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Documento BOE-A-2009-16382

Resolución de 1 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Planes de emergencia de las presas de Cijara, García de Sola y Orellana, Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2009, páginas 86840 a 86846 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-16382

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Planes de emergencia de las presas de Cíjara, García de Sola y Orellana (Badajoz) se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el artículo 3.2.b), del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

Mediante este proyecto se pretenden realizar las obras necesarias para la implantación de los Planes de Emergencia de las presas de Cíjara, García de Sola y Orellana, sobre el río Guadiana.

El ámbito de actuación se localiza en los términos municipales de Alía, Herrera del Duque, Don Benito, Orellana la Vieja, Campanario y Talarrubias, en la provincia de Badajoz (Comunidad Autónoma de Extremadura).

Las actuaciones comunes recogidas en el proyecto para las tres presas son:

Centro de control de Don Benito, con dotación del hardware y software necesario para realizar su función.

Sistema de aviso a la población.

Mejora de comunicaciones internas.

Actualización de instalaciones eléctricas.

Las actuaciones en la presa de Cíjara son:

Construcción de una sala de emergencias en las proximidades de la coronación, junto al estribo de la margen izquierda.

Reposición de uno de los bloques de contrapesa que sirve de cierre al cuenco del aliviadero de la presa.

Adecuación del sistema de drenaje de la presa.

Adecuación del sistema de impermeabilización.

Acondicionamiento de galerías y cámaras de maniobra.

Acondicionamiento de caminos desde coronación a pie de presa.

Mejora de señalización y seguridad de accesos.

Las actuaciones en la presa de García de Sola son:

Construcción de una sala de emergencias en las proximidades de la coronación, dentro del aparcamiento de la margen izquierda del embalse.

Acondicionamiento de los desagües de fondo.

Las actuaciones en la presa de Orellana son:

Acondicionamiento de un despacho de las oficinas de explotación existente como sala de emergencia.

Acondicionamiento de las juntas de la presa.

Acondicionamiento de las galerías y cámaras de maniobra.

Nuevo acceso a la galería inferior.

Acondicionamiento de la carretera de acceso a la presa por la margen derecha.

Acondicionamiento de los caminos internos de coronación a pie de presa.

El promotor del proyecto y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas.

Con fecha 1 de abril de 2009 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental envía consultas a los siguientes organismos; se señala con un «X» aquellos que emitieron contestación:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Dirección General de Medio Natural. Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. Junta de Extremadura.

X

Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. Junta de Extremadura

X

Dirección General de Infraestructuras y Agua. Consejería de Fomento. Junta de Extremadura.

-

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura y Turismo. Junta de Extremadura.

X

Ayuntamiento de Alía.

-

Ayuntamiento de Campanario.

-

Ayuntamiento de Don Benito.

-

Ayuntamiento de Orellana La Vieja.

-

Ayuntamiento de Talarrubias.

-

S.E.O./Birdlife.

-

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y los Recursos de Extremadura (ADENEX).

-

Ecologistas en Acción de Extremadura.

-

Un resumen de los principales aspectos ambientales recogidos en las respuestas es el siguiente:

Espacios protegidos. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señalan que la actuación coincide con algunos espacios incluidos en la Red Natura 2000:

Lugar de importancia comunitaria (LIC) y zona de especial protección para las aves (ZEPA) ES4310009 Puerto Peña-Los Golondrinos.

LIC y ZEPA ES0000068 embalse de Orellana y Sierra de Pela.

LIC ES4310026 río Guadiana Alto-Zújar.

LIC ES4310010 y ZEPA ES0000367 La Serena.

Además, existen otros espacios protegidos en la zona:

Humedal incluido en la lista RAMSAR: Código 23 Embalse de Orellana.

Zona de especial conservación (ZEC) Embalse de Orellana y Sierra de Pela.

Área Importante para las Aves (IBA):

n.º 282 Embalse de Cíjara.

n.º 283 Embalse de Puerto Peña–Valdecaballeros.

n.º 284 Sierra de Pela–embalse de Orellana–Zorita.

n.º 297 Sierras de Las Villuercas.

Respecto a la posible afección, los organismos indican que no se espera afección significativa sobre estos espacios. No obstante, la citada Dirección General de Medio Natural y Política Forestal señala que los vertederos se deberán ubicar fuera de zonas sensibles, se construirán barreras de sedimentos provisionales durante las obras para evitar la llegada de sedimenttos a los cauces, se restaurarán morfológicamente los terrenos afectados y se redactará un plan de vigilancia ambiental.

Hábitats naturales de interés comunitario y vegetación. Respecto a los hábitats presentes, en el área de influencia aparecen polígonos del 5330 matorrales termomediterráneos y pre-estépicos, 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales de TheroBrachypodietea (prioritario) y 6310 dehesas perennifolias de Quercus spp., según indica la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Asimismo, los desbroces pueden afectar a especies con cierto grado de amenaza, como: Marsilea batardae y Marsilea strigosa, sensibles a la alteración de su hábitat en Extremadura, Scrophularia oxyrhyncha Coincy, vulnerable en Extremadura y los endemismos de la región extremeña, Aristolochia pallida castellana o Serapias perez-chiscanoi, ambas en peligro de extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Por su parte, la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura indica que los trabajos de acondicionamiento de caminos internos se realizarán fuera del periodo primaveral, especialmente los trabajos de desbroce previo a los reperfilados de cunetas. Se recomienda que estos desbroces respeten el arbolado autóctono y las especies de matorral noble, un apostado sobre estos pies y evitar desbroces o podas con maquinaria pesada o no específica para estos trabajos. Además, en caso de realizar cortas se contará con la autorización emitida por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Junta de Extremadura. Por otro lado, cuando el acondicionamiento de estos caminos y carreteras de servicio (especialmente los 25 km de la presa de Orellana) implique cambios sustanciales en el trazado o las características actuales de la carretera, deberá someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Fauna. En cuanto a las especies presentes, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino destaca entre la avifauna la cigüeña negra (Ciconia nigra) y el milano real (Milvus milvus), catalogados como en peligro de extinción y vulnerable, respectivamente, según el Catálogo Español de Especies Amenazadas y el Catálogo Regional.

Dentro de los mamíferos resalta la presencia de nutria (Lutra lutra) y lince ibérico (Linx pardinus), catalogado éste último como en peligro de extinción según el Catálogo Español y prioritaria según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Además, existen diversas especies de quirópteros como Rhinolopus ferrumequinum, Rhinolopus mehelyl y Myotis myotis, catalogados como vulnerables según el Catálogo Español y el segundo en peligro de extinción según el Regional.

Por ello, indica que se deberá comprobar que en la zona de localización de las construcciones proyectadas, en el área de apertura o modificación de caminos o en las zonas auxiliares de obras, no se encuentren especies incluidas en los anexos II y/o V de la citada Ley 42/2007 o protegidas a nivel nacional o regional. Si se localizasen, se cambiaría la ubicación de las actuaciones y se implantarían medidas de protección. Además, la malla para los cerramientos será plastificada en verde, sin alambre de espinos y se pintarán los postes en verde o marrón.

Asimismo, en la presa de García de Sola, debido a la presencia próxima de especies presentes en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, todos los trabajos que puedan implicar molestias por ruidos a dichas especies se realizarán fuera del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto, tal y como indica la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Igualmente, la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la citada Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente señala que dado que hay presencia de especies incluidas en el Catálogo Regional, se estará a lo dispuesto por el personal de esta Dirección General de Medio Ambiente, la cual podrá determinar la paralización de las actuaciones durante el tiempo que considere necesario.

Patrimonio cultural. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura señala que el proyecto no produce impactos significativos sobre el patrimonio arqueológico.

Con fecha 31 de agosto de 2009 la Confederación Hidrográfica del Guadiana acepta expresa e íntegramente todas las medidas solicitadas por la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Junta de Extremadura, que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto. El proyecto incluye diversas actuaciones cuyas mediciones más significativas son:

Actuación

Medición

Edificaciones.

Sala de Emergencia de Cijara.

60 m2

Sala de Emergencia de García de Sola.

100 m2

Excavaciones.

< 200 m3

Líneas eléctricas subterráneas por canaletas.

75 m

Línea eléctrica subterránea por borde carretera acceso presa.

100 m

Demolición de hormigón.

360 m3

Hormigón.

300 m3

Longitud de caminos internos acondicionados.

Presa de Cíjara.

5 km

Presa de Orellana.

25 km

Pavimento interior en galerías presa.

Presa de Cíjara.

900 m2

Presa de Orellana.

1.800 m2

Acondicionamiento de juntas presa Cíjara.

1.500 m

Reperforación de drenes en presa Cíjara.

500 m

Tratamiento pantalla impermeabilización en presa Cíjara.

5.000 m2

Tratamiento impermeabilizaciones de junta en presa de Orellana.

3.600 m

En las carreteras y caminos se procederá al reperfilado de paseos y cunetas, extendido de una capa de aglomerado asfáltico o dotación de señalización horizontal y vertical, por lo que las actuaciones a desarrollar no suponen cambios sustanciales del trazado o las características de los caminos y carreteras, tal como se demandaba en el informe de la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura

Ubicación del proyecto. El ámbito de actuación se localiza al noreste de la provincia de Badajoz, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cercano al límite con la provincia de Ciudad Real, en suelos de dominio público hidráulico y/o destinados a usos forestales, agrícolas y ganaderos que abarcan varios espacios protegidos y de la Red Natura 2000. En concreto, el proyecto se llevará a cabo en el interior y entorno de las presas de Cíjara, García de Sola y Orellana, en los términos municipales de Alía, Herrera del Duque, Don Benito, Orellana la Vieja, Campanario y Talarrubias.

Características del potencial impacto. La actuación se sitúa en algunos espacios pertenecientes a Red Natura 2000: LIC y ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos (ES4310009), LIC La Serena (ES4310010), LIC río Guadiana Alto-Zújar (ES4310026) y ZEPA La Serena y sierras periféricas (ES0000367). Así como, en el humedal RAMSAR Embalse de Orellana (Código 23). Por ello, no se realizará ningún trabajo auxiliar dentro de los terrenos limitados como zonas de exclusión (espacios sensibles a la alteración: cauces naturales, etc.) de manera que en estas áreas esté prohibida la localización de cualquier tipo de instalación o servidumbre. Igualmente, se jalonará el perímetro de actividad y se elegirá una localización adecuada de instalaciones y elementos auxiliares de obra para evitar la afección a zonas de alta sensibilidad faunística, como son los espacios pertenecientes a Red Natura 2000, de modo que éstas serán zonas excluidas para la ubicación de instalaciones, caminos y elementos auxiliares.

Por otro lado el tráfico de maquinaria pesada y transporte de materiales y los movimientos de tierra provocarán un aumento de sólidos en suspensión y humos de combustión de motores. Además, se incrementará el nivel de ruido. Para reducir estas emisiones, el citado parque deberá mantenerse en las mejores condiciones posibles, respetando los plazos de revisión de los motores y maquinaria. Asimismo, los sistemas de aviso a la población en la zona de la media hora se han proyectado a base de sirenas electrónicas, con posibilidad de graduación de volumen y tonos, y con sistemas de comprobación de funcionamiento mudos.

Existe la posibilidad de que se produzcan vertidos al agua y al suelo. Sin embargo, puesto que los parques de maquinaria incorporarán plataformas completamente impermeabilizadas, y con sistemas de recogida de residuos, y la mayoría de las obras se realizarán en zonas alquitranadas u hormigonadas se reducirá este impacto. Además, se dispondrá de un sistema que garantice la adecuada gestión de los residuos y desechos generados como consecuencia de la ejecución de las obras y se realizará un control adecuado de los vertidos de materiales, lubricantes y combustibles. Igualmente, se gestionarán todos los residuos generados durante las obras atendiendo especialmente a los producidos en la zona de instalaciones auxiliares. Para el caso de los materiales de construcción, éstos deberán quedar aislados del suelo y de las posibles lluvias.

La fauna sufrirá las molestias generadas por los movimientos de tierras, el tráfico de maquinaria, el transporte de materiales, pérdida de calidad del hábitat, etc. Sin embargo, la adecuación del calendario de obras permitirá que las actuaciones no se desarrollen durante el periodo de cría de las comunidades faunísticas más sensibles (águila azor perdicera, buitre negro, cigüeña negra, etc.), que abarca el periodo comprendido entre los meses de febrero a julio, ambos inclusive.

Respecto a la flora, se realizará un desbroce y despeje de la vegetación. Sin embargo, siempre se hará evitando la afección a taxones incluidos en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Junta de Extremadura y aplicando las medidas del Plan de Lucha contra los Incendios Forestales de Extremadura (INFOEX).

Por otro lado, dado que las nuevas instalaciones se situarán en las inmediaciones de la presa donde ya se encuentra la carretera, aparcamientos, etc., no se espera un impacto paisajístico importante. Además, los edificios proyectados deberán adecuarse al entorno y en el caso de los materiales sobrantes, éstos serán llevados a vertederos autorizados con planes de restauración aprobados.

Asimismo, la actuación supondrá una mejora de las infraestructuras y un incremento de la demanda de mano de obra. Además, para evitar molestias a los usuarios de la carretera de acceso a Orellana desde la N-430, se deberán planificar los trabajos de forma que no afecten a la circulación de vehículos.

Además, con el fin de asegurar la minimización de la incidencia ambiental de la actuación, se realizará un seguimiento de comprobación de que las medidas correctoras han surtido el efecto amortiguador para el que se previeron.

Por último, en el informe remitido con fecha 31 de agosto de 2009 por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en el que se envía informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura en relación al presente proyecto, el promotor indica que las recomendaciones y medidas correctoras y preventivas que sugiere la Comunidad Autónoma en el citado informe serán asumidas por la Dirección de obra.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 1 de octubre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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