Vista la petición interesada por la entidad Gram Precisión, S. L., domiciliada en la Travesía Industrial, n.º 11, 08907 l’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), en solicitud de la modificación adicional duodécima de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, de 21 de mayo de 2003, con certificado de modificación adicional primera número E-03.02.SC02, de 23 de septiembre de 2003, con certificado de modificación adicional segunda número E-03.02.SC02, de 23 de febrero de 2004, con certificado de modificación adicional tercera número E-03.02.SC02, de 21 de octubre de 2004, con certificado de modificación adicional cuarta número E-03.02.SC02, de 5 de octubre de 2005, con certificado de modificación adicional quinta número E-03.02.SC02, de 18 de abril de 2006, con certificado de modificación adicional sexta número E-03.02.SC02, de 23 de noviembre de 2006, con certificado de modificación adicional séptima número E-03.02.SC02, de 6 de junio de 2007, con certificado de modificación adicional octava número E-03.02.SC02, de 26 de junio de 2008, con certificado de modificación adicional novena número E-03.02.SC02, de 9 de octubre de 2008, con certificado de modificación adicional décima número E-03.02.SC02, de 27 de octubre de 2008, y con certificado de modificación adicional undécima número E-03.02.SC02, de 17 de marzo de 2009, emitidas por este organismo notificado.
Visto el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions número 09/34510035, de 28 de septiembre de 2009, referente a la Certificación UNE-EN-ISO 9001:2008, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.
Esta Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Primero.–Conceder la modificación adicional duodécima de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02 de la entidad Gram Precisión, S.L., para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático con Max ≤ 600 kg clase (III), con Max ≤ 500 g clase (II), y con Max ≤ 300 g clase (I).
Segundo.–El certificado de aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional primera número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional segunda número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional tercero número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional cuarta número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional quinta número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional sexta número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional séptima número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional octava número E-03.02.SC02, y el certificado de modificación adicional novena número E-03.02.SC02, el certificado de modificación adicional décima número E-03.02.SC02, y el certificado de modificación adicional undécima número E-03.02.SC02 se complementan mediante esta modificación adicional duodécima, con variaciones relativas al cambio de jefe del sistema de calidad y al cambio de coordinador aspectos metrología legal.
Tercero.–Los instrumentos verificados de acuerdo con el sistema de calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo A del certificado de modificación adicional undécima de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, al anexo B del certificado de modificación adicional duodécima de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02 y al anexo C del certificado de modificación adicional cuarta de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02
Cuarto.–Constará como Jefe del Sistema de Calidad el señor Josep Ferré Blanch.
Quinto.–Constará como Coordinador de los aspectos de Metrología Legal el señor Josep Ferré Blanch.
Sexto.–La documentación descriptiva está identificada con el número 17/09 y está depositada en la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Organismo Notificado número 0315).
Séptimo.–Esta autorización será válida siempre que se continúen manteniendo las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el Certificado de BSI Management Systems número FM98034, de 30 de julio de 2009. Validez máxima hasta el 31 de julio de 2011.
Octavo.–Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, la oportuna prórroga de esta aprobación del sistema de calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 6 de octubre de 2009.–El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.
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