Por Resolución de 28 de marzo de 2005, se concedió a «Viajes Gira Bidaiak, S.L.» el Título Licencia de Agencia de Viajes Minorista como consecuencia del expediente instruido a instancia de doña Tania Laguna Vaca.
Considerando que con fecha 7 de octubre de 2009, esta Secretaría de Estado de Turismo inicia expediente de anulación de su Título Licencia a Agencia de Viajes Minorista por las siguientes causas:
a) La no renovación de la Póliza del Seguro Caución contratada con Grupo Catalana de Occidente.
b) En visita de inspección efectuada el 6 de octubre de 2009 se pudo comprobar que dicha empresa había cesado en su actividad.
c) El domicilio social de la empresa, está ocupado por otra actividad.
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.º 1 del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo (B.O.E. del 29), y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22), en relación con el artículo 7.1 del Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, (B.O.E. del 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de revocar estas licencias, esta Secretaría de Estado de Turismo ha resuelto anular el título-licencia de Agencia de Viajes Minorista a Viajes Gira Bidaiak con el Código Identificativo de Euskadi C.I.E. 2223 y sede social en c/ San Esteban, n.º 9, de Etxebarri (Vizcaya).
Madrid, 7 de octubre de 2009.–El Secretario de Estado de Turismo, Joan Mesquida Ferrando.
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