Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-17170

Orden CUL/2882/2009, de 6 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Jerusalem.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2009, páginas 90489 a 90490 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2009-17170

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Jerusalem en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad sin ánimo de lucro «The Jerusalem Foundation», representada por don Fernando Álvarez Barón Rodríguez, con DNI número 02.522.366-W, en Madrid, el 17 de junio de 2009, según consta en la escritura pública número dos mil cuarenta y dos, subsanada por la escritura pública número tres mil cincuenta, de 28 de agosto de 2009, otorgadas ambas ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Andrés Domínguez Nafría.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, en la calle Montalbán, número 9, 1.º, código postal 28014 y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación ha sido desembolsada en su totalidad, mediante aportación de la entidad fundadora «The Jerusalem Foundation», tal y como consta en certificación bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º La promoción y defensa de los valores de la tolerancia, libertad y pluralismo en la sociedad civil y en particular en aquellas en que la coexistencia de múltiples culturas y religiones hacen imprescindible la existencia de estos valores para un desarrollo social y humano pleno, como por ejemplo la sociedad de la ciudad de Jerusalem. 2.º La promoción de la cultura, la educación, la ciencia y el deporte en aquellas sociedades en que coexistan diversas culturas y religiones. 3º. Impulsar el diálogo y ahondar en la búsqueda de soluciones a los problemas de comunicación intercultural que afectan a nuestra sociedad. 4.º El fomento de la cooperación y solidaridad entre culturas, de carácter regional, nacional o supranacional en aquellas sociedades en que coexistan múltiples culturas y religiones. 5.º Impulsar el arte y la cultura como forma de expresión para potenciar el multiculturalismo o los valores de tolerancia, libertad y pluralismo.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: don León Benelbás Tapiero y Vocal(es): don Fernando Álvarez Barón Rodríguez, doña Ruth Hadassa Cheshin, don Ronald Charles Stern y don Arie Zehavi. El fundador, por medio de su representante, nombra Secretario no patrono a doña Adriana Jaramillo Seligmann.

En la escritura de constitución consta la aceptación del cargo de vocal por parte de don Fernando Álvarez Barón Rodríguez. La aceptación del resto de los cargos indicados se llevó a cabo, en la misma fecha de la escritura de constitución, mediante documento privado con firma legitimada notarialmente. Además, don León Benelbás Tapiero y doña Adriana Jaramillo Seligmann ratifican la aceptación de sus cargos de Presidente y Secretario no Patrono, respectivamente, en escritura pública número dos mil cuarenta y tres, de distribución de cargos en el Patronato y concesión de poderes, de 17 de junio de 2009, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Andrés Domínguez Nafría.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.

La Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas a la Ministra.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Jerusalem en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Jerusalem, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, en la calle Montalbán, número 9, 1.º, código postal 28014, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento el otorgamiento de poderes a favor de don León Benelbás Tapiero, según consta en la escritura pública número dos mil cuarenta y tres, de distribución de cargos en el Patronato y concesión de poderes, de 17 de junio de 2009, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Andrés Domínguez Nafría.

Tercero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento el otorgamiento de poderes, en forma solidaria, a favor de don Ronald Charles Stern y de doña Adriana Jaramillo Seligmann, según consta en la escritura pública número dos mil cuarenta y tres, de distribución de cargos en el Patronato y concesión de poderes, de 17 de junio de 2009, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Andrés Domínguez Nafría.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 6 de octubre de 2009.–La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid