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Documento BOE-A-2009-17174

Resolución de 14 de octubre de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Convenio específico para el año 2009, del Protocolo general de colaboración entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2009, páginas 90523 a 90525 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2009-17174

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 13 de octubre de 2009, Convenio Específico para el año 2009 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de octubre de 2009.–El Secretario General de Política Social y Consumo, Francisco Moza Zapatero.

ANEXO
Convenio específico para el año 2009 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, D.ª Trinidad Jiménez García-Herrera, Ministra de Sanidad y Política Social, nombrada por Real Decreto 559/2009, de 7 de abril, BOE de 7 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el art. 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el art. 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra D.ª Pilar Farjas Abadía, Consejera de Sanidad de la Xunta de Galicia actuando en nombre y representación de la Consellería de Sanidad, en virtud de nombramiento aprobado por el Decreto 81/2009, del 19 de abril, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y por la ley 12/2007, de 27 de julio, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 310/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la administración pública gallega, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.–Que la actuación de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia en el año 2009 se concretará en el desarrollo de los programas:

«CREATIVE»: para la prevención del consumo de drogas en los espacios de ocio nocturno de Galicia: 70.000,00 €.

Plan de formación específica para mejorar la atención al paciente cocainómano dirigido a profesionales de la red sanitaria gallega: unidades de conductas adictivas, de la red de salud mental y servicios de atención primaria y de urgencias: 50.000,00 €.

Estudio sobre la percepción de riesgo, impulsividad, búsqueda de sensaciones y trastornos de personalidad en población juvenil de Galicia consumidora de psicoestimulantes: 50.000,00 €.

Evaluación de los tratamientos para dependencias a psicoestimulantes en la red asistencial de drogodependencias de Galicia: 50.000,00 €.

Intervención desde la pediatría en la prevención del consumo de drogas adolescente (IPPCDA): 20.200,00 €.

Programa de intervención precoz con drogodependientes en situación de emergencia social: 80.000,00 €.

El abordaje de las drogodependencias desde los Servicios Sociales (Protocolo de actuación en servicios sociales): 10.000,00 €.

Programa de seguimiento y atención precoz de personas en tratamiento una vez excarceladas: 50.000,00 €.

Protocolo de abordaje asistencial con perspectiva de género: 15.000,00 €.

Segundo.–Que el Ministerio de Sanidad y Política Social (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 13 de mayo de 2009, con un total de 395.200,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.–Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.–Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia durante el ejercicio 2009.

Quinto.–Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público.

Sexto.–El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su Artículo 4.1.c., aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.–La Consejera de Sanidad de la Xunta de Galicia, M.ª Pilar Farjas Abadía.

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