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Documento BOE-A-2009-15163

Resolución de 28 de agosto de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria, durante el curso 2009-2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24 de septiembre de 2009, páginas 80634 a 80635 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-15163

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/1547/2009, de 23 de abril, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 12 de junio, se convocaron subvenciones dirigidas a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria durante el curso 2009-2010.

Constituida la Comisión de Valoración establecida en el apartado sexto de la mencionada Orden, que regula la instrucción del procedimiento, y realizadas las acciones previstas en la misma, se formula propuesta definitiva de concesión de las subvenciones que se relacionan a continuación.

De conformidad con dicha propuesta, he resuelto:

Primero.–Conceder, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322G.480.02 de los Presupuestos Generales del Estado, y por un total de 220.000,00 euros, subvenciones a las empresas circenses que se relacionan, por la cuantía que se expresa y para el número de aulas indicado:

«Circo Deros, S.L.» de Basauri (Vizcaya)

22.000,00 euros

2 aulas

«Circo Americano a 3 Pistas, S.L.» de Vila Sacra (Girona)

22.000,00 euros

2 aulas

«Circo África» (Angélica López Sobrino) de Carrión de Calatrava (Ciudad Real)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Alemán Berlín, S.L.» de Málaga

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Holiday» (Trinidad Antolín Basurto) de Alcanadre (La Rioja)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Acquatico Florida» (Corty Zoppys) de Vila Sacra (Girona)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Quirós» (Luis Quirós Varela) de Corvera (Murcia).

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Tropical Mundo» (Liza Aneghini) de Lliria (Valencia)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Tonelly» (Amílcar Antonio de Almeida Alvés Ribeiro) de Basauri (Vizcaya)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Wonderland» (Macaggi y Cortés Cirkus, S.L) de Ourense

11.000,00 euros

1 aula

«Circo -Teatro Alaska, S.L.» de Pepino (Toledo)

11.000,00 euros

1 aula

»Circo Piraña Show» (Fabio Leandro Zavatta) de Mora La Nova (Tarragona)

11.000,00 euros

1 aula

»Circo Giulio, S.L.» de Torremolinos (Málaga)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Richards Bros» (Romana Vasallo in Monteiro) de Fuenlabrada (Madrid)

11.000,00 euros

1 aula

«The Royal Circos Group» de Getafe (Madrid)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Coliseo, S.L.» de Mislata (Valencia)

11.000,00 euros

1 aula

«Circo Álex Zavatta» (Alessandro Ramírez Zavatta) de Mora La Nova (Tarragona)

11.000,00 euros

1 aula

«Gran Circo Mundial» (CULTESPA, S.L.),.

11.000,00 euros

1 aula

Segundo.–Excluir o denegar el resto de las solicitudes.

Tercero.–Para la justificación de la correcta inversión de la subvención recibida, las empresas circenses deberán atenerse a lo dispuesto en los apartados undécimo, duodécimo y decimotercero de la orden de convocatoria.

Cuarto.–El Ministerio de Educación podrá establecer cuantas acciones de inspección y control considere oportunas para asegurar el correcto cumplimiento, durante el curso escolar 2009-2010, de todas las obligaciones asumidas por las empresas circenses subvencionadas, respecto a las condiciones de seguridad, dotación, limpieza y conservación de las instalaciones en las caravanas dedicadas al aula itinerante y en las dedicadas a vivienda para los maestros, así como para verificar el proceso de escolarización.

Quinto.–Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a lo que establecen los Artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid 28 de agosto de 2009.–La Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de Julio), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

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