Visto el expediente de indulto de don Ahmed Salhi, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección cuarta, en sentencia de 22 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la salud púbica, a la pena de tres años de prisión y 50 euros de multa, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 2009,
Vengo en conmutar a don Ahmed Salhi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 28 de agosto de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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