Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don José Vicente Vizcaya Mari, condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero, con sede en Madrid, en el Sumario número 13/02/02, como autor de un delito de «desobediencia», previsto y penado en el artículo 102 del Código Penal Militar, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y constando en el mismo los informes favorables del Ministerio Fiscal Jurídico-Militar, del Tribunal sentenciador y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de diciembre de 2008,
Vengo en conceder el indulto total de la pena privativa de libertad y de las accesorias que le fueron impuestas al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don José Vicente Vizcaya Mari.
Dado en Madrid, el 26 de diciembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Defensa,
CARME CHACÓN PIQUERAS
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