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Documento BOE-A-2009-15235

Resolución de 14 de julio de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 2009, páginas 81023 a 81033 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-15235

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 14 de julio de 2009.–El Secretario de Estado de telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Segunda adenda al año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza

En Madrid, a 1 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. don Paulino Rivero Baute, en su condición de Presidente del Gobierno de Canarias, en virtud del Real Decreto 968/2007, de 12 de julio («BOC» 140, de 13-7-2007), conforme a lo previsto en el artículo 4.1 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» 115, de 10-6-2008), actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio marco de colaboración firmado con fecha 29 de junio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, dependiente de la Presidencia del Gobierno, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008), es el órgano encargado de desempeñar las competencias relativas a las políticas y programas públicos en materia de investigación, desarrollo tecnológico, innovación empresarial y despliegue de la sociedad de la información de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC), así como de las entidades dependientes de la misma.

Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

IV. La evolución y continuo avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) propicia, en mucho de los casos, la generación de nuevas vías y maneras en la que los ciudadanos pueden realizar sus quehaceres diarios y, en otros, proporciona mecanismos que optimizan la realización de dichas actividades, repercutiendo en ambos casos en una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos. Éstos, al objeto de no ser ajenos a las implicaciones de la Sociedad de la Información y posibilidades que les brinda, deberían disponer de mecanismos a su alcance que les permitieran estar en continuo conocimiento, al menos, de las principales herramientas y funcionalidades que las TICs le pueden proporcionar.

El Gobierno de Canarias, en la consideración de que el conocimiento por parte de la ciudadanía de las TIC y de sus posibilidades, así como de la necesidad de inculcar una cultura innovadora en el archipiélago canario, es un activo estratégico para el desarrollo de la Sociedad de la Información en Canarias, ha articulado un conjunto de actuaciones y mecanismos en esta línea, que ha concentrado, en la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, su diseño y ejecución.

El Gobierno de Canarias, en línea con los objetivos generales del Plan Avanza así como con los objetivos específicos definidos en el área de actuación «Hogar e Inclusión de Cuidadanos», pretende desarrollar en el marco de esta adenda un conjunto de actuaciones orientadas a incrementar el uso de las TIC por parte de la ciudadanía en su actividad diaria, incidiendo de forma especial sobre aquellos colectivos poblacionales con un riesgo de exclusión digital elevado. Igualmente, será objeto de esta adenda la generación de contenidos y materiales divulgativos así como la realización de eventos de difusión destinados a poner en conocimiento de la ciudadanía canaria las posibilidades y ventajas que proporciona la adopción de las TIC en las gestiones habituales o normales que una persona afronta en el desarrollo de su vida diaria.

V. Que el Programa Ciudadanía Digital enmarcado en el área de actuación de «Hogar e Inclusión de Ciudadanos» del Plan Avanza, se orienta a incrementar el número de usuarios de Internet.

Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (EBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet.

Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua.

Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma.

Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo.

Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares.

Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.–La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el acuerdo quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa.

La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza.

Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudadanía Digital en la Comunidad Autónoma de Canarias a petición de la propia Comunidad.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Comunidad Autónoma de Canarias se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el acuerdo quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda.

Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudadanía Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudadanía Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio marco de colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Canarias con fecha 29 de junio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular:

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un ente de derecho público o una empresa pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria de la misma, según proceda.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y transparencia especificados en el artículo 1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.–La financiación de las actuaciones para los años 2008-2009, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Años

2008

2009

Total años

Financiadores

Aportaciones económicas

Euros

Aportaciones económicas

Euros

Aportaciones económicas

Euros

MITYC

1.234.668,00

0,00

1.234.668,00

C.A. de Canarias

950.183,00

60.000

1.010.183,00

Total Administraciones Públicas

2.184.851,00

60.000,00

2.244.851,00

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Canarias, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.234.668,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Y la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información contribuirá a la financiación de las actuaciones objeto de la presente Adenda con la cantidad de 1.010.183,00 euros, conforme se desglosa a continuación:

508.500,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.20.542K.640.21 PILA 08606238 «Fomento de la Sociedad de la Información en la ciudadanía».

200.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.20.542K.640.22 PILA 08606237 «Acceso sin barreras a los servicios de la S.I.».

301.683,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.20.542K.640.22 PILA 07615025 «Sociedad de la Información».

La Comunidad Autónoma de Canarias podrá incluir en la financiación que le corresponde los gastos generados por las actuaciones previstas en esta Adenda y ejecutadas desde el 1 de enero de 2008.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio marco de colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Ciudadanía Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de Canarias presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Séptimo. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de dos años.

Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga.

Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente Adenda es el establecido en el título primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Noveno. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

ANEXO
Programa Ciudadanía Digital

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Observatorio Canario de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

El Observatorio Canario de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, de carácter permanente y vinculado al Foro Canario de la Sociedad de la Información, se configura como el instrumento del Gobierno de Canarias para el seguimiento, análisis y difusión de la situación del sector de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones, del sector audiovisual y de la Sociedad de la Información.

Desde la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información se pretende dar un impulso al Observatorio en su tarea de análisis, valoración y comparación de estadísticas e indicadores de desarrollo de la Sociedad de la Información, y de políticas y programas de actuaciones a nivel nacional y europeo, potenciando su labor de provisión de información, análisis y propuestas para orientar la actividad del Gobierno de Canarias en el ámbito de la Sociedad de la Información.

Dentro de esta actuación, las posibles actividades a desarrollar son:

Establecimiento de convenios con organismos de estudios para mejorar el análisis y valoración del desarrollo y la evolución de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información en los ámbitos social, administrativo y empresarial de Canarias.

Convocatorias del Foro Canario de la Sociedad de la Información como órgano de consulta, participación, información, debate y difusión de las distintas Administraciones Públicas Canarias y los diferentes sectores sociales en materia de desarrollo de las telecomunicaciones y la sociedad de la información en Canarias.

Convocatorias del Observatorio Canario de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información como instrumento de seguimiento, análisis y difusión de la situación del sector de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones, del sector audiovisual y de la sociedad de la información.

Actualización y adaptación de indicadores de desarrollo de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, comparando resultados a nivel regional, nacional y europeo.

Elaboración de estudios y seguimiento de las iniciativas o proyectos desarrollados por las Administraciones Públicas Canarias en el ámbito de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Elaboración de informes y propuestas en los distintos ámbitos que incidan en la viabilidad y desarrollo de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información en Canarias.

Seguimiento del desarrollo de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y el análisis de las principales iniciativas en el ámbito nacional e internacional.

Publicación y mantenimiento de información sobre la actividad del Observatorio.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de estudios estadísticos promovidos.

Número de informes desarrollados.

Número de visitas generadas a la página web, visitantes únicos, páginas vistas, etc.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008

MITYC: 200.000,00 euros.

CA: 0,00 euros.

Total: 200.000,00 euros.

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 200.000,00 euros.

Total: 200.000,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

Actuación 2. Centro Móvil de Información, Difusión y Formación TIC

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

El objetivo de esta actuación es promover el conocimiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre la población en general y, especialmente, en entornos rurales y en colectivos desfavorecidos, que registran un índice menor de equipamiento y uso de las nuevas tecnologías.

El centro móvil proporcionará información sobre las ventajas y servicios de la Sociedad de la Información, promoverá las distintas actuaciones que tanto a nivel regional como nacional se realizan en dicho ámbito, y proporcionará formación en el uso de las TIC.

El centro móvil aprovechará las oportunidades que ofrecen los grandes espacios para la realización de eventos, y las acercará a lugares que por sus características no cuentan con ellos. Del mismo modo, tratará de ofrecer, de manera personalizada y en un entorno tecnológico y físico adecuado, formación a los interesados en la utilización de los servicios de la Sociedad de la información.

Las actividades a desarrollar incluyen la preparación del recurso móvil que acogerá el centro de difusión, demostración y formación, el pago del personal que lo atiende, de las telecomunicaciones que lo equipan y de los materiales o contenidos que se van a utilizar en las actividades de difusión y formación.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de actividades realizadas.

Número de localidades visitadas.

Número de personas atendidas.

Número de materiales desarrollados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008

MITYC: 300.000,00 euros.

CA: 0,00 euros.

Total: 300.000,00 euros.

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 300.000,00 euros.

Total: 300.000,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

Actuación 3. Centros de Servicios de la Sociedad de la Información

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

La actuación tiene como objetivo fundamental facilitar el acceso a los servicios de la Sociedad de la Información en el medio rural y a colectivos desfavorecidos para disminuir la brecha digital.

En colaboración con entidades sin ánimo de lucro, pymes y administraciones locales, se pretende realizar una acción coordinada que permita multiplicar el alcance de las actividades desarrolladas e impulsadas desde la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Las actividades que se desarrollarán abarcaran todo el modelo de gestión: dotación de infraestructura, gestión de los usuarios; planificación de los servicios; comunicación interna y externa; página web; elaboración de contenidos y material didáctico; gestión del personal, formación y la evaluación de los centros.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de centros.

Número de usuarios.

Número de actividades desarrolladas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008

MITYC: 300.000,00 euros.

CA: 0,00 euros.

Total: 300.000,00 euros.

 

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 300.000,00 euros.

Total: 300.000,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

Actuación 4. Proyectos Piloto TIC para la Ciudadanía

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

La actuación consiste en la realización de proyectos piloto entorno a tecnologías que favorezcan el acceso, sin barreras, a la Sociedad de la Información y a los servicios que ésta puede proporcionar.

En línea con otras actuaciones se concederá prioridad a proyectos dirigidos a colectivos que registran un índice menor de equipamiento y uso de las nuevas tecnologías, con la intención de reducir la brecha digital.

Por otro lado, se pretende favorecer también la realización de proyectos que introduzcan nuevos medios de acceso a los servicios y contenidos de la Sociedad de la Información, y que pongan en marcha nuevos servicios de interés y utilidad para los ciudadanos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de proyectos realizados.

Número de beneficiarios de los proyectos.

Número de servicios/contenidos puestos en marcha.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008

MITYC: 120.000,00 euros.

CA: 200.000,00 euros.

Total: 320.000,00 euros.

5. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 320.000,00 euros.

Total: 320.000,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

Actuación 5. Eventos de Difusión y Divulgación de la Sociedad de la Información

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

El objetivo de esta actuación es promover el conocimiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como de los servicios de la Sociedad de la Información entre la población en general.

Para ello la actuación promoverá, apoyará y financiará actividades de difusión, divulgación y formación en tecnologías, herramientas y servicios relacionados con la información, las comunicaciones y la SI.

Las actividades podrán consistir en el diseño, organización y producción de:

Eventos (jornadas, seminarios, congresos, ferias, foros, conferencias, etc.).

Acciones formativas y de difusión (talleres, cursos, circuitos, ciclos, etc.).

Diseño y desarrollo de contenidos de teleformación, al objeto de aumentar la oferta de cursos digitales para incorporarlos a plataformas multicanal.

Exposiciones, contenidos multimedia, documentales, material didáctico o divulgativo.

Libros, revistas y boletines del sector, o números especiales en publicaciones generalistas.

Se dará prioridad a las acciones de mayor interés y en los colectivos con mayores necesidades.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de actividades realizadas.

Número de personas/entidades beneficiadas.

Número de materiales desarrollados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Años

2008

Euros

2009

Euros

Total años

Euros

MITYC

224.668,00

0,00

224.668,00

C.A. de Canarias

750.183,00

60.000,00

810.183,00

Total

974.851,00

60.000,00

1.034.851,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 1.034.851,00 euros.

Total: 1.034.851,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

 

Actuación 6. Oficina Técnica de Gestión

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación:

El objeto de la presente actuación es la prestación de servicios de apoyo a la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información para la gestión, explotación, coordinación, seguimiento, control y monitorización de las acciones de la presente Adenda. Para ello, se definen las siguientes actividades objeto de la asistencia técnica:

Gestión del diseño, contratación, arranque, implantación y garantía de calidad de los proyectos y servicios desarrollados mediante la presente Adenda.

Control y monitorización de los servicios, sistemas, mantenimiento y de los proyectos desarrollados.

Realización de propuestas de proyectos, iniciativas y actuaciones para el desarrollo de la Sociedad de la Información en sus distintos ámbitos (equipamiento, uso e impacto en hogares, educación, infraestructuras, y administración electrónica).

Para alcanzar el objetivo general, la Oficina Técnica deberá:

Verificar, coordinar y facilitar el cumplimiento de los planes de los adjudicatarios desde el punto de vista de gestión de Programa (proyecto de proyectos), compromisos de calidad y el cumplimiento de requisitos técnicos y funcionales.

Monitorizar el cumplimiento de los acuerdos de calidad de los proyectos, el nivel de utilización de los servicios, la recopilación de la información de seguimiento (indicadores) y el cumplimiento de objetivos, y la satisfacción de los usuarios.

Seguimiento de proyectos e iniciativas a nivel nacional y europeo que, por sus objetivos y resultados, puedan replicarse en Canarias para contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información en sus distintos ámbitos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de proyectos desarrollados.

Número de proyectos evaluados.

Número de propuestas de actividades realizadas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008

MITYC: 90.000,00 euros.

CA: 0,00 euros.

Total: 90.000,00 euros.

4. Justificación de las inversiones y su plazo:

Año 2009

CA: 90.000,00 euros.

Total: 90.000,00 euros.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación:

El órgano encargado de la coordinación y seguimiento de la actuación será la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de la Presidencia del Gobierno de Canarias, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 129/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno («BOC» n.º 115, de 10-6-2008).

 

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