Por Orden CIN/1766/2009, de 3 de junio, (Boletín Oficial del Estado de 1 de julio) se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Salud Carlos III. Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1, a) y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,
Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:
Primero.–Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso y que figuran en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo.–Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la base quinta de la convocatoria.
Tercero.–Los destinos adjudicados serán comunicados por el Instituto de Salud Carlos III a las Unidades de Personal de los Departamentos Ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, a la Dirección General de la Función Pública, así como a los Departamentos u Organismos de procedencia del concursante seleccionado.
Cuarto.–El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», así como el cambio de la situación administrativa que, en cada caso, corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.
Quinto.–El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Sexto.–Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en el supuesto de reingreso desde la situación de excedencia por cuidado de familiares.
Séptimo.–La toma de posesión se formalizará ante la Secretaria General del Instituto de Salud Carlos III (C/ Monforte de Lemos, n.º 5, 28029 Madrid).
Octavo.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante este Ministerio
Madrid, 21 de octubre de 2009.–La Ministra de Ciencia e Innovación, P.D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), el Director del Instituto de Salud Carlos III, José Jerónimo Navas Palacios.
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