2005, de 27 de abril, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, en el B.O.E. del 11 de marzo de 2009, se publicó la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), de 19 de febrero, por la que se convocan subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.

Instruido el correspondiente procedimiento por la Dirección de Cooperación Sectorial y Multilateral, la Comisión de Valoración prevista en el punto séptimo de la citada Resolución de convocatoria se reunió con fecha 25 de junio de 2009. Considerando las solicitudes presentadas y los informes motivados de las unidades orgánicas competentes, teniendo en cuenta los países y sectores considerados prioritarios en el Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012, en el Plan Anual 2009 y en la propia resolución de convocatoria, así como los criterios establecidos para la concesión de las ayudas, la propuesta elaborada por dicha Comisión comprendía la aprobación de subvenciones por un importe total de 59.379.976 euros con cargo a los créditos inicialmente comprometidos para la convocatoria, así como la aprobación condicionada de otras cuarenta y dos solicitudes, que se recogen en anejo a la presente Resolución, por un importe total de 10.020.997 euros.

La aprobación de este último importe propuesto quedaba condicionado a la ampliación del crédito del concepto 484, en virtud de lo dispuesto en el Anexo II de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, que en su apartado Segundo. Dos, establece como ampliable «El crédito 12.000X.03.431 “A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para los fines sociales que se realicen en el campo de la cooperación internacional (artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio). Porcentaje IRPF”».

La citada ampliación de crédito ha sido aprobada por la Ministra de Economía y Hacienda con fecha 20 de julio de 2009.

Considerando cuanto antecede, a propuesta de la Comisión de Valoración, esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo ha tenido a bien disponer:

Primero.–Aprobar un gasto de 10.020.997 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12-401-143 A-484.

Segundo.–Conceder una subvención para la realización de los correspondientes proyectos de cooperación para el desarrollo a las entidades contenidas en el Anejo a la presente Resolución, en el que se relacionan 42 proyectos comenzando en el nº 09-PR1-034 y finalizando en el n.º 09-PR1-580, por cumplir los criterios establecidos en la misma y haberse aprobado la ampliación de crédito que condicionaba su aprobación. Las subvenciones concedidas en la presente Resolución ascienden a un importe total de 10.020.997 euros.

Tercero.–Disponer la publicación de las ayudas relacionadas en el Anejo a la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 punto 1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el punto Noveno de la citada Resolución de 19 de febrero de 2009, a los efectos previstos en la base Decimotercera.1 de la mencionada Orden AEC/1303/2005.

En el plazo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución, los interesados deberán aceptar por escrito la ayuda remitiendo a la AECID el escrito de aceptación cuyo modelo se acompaña.

Una vez realizada la intervención para la que se ha concedido la ayuda, deberá justificarse en los plazos establecidos en la Resolución de 24 de marzo de 2009, de la Presidencia de la AECID, sobre procedimiento, justificación y control del gasto de proyectos de cooperación al desarrollo, mediante una memoria o informe con los resultados de la actividad, así como memoria económica de los pagos y operaciones bancarias realizadas con cargo a la ayuda percibida, según lo establecido en dicha Resolución de 24 de marzo de 2009, disponible junto con los correspondientes modelos en la página www.aecid.es (ONGD y Cooperantes /Subvenciones a ONGD/Normas de seguimiento y justificación/Convocatorias desde 2005) y, en su caso, reintegro del importe no gastado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no pudiéndose interponer simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 31 de agosto de 2009.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. S. (Resolución de 30 de julio de 2009), la Directora de la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, Carmen Fuente Salvador.

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