La Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2009 y el mes de enero de 2010 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2008, incluida la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de garantizar su liquidez en los mercados secundarios.
En virtud de dicha autorización, la Resolución de 21 de enero de 2009 de esta Dirección General reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2009 y el mes de enero de 2010, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año.
Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el cuarto trimestre de 2009 es necesario disponer las emisiones y convocar las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado a tres y diez años previstas para el próximo mes de octubre. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente disponer la emisión de un nuevo tramo de las Obligaciones del Estado a diez años al 4,30 por 100 que se vienen emitiendo, mientras que en Bonos del Estado a tres años se abre una nueva referencia que, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997, tendrá la calificación de Bonos segregables.
Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/3877/2008, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer, en el mes de octubre de 2009, las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado denominadas en euros que se indican en el apartado 2. siguiente y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, en la Resolución de 21 de enero de 2009 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en euros que se emiten:
a) Emisión de Bonos del Estado a tres años: El tipo de interés nominal anual será el 2,30 por 100 y los valores emitidos se amortizarán por su importe nominal el 30 de abril de 2013. Los cupones tendrán vencimiento el 30 de abril de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 30 de abril de 2010, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el primer cupón que, de acuerdo con lo previsto en el apartado 4.3.2 de la Orden EHA/3877/2008, tendrá un periodo de devengo reducido, comprendido entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del cupón. El importe bruto de este primer cupón, expresado en tanto por ciento del saldo nominal y redondeado a seis decimales, será del 1,298082 por 100, calculado mediante la siguiente expresión:
Cupón bruto = |
I x d |
365 |
donde «I» es el tipo de interés nominal expresado en tanto por ciento y «d» es el número de días del periodo de devengo, computándose como primer día la fecha de emisión y como último el día anterior a la fecha de vencimiento.
b) Emisión de Obligaciones del Estado a diez años: El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes EHA/1323/2009 y EHA/1369/2009, de 22 y 27 de mayo, para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 4,30 por 100, vencimiento el 31 de octubre de 2019, siendo el primer cupón a pagar el de 31 de octubre de 2009, por un importe del 1,778904 por 100 según se establece en la Orden EHA/1369/2009.
c) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución de ambas referencias deberá aprobarse mediante Resolución de esta Dirección General.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo mes de octubre, el día 1 para los Bonos y el día 15 para las Obligaciones, conforme al calendario hecho público en el apartado 1. de la Resolución de 21 de enero de 2009, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de las Obligaciones a diez años que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/3877/2008, es el 1,65 por 100; la emisión de la nueva referencia de Bonos a tres años, en este primer tramo, se efectúa sin cupón corrido al no haberse iniciado el periodo de devengo del primer cupón.
4. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en las subastas que se convocan se pondrán en circulación, respectivamente, los días 6 y 20 de octubre próximo, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas en el apartado 1. de la Resolución de 21 de enero de 2009 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. Unipersonal, y las Obligaciones a diez años se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.b) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre.
Madrid, 18 de septiembre de 2009.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.
Porcentaje
Precio excupón |
Rendimiento |
---|---|
98,75 |
2,675 |
98,80 |
2,660 |
98,85 |
2,644 |
98,90 |
2,629 |
98,95 |
2,614 |
99,00 |
2,600 |
99,05 |
2,585 |
99,10 |
2,570 |
99,15 |
2,555 |
99,20 |
2,540 |
99,25 |
2,525 |
99,30 |
2,510 |
99,35 |
2,495 |
99,40 |
2,480 |
99,45 |
2,465 |
99,50 |
2,450 |
99,55 |
2,435 |
99,60 |
2,420 |
99,65 |
2,406 |
99,70 |
2,391 |
99,75 |
2,376 |
99,80 |
2,361 |
99,85 |
2,346 |
99,90 |
2,331 |
99,95 |
2,317 |
100,00 |
2,302 |
100,05 |
2,287 |
100,10 |
2,272 |
100,15 |
2,258 |
100,20 |
2,243 |
100,25 |
2,228 |
100,30 |
2,213 |
100,35 |
2,199 |
100,40 |
2,184 |
100,45 |
2,169 |
100,50 |
2,155 |
100,55 |
2,140 |
100,60 |
2,125 |
100,65 |
2,110 |
100,70 |
2,096 |
100,75 |
2,081 |
100,80 |
2,067 |
100,85 |
2,052 |
100,90 |
2,037 |
100,95 |
2,023 |
101,00 |
2,008 |
101,05 |
1,994 |
101,10 |
1,979 |
101,15 |
1,964 |
101,20 |
1,950 |
101,25 |
1,935 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal. |
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 10 años al 4,30 %. Vto. 31-10-2019 (Subasta mes octubre)
Porcentaje
Precio excupón |
Rendimiento |
---|---|
102,25 |
4,023 |
102,30 |
4,017 |
102,35 |
4,011 |
102,40 |
4,005 |
102,45 |
3,999 |
102,50 |
3,993 |
102,55 |
3,987 |
102,60 |
3,981 |
102,65 |
3,974 |
102,70 |
3,968 |
102,75 |
3,962 |
102,80 |
3,956 |
102,85 |
3,950 |
102,90 |
3,944 |
102,95 |
3,938 |
103,00 |
3,932 |
103,05 |
3,926 |
103,10 |
3,920 |
103,15 |
3,914 |
103,20 |
3,908 |
103,25 |
3,902 |
103,30 |
3,896 |
103,35 |
3,890 |
103,40 |
3,884 |
103,45 |
3,878 |
103,50 |
3,872 |
103,55 |
3,866 |
103,60 |
3,860 |
103,65 |
3,854 |
103,70 |
3,848 |
103,75 |
3,842 |
103,80 |
3,836 |
103,85 |
3,830 |
103,90 |
3,825 |
103,95 |
3,819 |
104,00 |
3,813 |
104,05 |
3,807 |
104,10 |
3,801 |
104,15 |
3,795 |
104,20 |
3,789 |
104,25 |
3,783 |
104,30 |
3,777 |
104,35 |
3,771 |
104,40 |
3,765 |
104,45 |
3,759 |
104,50 |
3,753 |
104,55 |
3,747 |
104,60 |
3,742 |
104,65 |
3,736 |
104,70 |
3,730 |
104,75 |
3,724 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal. |
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