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Documento BOE-A-2009-16024

Orden JUS/2708/2009, de 21 de septiembre, por la que se acuerda declarar la pérdida de la condición de funcionaria de carrera de doña María Luz Pérez Vicandi.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2009, páginas 85032 a 85032 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2009-16024

TEXTO ORIGINAL

Por sentencia número 10 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zamora, de fecha 23 de junio de 2009, recaída en el Rollo n.º 6/2009, dimanante de los autos de procedimiento abreviado n.º 38/2008, procedente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Benavente, firme por Auto de fecha 1 de septiembre de 2009, se condena a doña María Luz Pérez Vicandi, funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa con destino en el Registro Civil de Bilbao, como autora responsable de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, previsto y penado en el artículo 413 del Código Penal y de un delito continuado de falsedad en documento oficial, previsto y penado en el artículo 392, en relación con los artículos 390.1 y 2 y 74 del Código Penal, concurriendo las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal atenuante analógica de alcoholismo del artículo 21.6 en relación con los artículos 21.1, 20.1 y 66.7 del Código Penal y agravante del párrafo 7.º del artículo 22 del Código Penal, a la pena de 6 meses de prisión y multa de 6 meses con una cuota diaria de 4 euros y 90 días de privación personal en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público por un período de 2 años por el delito de infidelidad en la custodia de documentos, y la pena de 1 año y 6 meses de prisión y multa de 8 meses con una cuota diaria de 4 euros y 120 días de privación personal en caso de impago por el delito de falsedad continuada de documento oficial, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Considerando que en el artículo 443.2.d), en relación con el artículo 491.2, de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se establece que la condición de funcionario se pierde «por inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los Tribunales cuando la misma sea firme».

Este Ministerio, en el ejercicio de la competencia conferida por el artículo 494 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, acuerda la pérdida de la condición de funcionario de carrera de doña María Luz Pérez Vicandi, con DNI n.º 14931276, con efectos del día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de septiembre de 2009.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

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